Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (26/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 67

El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014 533425 d. Coordinar, con el Consejo Regional del Deporte Escolar los planes de acción para el desarrollo y promoción de la actividad física y el deporte escolar. e. Promover, la formación y capacitación de deportistas, técnicos, dirigentes, profesionales del deporte y agentes deportivos de la región. f. Promover, la participación activa de la Empresa Privada en la promoción y desarrollo de la recreación y del deporte en sus diferentes disciplinas y modalidades a nivel regional. g. Promover y coordinar, con el ·Instituto Peruano del Deporte, los Gobiernos Locales, Universidades, Institutos Superiores, Escuelas de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, Centros Educativos y Centros Laborales, Comunidades Campesinas y Nativas la realización de actividades deportivas, recreativas y de educación física a nivel regional. h. Promover, la suscripción de convenios de cooperación técnico-deportivos y económicos a nivel regional y nacional para el desarrollo del deporte, la recreación y educación física en sus diferentes disciplinas y modalidades, de acuerdo a ley. i. Promover, la ampliación e implementación de la infraestructura deportiva y equipos adecuados para la participación deportiva, recreativa y de educación física de personas con discapacidad física, auditiva, visual y mental. j. Promover e impulsar, medidas de prevención y control del uso de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios destinados a aumentar artifi cialmente la capacidad física del deportista, de acuerdo a la normatividad nacional e internacional del deporte. k. Solicitar, a la Alta Dirección Aceptar donaciones y legados de personas e instituciones nacionales y extranjeras. l. Adquirir, bienes muebles e inmuebles para el cumplimiento de sus fi nes. m. Formular y proponer, estímulos e incentivos a la inversión de los sectores privado y público, por el auspicio y promoción a las actividades físicas, recreativas y deportivas a nivel local y regional. n. Crear, Centros de Alto Rendimiento en la región. o. Elaborar y proponer, al Consejo Regional, a través de la Presidencia Regional, iniciativas legislativas, reglamentarias y administrativas para la promoción y desarrollo de la actividad física, recreación y el deporte a nivel local y regional. p. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional. q. Otras que le asigne la Gerencia General Regional.” Artículo Segundo.- MODIFICAR El ARTÍCULO SEXTO de la Ordenanza Regional Nº 022-2012-GRl-CR, de fecha 14 de diciembre de 2012 con el siguiente Texto: “Artículo Sexto.- Aprobar un presupuesto referencial ascendente a la suma de Quinientos Setenta y Uno Mil Doscientos Noventa y Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 571,296.00) para el ejercicio de las funciones de la Gerencia Regional de Deportes, con cargo a la Estructura Funcional Programática siguiente: Correlativo (0215), Unidad Ejecutora: 001 Sede Central, Estructura Funcional Programática: 900113.999999-5.000003- 21.006.0008 Gestión Administrativa; Meta 00002, Finalidad 0103374 Mantenimiento y Operatividad de la Gerencia Regional de Deportes; Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados; Rubro 18 Canon, Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones; Genérica de Gasto: 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales S/. 15,910.00; 2.3 Bienes y Servicios S/. 490,386.00; 2.5 Otros Gastos S/. 55,000.00 Y 2.6 Adquisición de Activos No Financieros S/. 10,000.00 Nuevos Soles. (Presupuesto Total: S/. 571,296.00; inferior a lo informado anteriormente por haber ejecución en los meses de enero y febrero 2013); encargando a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la reformulación de su Plan Operativo Institucional 2013”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Ofi cial El Peruano, Diario de mayor circulación de la Región y en el Portal Web del Gobierno Regional de Loreto: www. regionloreto.gob.pe Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, en el Diario Ofi cial de la Región y/o El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Loreto para su Promulgación. Dado en el Auditórium del Gobierno Regional de Loreto, sito en la Av. Abelardo Quiñones Km. 1.5, a los quince días del mes de abril del año 2013. JULIO ABEL FLORES DEL CASTILLO Presidente del Consejo Regional de Loreto POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 16º, 21º Inc. o), 37 Inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el Inc. o) del artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 002- 2010-GRL-CR de fecha 8 de enero de 2010. Regístrese, publíquese y cúmplase, YVÁN ENRIQUE VÁSQUEZ VALERA Presidente del Gobierno Regional de Loreto 1142032-4 Crean la Comisión Regional Anticorrupción de la Región Loreto ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2014-GRL-CR Distrito de Belén, 8 de mayo de 2014 El Presidente del Gobierno Regional de Loreto POR CUANTO El Consejo Regional de Loreto, en Sesión Ordinaria de fecha jueves ocho de mayo del año 2014, en uso de sus atribuciones y funciones, luego de la revisión, análisis y evaluación del proyecto de Ordenanza Regional, que aprueba la “CREACIÓN DE LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE LA REGIÓN LORETO” y aprobación del Dictamen de la Comisión de Fiscalización y estando al contenido de los informes técnicos y legales favorables, que corren en el expediente, previa deliberación y absolución de interrogantes, acordó por MAYORÍA, aprobar la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero: CREACIÓN Y FINALIDAD DE LA COMISIÓN Créase la Comisión Regional Anticorrupción de la Región Loreto, que tiene como objetivo principal implementar acciones de prevención y combate de la corrupción, en el marco del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción. Artículo Segundo: CONFORMACIÓN 2.1. La Comisión Regional Anticorrupción de la Región Loreto, se encuentra conformada por: 1. Presidente del Gobierno Regional de Loreto 2. Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto 3. Gobernador Regional 4. Procurador Público Anticorrupción Descentralizado 5. Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial 6. Jefe de la Ofi cina Defensorial 7. Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción 8 Presidente de la Cámara de Comercio de Loreto