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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (24/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Viernes 24 de abril de 2015 551267 “Las entidades, organismo, proyectos, y programas del Estado, cuyas actividades se realizan en virtud de potestades administrativas legalmente otorgadas”. 21. Que, tomando en consideración lo señalado en el décimo octavo considerando de la presente Resolución, esta Superintendencia cuenta con el marco normativo habilitante para transferir el dominio a título gratuito de un predio estatal que ostenta la calidad de dominio público o dominio privado del Estado, razón por la cual, debe aprobarse la transferencia de “el predio” de “PROVIAS”, con la fi nalidad de que se ejecute el proyecto denominado: Proyecto Vial “Autopista del Sol (Trujillo - Chiclayo - Piura - Sullana)” 22. Que, por otro lado teniendo en cuenta la documentación técnica remitida es necesario independizar “el predio” de la Partida Nº 04005058 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Chepén, con Registro SINABIP Nº 1380 del Libro de La Libertad y CUS Nº 22709 23. Que, estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0229-2015/SBN-DGPE-SDDI 15 de abril de 2015, elaborado por profesionales de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en aplicación de la “Ley Nº 30025” resulta procedente aprobar la transferencia predial interestatal a título gratuito el dominio de “el predio” a favor de PROVIAS NACIONAL. 24. Que, sólo para efectos registrales a pesar de tratarse de una transferencia de dominio en el Estado a título gratuito, se fi ja en S/. 1.00 (un nuevo sol con 00/100) el valor unitario del inmueble materia de transferencia. De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30025, Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, la Resolución Nº 002-2014/SBN-SG y la Directiva Nº 007-2013/SBN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la INDEPENDIZACIÓN del área de 30 386.0357 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado a la altura del Km. 713+640(R1B) Panamericana Norte, distrito de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, inscrito a favor del INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO – AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL PROYECTO ESPECIAL JEQUETEPEQUE en la Partida Nº 04005058 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Chepén, con Registro SINABIP Nº 1380 del Libro de La Libertad y CUS Nº 22709, según la documentación técnica que sustenta la presente Resolución. Artículo 2º.- APROBAR la TRANSFERENCIA PREDIAL INTERESTATAL A TÍTULO GRATUITO del predio descrito en el artículo 1º de la presente resolución a favor PROVIAS NACIONAL, en aplicación de la Ley Nº 30025 “Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura”. Artículo 3º.- La Zona Registral Nº V-Sede Trujillo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, por el mérito de la presente Resolución procederá a inscribir lo resuelto en la presente resolución. Regístrese, publíquese y comuníquese. CARLOS REÁTEGUI SÁNCHEZ Subdirector de Desarrollo Inmobiliario 1228271-12 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de predios ubicados en el departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 301-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 14 de abril del 2015 Visto el Expediente Nº572-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 24069,10 m², ubicado a 250 metros al Suroeste del Asentamiento Humano Santa María Alta,II Etapa, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el predio de 24 069,10 m², ubicado a 250 metros al Suroeste del Asentamiento Humano Santa María Alta, II Etapa, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, mediante Informe Técnico Nº5586-2015-SUNARP-Z.R.NºIX-OC de fecha 20 de marzo de 2015 (fojas 31 a 33), la Zona Registral NºIX-Sede Lima señaló que el predio en consulta se encuentra sobre zona donde no se ha identifi cado a la fecha, información gráfi ca de antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 24 de marzode 2015, se verifi có (fojas 34) que se trata de un terreno de forma irregular, situado en zona de expansión urbana, topografía inclinada y pendiente moderada por encontrarse en zona de ladera; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 24 069,10 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0378-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 08 de abrilde 2015 (fojas 39 a 41); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 24 069,10 m², ubicado a 250 metros al Suroeste del Asentamiento Humano Santa María Alta, II Etapa, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral NºIX- Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1228271-7