Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2015 (01/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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que los nombramientos para los cargos en la Cancilleria, de funcionarios diplomaticos con las categorias de Embajador, Ministro, Ministro Consejero y Consejero, se efectuan por Resolucion Ministerial; Que, en dicho contexto, es necesario nombrar al Director de la "Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de Cuellar", denominacion oficial dispuesta mediante Resolucion Suprema N.° 136-2011-RE; De conformidad con la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; la Ley N.º 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 130-2003-RE, y el Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 0013-84-RE; SE RESUELVE: Articulo 1. Nombrar al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, en situacion de retiro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tizon, Director de la "Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de Cuellar", a partir del 1 de MORDAZA de 2015. Articulo 2. El Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, en situacion de retiro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tizon ejercera sus funciones ad honorem, por lo que la presente Resolucion no irrogara gasto adicional al Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores

El Peruano Miercoles 1 de MORDAZA de 2015

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Que, los literales a) y f) del articulo 7° de la precitada Ley, senala que en el MORDAZA de sus competencias, el Ministerio de Salud cumple con la funcion especifica de regular la organizacion y prestacion de servicios de salud; asi como, planificar y establecer las prioridades para el financiamiento de la atencion de la salud y de la inversion nacional en salud; Que, el literal a) del Articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece como una de las funciones de la Direccion General de Salud de las Personas, el proponer politicas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atencion de las personas y el modelo de atencion integral de salud, con alcance sectorial e institucional; Que, en virtud de ello, la Direccion General de Salud de las Personas ha propuesto para su aprobacion el "Plan de Accion de Salud para la Provincia de Espinar ­ MORDAZA 2015", con la finalidad de contribuir a mejorar las condiciones y reducir el riesgo de exposicion a metales pesados a traves de atenciones integrales especializadas de las ocho comunidades asentadas en las zonas de influencia de las actividades mineras de la empresa Xtrata MORDAZA, con el proposito de identificar, promover practicas y entornos saludables, asi como prevenir riesgos en la salud, y mitigar los riesgos sociales asociados a conflictividad y violencia social; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con la visacion de la Directora General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Viceministro de Salud Publica y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

SALUD
Aprueban el Documento Tecnico "Plan de Accion de Salud para la Provincia de Espinar - MORDAZA 2015"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 205-2015/MINSA
MORDAZA, 30 de marzo del 2015 Visto, el Expediente N° 15-025196-001 que contiene la Nota Informativa N° 257/2015/DGSP/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, senalan que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la proteccion de la salud es de interes publico, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el articulo 123 de la precitada ley, modificada por la Unica Disposicion Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, dispone que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional. Como organismo del Poder Ejecutivo tiene a su cargo la formulacion, direccion y gestion de la politica de salud y actua como la MORDAZA autoridad normativa en materia de salud; Que, los literales a) y b) del articulo 5° del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, establece que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial de Promocion de la Salud, Prevencion de Enfermedades, Recuperacion y Rehabilitacion en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; asimismo, dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales y sectoriales, la gestion de los recursos del sector, asi como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalizacion, sancion y ejecucion coactiva en materia de su competencia;

Articulo 1°.- Aprobar el Documento Tecnico: "Plan de Accion de Salud para la Provincia de Espinar ­ MORDAZA 2015", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Encargar a la Direccion General de Salud de las Personas a traves de la Estrategia Sanitaria Nacional de Vigilancia y Control de Riesgos de Contaminacion con Metales Pesados y otras Sustancias Quimicas, la difusion y evaluacion de lo establecido en el citado Plan. Articulo 3°.- El Instituto de Gestion de Servicios de Salud, las Direcciones Regionales de Salud y las Gerencias Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces a nivel regional son responsables de la difusion, implementacion, monitoreo y supervision del presente Plan, dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.qob.pe/transparencia/ normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Rectifican error material contenido en la R.D. N° 416-2010-MTC/15 y renuevan autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular a Inspecciones Tecnicas del Altiplano S.R.L.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 980-2015-MTC/15 MORDAZA, 3 de marzo de 2015

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