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El Peruano Viernes 24 de abril de 2015 551263 de Máncora, provincia de Talara y departamento de Piura, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº I - Sede Piura de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Sullana. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1228271-4 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 311-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 16 de abril del 2015 Visto el Expediente Nº 151-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 149 999,73 m², ubicado a 5.3 Km al Norte del Centro de San Clemente y a 900 metros al Este de la Carretera Panamericana Sur del distrito de San Clemente, provincia de Pisco, departamento de Ica; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 149 999.73 m², ubicado a 5.3 Km al Norte del Centro de San Clemente y a 900 metros al Este de la Carretera Panamericana Sur del distrito de San Clemente, provincia de Pisco, departamento de Ica; Que, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral (Fojas 122 al 124) de fecha 26 de marzo de 2015, sobre la base del Informe Técnico Nº 0539-2015-SUNARP- ZRXI//UR de fecha 16 de marzo de 2015, se informa que el predio en consulta se encuentra en una zona donde no se tiene información gráfi ca, por lo que no es posible determinar si existen predios inscritos o no en la zona de estudio, asimismo se advierte que el predio se encuentra dentro de la Zona de Amortiguamiento cuyas áreas son adyacentes a los límites de las áreas naturales protegidas (Reserva Natural de Paracas), que conforman espacios de transición entre las zonas protegidas y el entorno. Que, el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN indica que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, las Zonas de Amortiguamiento de la Reserva Nacional de Paracas – RNP son aquellos espacios adyacentes a las Áreas Naturales Protegidas del SINANPE, que por su naturaleza y ubicación, requieren un tratamiento especial que garantice la conservación del Área Natural Protegida; la Zona de Amortiguamiento no debe poner en riesgo el cumplimiento de los fi nes del Área Natural Protegida, dicha zona es establecida en el Plan Maestro del Área Natural protegida – Ley Nº 26834. Que, realizada la inspección técnica con fecha 24 de julio 2014 según consta en la Ficha Técnica Nº 0331- 2015/SBN-DGPE-SDAPE (foja 132), se observó que el terreno es eriazo, de topografía ondulada de pendiente variada, con suelo de textura arenosa, limoso, en partes con presencia superfi cial de salares, desde la parte central hacia el sur y hacia el este es una hondonada, se verifi có también que el predio se encuentra libre de ocupación; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 149 999,73 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0398-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 16 de abril de 2015. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 149 999,73 m², ubicado a 5.3 Km al Norte del Centro de San Clemente y a 900 metros al Este de la Carretera Panamericana Sur del distrito de San Clemente, provincia de Pisco, departamento de Ica, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1228271-10 Aprueban transferencia predial interestatal a título gratuito de predio a favor de PROVIAS NACIONAL SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 0280-2015/SBN-DGPE-SDDI San Isidro, 15 de abril de 2015 VISTO: El Expediente Nº 165-2015/SBNSDDI, que contiene la solicitud de PROVIAS NACIONAL, representado por el Director Ejecutivo Raúl Torres Trujillo, mediante la cual peticiona la TRANSFERENCIA PREDIAL INTERESTATAL A TITULO GRATUITO del área de 30 386.0357 m2, que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado a la altura del Km. 713+640(R1B) Panamericana Norte, distrito de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, inscrito a favor del INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO – AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL PROYECTO ESPECIAL JEQUETEPEQUE en la Partida Nº 04005058 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Chepén, con Registro SINABIP Nº 1380 del Libro de La Libertad y CUS Nº 22709, en adelante “el predio”, y,