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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (01/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Miércoles 1 de abril de 2015 549923 de Titulización”, suscrito entre Red Eléctrica del Sur S.A., Transmisora Eléctrica del Sur S.A. y Scotia Sociedad Titulizadora S.A.; Que, mediante comunicaciones presentadas hasta el 09 de marzo de 2015, Scotia Sociedad Titulizadora S.A. ha solicitado a la Superintendencia del Mercado de Valores la aprobación del trámite anticipado e inscripción del programa de bonos de titulización denominado “Primer Programa de Emisión de Bonos de Titulización - Redesur y Tesur”, hasta por un monto máximo de US$ 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América); así como el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que Scotia Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, aprobado mediante Resolución CONASEV N°001-97-EF/94.10 y sus modificatorias; el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141- 1998-EF/94.10 y sus normas complementarias; así como los requisitos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02; tal como se desarrolla en el Informe N° 207-2015-SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades; Que, el artículo 2, numerales 2 y 3, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Administrativas Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, establece que las resoluciones administrativas referidas a la aprobación de trámites anticipados, el registro de prospectos informativos correspondientes a programas de emisión y la inscripción de valores mobiliarios que puedan ser objeto de oferta pública, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del diario ofi cial El Peruano y del Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el artículo 333 de la Ley del Mercado de Valores y los artículos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, así como el artículo 38, numeral 8, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 216-2011-EF. RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el trámite anticipado e inscribir el programa de bonos de titulización denominado “Primer Programa de Emisión de Bonos de Titulización - Redesur y Tesur” hasta por un monto máximo de US$ 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) y disponer el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2°.- Inscribir el patrimonio fi deicometido denominado “Patrimonio Fideicometido Scotiabank – Redesur y Tesur – D. Leg. No. 861, Título XI” en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3°.- La oferta pública de los valores que se emitan en virtud del programa a que se refi ere el artículo 1°, deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a la Superintendencia del Mercado de Valores la documentación e información a que se refi ere el artículo 53 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos y, en lo que corresponda, la establecida en los artículos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 4°.- La aprobación, inscripción y registro a que se refi eren los artículos 1° y 2° de la presente resolución no implica que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la inversión en los valores que se emitan en el marco de dicho programa u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5°.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 6°.- Transcribir la presente resolución a Red Eléctrica del Sur S.A. y Transmisora Eléctrica del Sur S.A., en su calidad de originadores; Scotiabank Perú S.A.A., en su calidad de entidad estructuradora; Scotia Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fi duciario; Scotia Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; la Bolsa de Valores de Lima S.A. y Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervisión de Entidades 1213927-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 090-2015/SUNAT Lima, 31 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad; Que asimismo, el artículo 6° de la referida Ley dispone que la resolución de designación de funcionarios en cargos de confi anza surte efecto a partir del día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario que postergue su vigencia; Que mediante Resolución de Superintendencia N.° 177-2014/SUNAT se encargó al señor Alfonso Iván Luyo Carbajal como Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la encargatura a que se refi ere el considerando anterior y designar al señor Luyo Carbajal en el citado cargo, el cual es considerado de confi anza de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N.° 204-2012/SUNAT y modifi catorias, que aprueba el Clasifi cador de Cargos considerados como Empleados de Confi anza y Cargos Directivos de la SUNAT, y se encuentra previsto en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Entidad aprobado por Resolución Suprema N.° 139-2010-EFy modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la encargatura del señor Alfonso Iván Luyo Carbajal en el cargo de confianza de Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas.