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559672 NORMAS LEGALES Viernes 21 de agosto de 2015 / El Peruano de la Presidencia del Consejo de Ministros, los avances y las actividades desarrolladas por el Grupo de Trabajo. Vencido el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo, éste dispone de treinta (30) días calendarios adicionales para la elaboración y presentación de un Informe Final, ante el/ la Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 9.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1276313-1 Aprueban donación efectuada por la Asamblea Popular Nacional de China a favor del Congreso de la República del Perú, consistente en computadoras y televisores RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2015-PCM Lima, 19 de agosto de 2015 Visto: El Ofi cio N° 053-2014-2015-PRE-CR, de la Presidencia del Congreso de la República, sobre la aprobación de una donación proveniente de la República Popular China; CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta de Donación s/n, de fecha 27 de marzo de 2015, la Ofi cina del Consejero Económico y Comercial de la Embajada de la República Popular China en la República del Perú comunica que la Asamblea Popular Nacional de China efectúa una donación de 188 computadoras y 30 televisores a favor del Congreso de la República del Perú; Que, la donación realizada se encuentra consignada en el Conocimiento de Embarque (B/L) N° BKXH001393; tiene un valor de US$317,800 (trescientos diecisiete mil ochocientos y 00/100 dólares americanos) y sus especifi caciones se encuentran en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución N° 035-2014-2015-P-CR, de fecha 23 de abril de 2015, modifi cada por Resolución N° 050-2014-2015-P-CR, de fecha 21 de julio de 2015, el Congreso de la República acepta la donación realizada a su favor; Que, el inciso e) del artículo 147º del Decreto Legislativo Nº 1053 – Ley General de Aduanas, establece que están inafectas del pago de derechos arancelarios, las donaciones aprobadas por Resolución Ministerial del Sector correspondiente, efectuadas a favor de las entidades del sector público con excepción de las empresas que conforman la actividad empresarial del Estado; Que, el inciso k) del artículo 2° y el artículo 67° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado con Decreto Supremo N° 055-99-EF y modifi cado por Decreto Legislativo N° 935, establece que no están gravadas con el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni con el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito, a favor de Entidades y dependencias del Sector Público, siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el inciso d) del numeral 3.2 del artículo 3º del Reglamento para la Inafectación del IGV, ISC y los derechos arancelarios a las Donaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros será el sector que expedirá la Resolución Ministerial de aprobación correspondiente a las donaciones efectuadas a favor del Poder Legislativo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, de acuerdo con lo indicado en el numeral 3.5 del Informe N° 069-2015-PCM/OGPP/CI, de fecha 13 de agosto de 2015, elaborado por la Coordinadora de Cooperación Internacional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la Aduana Marítima del Callao no ha comunicado el levante de la mercancía; Contando con el visado de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley N° 28905 – Ley de Facilitación del despacho de mercancías donadas provenientes del exterior; Decreto Legislativo Nº 935, que modifi ca el inciso k) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; Decreto Legislativo N° 1053, Ley General de Aduanas; Decreto Supremo Nº 055-99-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; el Decreto Supremo Nº 096-2007- EF que aprueba el Reglamento para la Inafectación del IGV, ISC y los derechos arancelarios a las Donaciones; el Decreto Supremo Nº 021-2008-EF que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28905 – Ley de Facilitación del despacho de mercancías donadas provenientes del exterior; el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias; y el Decreto Supremo Nº 005-2009-PCM, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la donación efectuada por la Asamblea Popular Nacional de China a favor del Congreso de la República del Perú, consistente en 188 computadoras y 30 televisores, consignada en el Conocimiento de Embarque (B/L) N° BKXH001393; con un valor de US$317,800 (trescientos diecisiete mil ochocientos y 00/100 dólares americanos); según detalle que consta en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial deberá ser notifi cada a la Aduana Marítima del Callao dentro de las veinticuatro (24) horas de emitida; y, al Congreso de la República, a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y a la Contraloría General de la República dentro de los cinco (5) días hábiles de emitida. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1277286-1 AGRICULTURA Y RIEGO Autorizan viaje de profesionales del SENASA a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2015-MINAGRI Lima, 20 de agosto de 2015 VISTOS: El OF. RE (DGA) N° 22-6-BB/122, de fecha 16 de octubre de 2014, del Encargado del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú; el correo electrónico de fecha 21 de julio de 2015, de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego; y el correo electrónico de fecha 05 de agosto de 2015, del Secretario Técnico de la Cadena Productiva de Café de la República de Colombia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el OF. RE (DGA) N° 22-6-BB/122, de fecha 16 de octubre de 2014, el Encargado del Despacho