Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2015 (01/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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4. Reitera que la solucion al conflicto no puede ser militar; Criterios de designacion para las sanciones Congelacion de activos 5. Recalca su disposicion a imponer sanciones selectivas a fin de contribuir al logro de una paz inclusiva y sostenida en MORDAZA del Sur; 6.Decide que las disposiciones del parrafo 9 de la presente resolucion se aplicaran a las personas, y las disposiciones del parrafo 12 de la presente resolucion se aplicaran a las personas y entidades, designadas para ese MORDAZA de medidas por el Comite establecido en virtud del parrafo 16 de la presente resolucion (el "Comite") de conformidad con lo dispuesto en los parrafos 16 c) y 16 d), respectivamente, como responsables o complices directa o indirectamente de actos o politicas que supongan una amenaza para la paz, la seguridad o la estabilidad de MORDAZA del Sur, o por haber participado en ellos; 7. Recalca que los actos o politicas a que se hace referencia en el parrafo 6 de la presente resolucion pueden incluir, entre otros, los siguientes: a) Los actos o politicas cuyo proposito o efecto sea ampliar o prolongar el conflicto en MORDAZA del Sur u obstaculizar los procesos o las conversaciones de reconciliacion o de paz, incluidas las violaciones del Acuerdo sobre el Cese de las Hostilidades; b) Los actos o politicas que supongan una amenaza para los acuerdos de transicion o socaven el MORDAZA politico en MORDAZA del Sur; c) La planificacion, direccion o comision de actos que violen las disposiciones aplicables del derecho internacional de los derechos humanos o el derecho internacional humanitario o que constituyan abusos contra los derechos humanos en MORDAZA del Sur; d) Los ataques contra la poblacion civil, incluidos mujeres y ninos, mediante la comision de actos de violencia (incluidos el asesinato, la mutilacion, la tortura o los actos de violacion u otras formas de violencia sexual), secuestro, desaparicion forzada, desplazamiento forzado o ataques contra escuelas, hospitales, lugares de culto o lugares que sirvan de refugio a los civiles, o mediante conductas que constituyan graves violaciones o abusos contra los derechos humanos o violaciones del derecho internacional humanitario; e) La utilizacion o el reclutamiento de ninos por grupos armados o fuerzas armadas en el contexto del conflicto armado en MORDAZA del Sur; f) La obstruccion de las actividades de las misiones internacionales diplomaticas, humanitarias o de mantenimiento MORDAZA en MORDAZA del Sur, incluidas las del Mecanismo de Vigilancia y Verificacion de la IGAD, o de la entrega o distribucion de asistencia humanitaria o el acceso a esta; g) Los ataques contra misiones de las Naciones Unidas, presencias internacionales de seguridad u otras operaciones de mantenimiento MORDAZA, o contra personal humanitario; o h) Los actos realizados directa o indirectamente por cuenta o en nombre de una persona o entidad designada por el Comite; ... Prohibicion de viajar 9. Decide que, por un periodo inicial de un ano a partir de la fecha de aprobacion de la presente resolucion, todos los Estados Miembros deberan adoptar las medidas necesarias para impedir la entrada a sus territorios o el MORDAZA por ellos de las personas designadas por el Comite, en la inteligencia de que nada de lo dispuesto en el presente parrafo obligara a un Estado a denegar el ingreso en su territorio de sus propios nacionales; ... 11. Decide que las medidas establecidas en el parrafo 9 de la presente resolucion no se aplicaran: a) Cuando el Comite determine en cada caso concreto que el viaje de que se trate esta justificado por motivos humanitarios, incluidas las obligaciones religiosas; b) Cuando la entrada o el MORDAZA MORDAZA necesarios para cumplir una diligencia judicial; c) Cuando el Comite determine en cada caso concreto

El Peruano Miercoles 1 de MORDAZA de 2015

que una exencion promoveria los objetivos MORDAZA y la reconciliacion nacional en MORDAZA del Sur y la estabilidad de la region;

12.Decide que, por un periodo inicial de un ano a partir de la fecha de aprobacion de la presente resolucion, todos los Estados Miembros deberan congelar sin demora todos los fondos, otros activos financieros y recursos economicos que se encuentren en su territorio y que MORDAZA de propiedad o esten bajo el control directo o indirecto de las personas o entidades designadas por el Comite, o de personas o entidades que actuen en su nombre o bajo su direccion, o de entidades que MORDAZA de propiedad o esten bajo el control de ellas, y decide tambien que, durante ese periodo inicial, todos los Estados Miembros deberan velar por que sus nacionales o las personas que se encuentren en su territorio no pongan esos fondos ni ningun otro fondo, activo financiero o recurso financiero a disposicion, directa o indirectamente, de esas personas; 13. Decide que las medidas establecidas en el parrafo 12 de la presente resolucion no se aplicaran a los fondos, otros activos financieros o recursos economicos cuando los Estados Miembros que corresponda hayan determinado que: a) Son necesarios para sufragar gastos basico, entre ellos el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamiento medico, impuestos, primas de seguros y tarifas de servicios publicos, o exclusivamente para el pago de honorarios profesionales de monto razonable y el reembolso de gastos efectuados en relacion con la prestacion de servicios juridicos u honorarios o tasas, de conformidad con la legislacion nacional, por servicios de administracion o mantenimiento ordinario de fondos, otros activos financieros y recursos economicos congelados, previa notificacion de esos Estados al Comite de la intencion de autorizar, cuando proceda, el acceso a esos fondos, otros activos financieros o recursos economicos, y de no haber una decision negativa del Comite en el plazo de cinco dias laborables a partir de la notificacion; b) Son necesarios para sufragar gastos extraordinarios, a condicion de que el Estado o los Estados Miembros que corresponda hayan notificado esa determinacion al Comite y esta la MORDAZA aprobado; c) MORDAZA objeto de un gravamen o dictamen judicial, administrativo o arbitral, en cuyo caso los fondos, otros activos financieros y recursos economicos podran utilizarse para satisfacer dicho gravamen o dictamen, a condicion de que sea anterior a la fecha de la presente resolucion, no beneficie a una persona designada por el Comite y MORDAZA sido notificado al Comite por el Estado o los Estados miembros que corresponda; 14.Decide que los Estados Miembros podran permitir que se ingresen en las cuentas congeladas de conformidad con lo dispuesto en el parrafo12 de la presente resolucion los intereses u otras ganancias adeudadas a esas cuentas o los pagos a que MORDAZA lugar en virtud de contratos, acuerdos u obligaciones anteriores a la fecha en que esas cuentas hayan quedado sujetas a las disposiciones de la presente resolucion, siempre y cuando esos intereses, otras ganancias y pagos sigan estando sujetos a esas disposiciones y permanezcan congelados; 15. Decide que las medidas enunciadas en el parrafo 12 de la presente resolucion no impediran que una persona designada efectue los pagos a que MORDAZA lugar en virtud de contratos suscritos con anterioridad a la inclusion de esa persona en la lista, siempre y cuando los Estados correspondientes hayan determinado que el pago no sera recibido directa ni indirectamente por una persona designada con arreglo al parrafo 12 de la presente resolucion, y despues de que los Estados correspondientes hayan notificado al Comite su intencion de efectuar o recibir dichos pagos o de autorizar, cuando proceda, el desbloqueo de fondos, otros activos financieros o recursos economicos con ese fin diez dias laborables MORDAZA de la fecha de dicha autorizacion; ... Comite de Sanciones/Grupo de Expertos 16. Decide establecer, de conformidad con el articulo 28 de su reglamento provisional, un Comite del Consejo de

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