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560042 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de agosto de 2015 / El Peruano Gerencia de Imagen Institucional la difusión del contenido de la misma para la publicidad a la población. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Jefe Nacional (e) ANEXO DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO <R BBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBB LGHQWL¿FDGD con DNI___________, amparándome en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, declaro bajo juramento que el domicilio de mi menor hijo es __________________________________ Distrito ____________ Provincia _______________ Departamento ___________. Finalmente, autorizo a aplicar las sanciones que correspondan conforme a Ley, en caso de detectarse omisión, falsedad o inexactitud en la información consignada, sin perjuicio de las acciones legales o administrativas que la Institución estime por conveniente interponer. _____, ___ de _______del 20__ __________________________ FIRMA DEL/LA DECLARANTE NOMBRES Y APELLIDOS: DNI: 1278953-1 Establecen la ampliación del ámbito de intervención dispuesto por la R.J. Nº 37- 2015/JNAC/RENIEC a población en situación de pobreza de 358 distritos a fin de acceder a la gratuidad en la tramitación y expedición del DNI para menores y mayores de edad y dictan otras disposiciones complementarias RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 198-2015/JNAC/RENIEC Lima, 25 de agosto de 2015 VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000105-2015/ GRIAS/RENIEC (10JUN2015), emitida por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Informe Nº 000016-2015/GRIAS/SGFI/RENIEC (08JUN2015), emitido por la Sub Gerencia de Fomento de la Identidad de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Memorando Nº 002265-2015/GPP/RENIEC -81 HPLWLGR SRU OD *HUHQFLD GH 3ODQL¿FDFLyQ y Presupuesto; el Informe Nº 001932-2015/GPP/SGP/ RENIEC (23JUN2015), emitido por la Sub Gerencia GH 3UHVXSXHVWR GH OD *HUHQFLD GH 3ODQL¿FDFLyQ \ Presupuesto; el Informe Nº 000085-2015/GPP/SGPL/ RENIEC (22JUN2015), emitido por la Sub Gerencia GH 3ODQL¿FDFLyQ GH OD *HUHQFLD GH 3ODQL¿FDFLyQ \ Presupuesto; la Hoja de Elevación Nº 000055-2015/GAJ/ SGAJR/RENIEC (20AGO2015) y el Informe Nº 000243- 2015/GAJ/SGAJR/RENIEC (02JUL2015), emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 000860- 2015/GAJ/RENIEC (11JUN2015) y las Hojas de Elevación Nº 000438-2015/GAJ/RENIEC (02JUL2015) y Nº 000559- 2015/GAJ/RENIEC (20AGO2015), emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: 4XH HO 5HJLVWUR 1DFLRQDO GH ,GHQWL¿FDFLyQ \ (VWDGR Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de RUJDQL]DU\DFWXDOL]DUHO5HJLVWURÒQLFRGH,GHQWL¿FDFLyQ de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional GHO 5HJLVWUR 1DFLRQDO GH ,GHQWL¿FDFLyQ \ (VWDGR &LYLO entre otros, mantener actualizado el Registro Único GH ,GHQWL¿FDFLyQ GH ODV 3HUVRQDV 1DWXUDOHV \ HPLWLU HO documento que acredite su identidad; Que el derecho a la identidad, consagrado por la Constitución Política del Perú como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con ORVGRFXPHQWRVGHLGHQWL¿FDFLyQTXHORVLQGLYLGXDOLFHGH los demás; Que, en virtud de lo establecido en el artículo 122º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 124-2013-JNAC- RENIEC (10ABR2013); la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social es el órgano de línea encargado de la prevención y atención del problema de la indocumentación a través de acciones operativas concretas que permitan hacer accesible el derecho al nombre y a la identidad de la población en situación de vulnerabilidad; considerando los enfoques de derecho, género e interculturalidad; teniendo así mismo a su cargo la formulación y ejecución de los planes institucionales contra la indocumentación; Que el artículo 98º del Reglamento de Inscripciones GHO 5HJLVWUR 1DFLRQDO GH ,GHQWL¿FDFLyQ \ (VWDGR &LYLO aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que mediante Resolución Jefatural Nº 37-2015/ JNAC/RENIEC, aprobada el día 25 de febrero de 2015 \ SXEOLFDGD HQ HO GLDULR R¿FLDO (O 3HUXDQR HO GtD GH febrero de 2015, se dispuso para el presente año la gratuidad en la tramitación y expedición del DNI para menores y mayores de edad en la modalidad inscripción SRUSULPHUDYH]UHQRYDFLyQGXSOLFDGR\UHFWL¿FDFLyQGH datos con excepción del trámite de cambio de dirección domiciliaria (excepto para personas mayores de edad), que lo gestionen en las campañas de desplazamiento y que residan en los distritos considerados en el mapa de pobreza del Ministerio de Economía y Finanzas que incluye distritos de los quintiles 1 y 2, además de distritos con comunidades nativas (amparados en la Resolución Nº 227-2014-MIDIS del 25SET2014), distritos en zona de frontera y del VRAEM, distritos de ámbito rural con porcentajes de indocumentación de más del 10%, distritos FRQPiVGHOGHUXUDOLGDG\FRQSRFDRIHUWDGHR¿FLQDV registrales del RENIEC y distritos de Lima Metropolitana con estratos socio económicos medio bajo y bajo, XWLOL]iQGRVHSDUDVXGHWHUPLQDFLyQHO³3ODQR(VWUDWL¿FDGR de Lima Metropolitana a Nivel de Manzana”, publicación de INEI 2009; atendiéndose en el presente año un total de 1,454 distritos; Que el cambio de las fuentes de información referentes a pobreza, ha ocasionado que la población en situación de SREUH]DGHGLVWULWRVTXHIXHURQEHQH¿FLDGRVHO no se encuentren comprendidos dentro de los alcances de la Resolución Jefatural Nº 37-2015/JNAC/RENIEC, para la tramitación del DNI en los diversos procedimientos, pese a que según el Informe Técnico: “Evolución de la Pobreza Monetaria 2009-2014” elaborado por el INEI se evidencia la existencia de índices de pobreza y pobreza extrema en los 358 distritos, cuya relación como anexo forma parte de la presente resolución; Que mediante documentos de vistos, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, señala que los GLVWULWRVH[FOXLGRVGHORVEHQH¿FLRVGHOD5HVROXFLyQ de Gratuidad citada en el considerando que antecede, WLHQHQSUHVHQFLDGHSURJUDPDVVRFLDOHV\GHEHQH¿FLDULRV de los mismos por lo que la situación actual podría UHVWULQJLUODD¿OLDFLyQGHSRWHQFLDOHVEHQH¿FLDULRVSRUIDOWD