Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2015 (26/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Miércoles 26 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

560055

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 5.4 del Artículo 5º de la Ley Nº 30025, el valor total de tasación del inmueble indicado en el Cuadro 1 deberá del sujeto activo y del sujeto pasivo de la expropiación; linderos, medidas perimétricas y el área total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; así como la referencia al informe expedido por la

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban bases administrativas para designar Ejecutor Coactivo Tributario y Auxiliares Coactivos Tributarios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 083-2015/MC Comas, 20 de agosto del 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COMAS POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha; el proveído Nº 1976-GM/MC de fecha 17 de Agosto del 2015 del Gerente Municipal y el Informe Nº 242-2015GAJ/MC de fecha 19 de Agosto del 2015, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, respecto del Informe Nº 1377-2015-SGRH-GAF/MDC de fecha 17 de Agosto del 2015, emitido por la Sub Gerencia de Recursos Humanos; y. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política Constitucional y concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, los regidores y el Alcalde tienen entre sus atribuciones, el proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos, según lo establecido por el Articulo 10º inciso 1) y articulo 20º inciso 4) de la Ley Nº 27972, correspondiendo a este último, ejecutar los Acuerdos del concejo Municipal de conformidad al inciso 3) del Artículo 20º de la Ley antes citada; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidos a asuntos que expresan la voluntad del Órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, en el Artículo 7º numeral 7.1 del TUO de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, señala que: "La designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar Coactivo se efectuara mediante concurso público de méritos"; Que, en el Artículo 1º de la Ley precisa que el cargo Nº 27204, cuyo texto señala: "Precisa que el Ejecutor y el Auxiliar coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley 26979 ­ Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 232-C/MC, de fecha 11 de abril del 2007, publicada el 30 de abril del 2007, se aprobó el cuadro para asignación de Personal ­ CAP de la Municipalidad Distrital de Comas, a través de la que se establece: en la unidad orgánica denominada Ejecutoría Coactiva las plazas de un Ejecutor Coactivo, y dos Auxiliares Coactivos, las mismas que se encuentran vacantes, por causal de renuncia o vencimiento de los precitados; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 430/MC, de fecha 13 de marzo del 2015, publicada el 21 de marzo del 2015, se aprobó la nueva estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de Comas, y con la que se crea la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, unidad orgánica de quinto nivel jerárquico dependiente de la

a expropiarse; y d) la orden de anotación preventiva de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP). Que, en el Informe Técnico Legal Nº 019-2015-MMLGPIP-SGCPP-AL, de fecha 22 de julio de 2015, se señala que, en relación a la información exigida conforme a lo dispuesto en los literales a) y b) del numeral 5.4 del Artículo 5º de la Ley Nº 30025, se ha cumplido con efectuar bien a expropiar, en base a la información contenida en el expediente indicado en el Cuadro 1, los mismos que se detallan en el Anexo 1 que forma parte del presente Acuerdo. Estando a los considerandos antes señalados, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen Nº 95-2015-MML-CMAEO, y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales, en su Dictamen Nº 054-2015-MMLCMAL. ACORDÓ: Artículo primero.- Aprobar el valor total de tasación del inmueble afectado por la ejecución del Proyecto Vías Nuevas de Lima que se detalla en el Anexo 1, el mismo que se indica en el siguiente cuadro:
Nº Partida Registral / Expediente Área a Expropiar 46.15m2 Valor de Tasación (1) S/. 15,736.13 10% del Valor Valor Total de de Tasación Tasación (2) (1) + (2) S/. 1,573.61 S/. 17,309.74

1 Partida Nº 42242047 Exp. Nº PS-O-002

Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada que ejecute el proceso de expropiación en la etapa del trato directo, a que se las negociaciones para la adquisición del predio que se indica en el Anexo 1 del presente Acuerdo, siempre y cuando se hayan cumplido los presupuestos establecidos en la Ley Nº 30025. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de

Acuerdo de Concejo al propietario del inmueble a ser expropiado, conforme se indica en el Anexo 1. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada efectuar la anotación preventiva de la expropiación ante la correspondiente Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, conforme a lo establecido en el literal d) del numeral 5.4 del artículo 5º de la Ley Nº 30025. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación del presente Acuerdo en el página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1278221-1

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