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560138 NORMAS LEGALES Viernes 28 de agosto de 2015 / El Peruano de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales constituidas como sociedades anónimas puede recibir como máximo dos (02) dietas al mes, aun cuando asista a un número mayor de sesiones. Artículo 3.- Del fi nanciamiento Los egresos que genere la aplicación de lo señalado en los artículos 1 y 2 del presente decreto supremo serán atendidos con cargo a los recursos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Límite en la percepción de Dietas Ningún representante designado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales constituidas como sociedades anónimas, podrá recibir dietas en más de una entidad, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 28212, modifi cado por Decreto de Urgencia Nº 038-2006. Artículo 5.- Del refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1280229-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a España, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 176-2015-IN Lima, 27 de agosto de 2015 VISTOS; el Ofi cio N° 203-2015-DIRASINT-PNP/ Sec., de fecha 19 de marzo de 2015, de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y, el Memorándum N° 1441-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI, de fecha 4 de junio de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 203-2015-DIRASINT-PNP/ Sec., de fecha 19 de marzo de 2015, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, hizo de conocimiento de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, sobre la ampliación del plazo para que un (1) funcionario de la Policía Nacional del Perú pueda participar en el “5to Curso de Acceso a la Escala Superior de Ofi ciales”, a realizarse en la Academia de Ofi ciales de Aranjuez, en la cuidad de Madrid – Reino de España del 1 de setiembre de 2015 al 31de julio de 2016; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 484-2015-DIRGEN PNP/EMP-OCNI, de fecha 3 de junio de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior del país en misión de estudios del 31 de agosto de 2015 al 1 de agosto de 2016, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Jhon William Castillo Villanueva, para que participe en el Curso mencionado en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum N° 1441-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI, de fecha 4 de junio de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorizó el viaje indicado en el considerando precedente, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje correspondiente y señalando que el mismo irrogará gastos al Estado; Que, el numeral 3 del artículo 13° de la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1148, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, la experiencia e información en materia de operaciones y procedimientos especiales aplicables a la función policial específi ca, mediante aspectos netamente tácticos a adquirirse como resultado de la participación en el curso indicado, redundará en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú resultando de interés institucional y del país, debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación por concepto de pasajes aéreos en clase económica (ida y retorno) y viáticos, serán asumidos por la Unidad Ejecutora N° 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, que incluye los años 2015 y 2016, los pagos correspondientes al periodo comprendido entre los meses de setiembre y diciembre de 2015, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2015 y los pagos correspondientes al período comprendido entre los meses de enero y julio del 2016, se realizará con cargo al Presupuesto del Sector Público del año fi scal respectivo; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por Misión de Estudios del personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, los órganos pertinentes de la Policía Nacional del Perú han procedido a realizar el cálculo respectivo del monto de compensación extraordinaria que le corresponde al Ofi cial Subalterno de la Policía Nacional del Perú que participará en la referida misión de estudios; Que, de acuerdo al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del país en misión de estudios del Teniente de la Policía Nacional del Perú John William Castillo Villanueva, a la ciudad de Madrid – Reino de España, del 31 de agosto de 2015 al 1 de agosto de 2016, para los fi nes indicados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje al que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo de la Unidad Ejecutora N° 002 – Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: