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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2015 (28/08/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 15

560145 NORMAS LEGALES Viernes 28 de agosto de 2015 El Peruano / “Artículo 34.- Requisitos y procedimiento para solicitar la Licencia de Habilitación Urbana - Modalidad C con evaluación previa del proyecto por Revisores Urbanos 34.1 En caso que el administrado requiera solicitar Licencia de Habilitación Urbana en la Modalidad C con aprobación previa de los Revisores Urbanos, inicia el procedimiento presentando a la Municipalidad respectiva los documentos siguientes: a) Documentos que se indican en los artículos 25 y 32; b) Informe Técnico “Conforme” de los Revisores Urbanos emitido según lo previsto en el Reglamento de Revisores Urbanos; c) Copia del comprobante de pago correspondiente a la Verifi cación Administrativa; d) Estudio de Impacto Vial aprobado cuando corresponda; y e) Estudio de Impacto Ambiental aprobado conforme a lo previsto en el numeral 1 del artículo 23. 34.2 La documentación técnica debe contener el sello “Conforme” con el nombre, fi rma y especialidad del Revisor Urbano. 34.3 Los documentos son presentados a la unidad de recepción documental, debiendo el funcionario a cargo proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 26; de estar conformes, se sellan y fi rman cada uno de los documentos presentados. El número de resolución se consigna en forma inmediata en todos los originales de los formularios únicos presentados. El cargo del administrado está conformado por dos (02) juegos del FUHU y dos (02) juegos de la documentación técnica, el cual se entrega en el mismo acto de presentación. 34.4 La Licencia de Habilitación Urbana está constituida por el cargo de presentación del expediente, conformado por el FUHU y la documentación técnica, debidamente sellados con la recepción, el número de expediente y el de la resolución de licencia asignado; así como, la copia del comprobante de pago de la licencia respectiva. El administrado para iniciar la ejecución de la obra autorizada con la Licencia, tiene que haber presentado ante la Municipalidad el Anexo H, el cual contiene: a) La fecha de inicio de obra y el nombre del Responsable de Obra. b) El Cronograma de Visitas de Inspección, constituido por las Verifi caciones Técnicas, suscrito por el Responsable de Obra y por el Supervisor de Obra designado por la Municipalidad. La suscripción del citado cronograma se realiza, en lo que corresponda, conforme a lo establecido en el artículo 59. c) La Copia del comprobante de pago de la Verifi cación Técnica. El monto de la Verifi cación Técnica no puede ser menor al 40% de la tasa municipal establecida como costo de la Licencia, de acuerdo al artículo 10 de la Ley. d) La Póliza CAR. 34.5 La Municipalidad realiza la Verifi cación Administrativa y la Verifi cación Técnica, según lo previsto en el respectivo Reglamento. De no ser subsanadas las observaciones en el plazo indicado en el Reglamento de Verifi cación Administrativa y Técnica, se debe declarar la nulidad de ofi cio, conforme a lo previsto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, debiendo el funcionario municipal emitir el informe respectivo y la Municipalidad disponer las acciones pertinentes. 34.6 La Municipalidad Distrital remite a la Municipalidad Provincial la información correspondiente conforme a lo establecido en el artículo 18”. “Artículo 35.- Requisitos y Procedimiento para la Modifi cación de proyectos de Habilitación Urbana (...) 35.2 El administrado debe solicitar la aprobación de la modifi cación bajo la modalidad en la que fue aprobada la licencia, en caso las modifi caciones propuestas generen un cambio de modalidad de aprobación, éstas deben ser aprobadas de acuerdo a lo regulado para la nueva modalidad, debiendo cumplir con los requisitos exigidos en la misma. Para estos efectos debe presentar además del FUHU, lo siguiente: (...) c) Para las modalidades C y D con evaluación previa del proyecto de la Comisión Técnica, adjuntos a la solicitud, los planos por triplicado; demás documentos que sustenten su petitorio; copia del comprobante de pago por revisión de proyecto y de la tasa municipal respectiva, siendo de aplicación lo establecido en el numeral 12.7 del artículo 12 y en el numeral 33.2 del artículo 33. El órgano competente de la Municipalidad en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles realiza la preverifi cación del proyecto, conforme a lo previsto en el numeral 33.3 del artículo 33. 35.3 De cumplirse con lo señalado en el numeral 35.1 y con las normas urbanísticas, la Municipalidad en un plazo máximo de tres (03) días hábiles a partir de los plazos establecidos en los literales a), b) y c) del numeral 35.2, emite la Resolución aprobando la modificación solicitada y consignándose en el FUHU. Este formulario por duplicado, conjuntamente con los documentos técnicos de sustento, debidamente sellados, visados y fi rmados, se entregan al administrado”. “Artículo 36.- Requisitos y procedimiento para la Recepción de Obras de Habilitación Urbana (...) 36.2.1 Recepción de Obras sin variaciones: Dentro de un plazo no mayor a quince (15) días calendario el funcionario municipal competente debe: (...) 36.2.2 Recepción de Obras con variaciones: Para los casos en que existan modifi caciones al proyecto de Habilitación Urbana que no disminuyan las áreas del cuadro de aportes con las cuales fue autorizada la licencia de habilitación urbana; salvo que por razones de rectifi cación de áreas y linderos se reduzcan las áreas materia de los aportes pero se respeten los porcentajes aplicables; la Municipalidad dentro de un plazo no mayor a quince (15) días calendario debe: (...)”. “Artículo 39.- Requisitos y procedimiento para solicitar la regularización de habilitaciones urbanas ejecutadas 39.1 En caso que el administrado requiera solicitar la regularización de una habilitación urbana ejecutada, inicia el procedimiento presentando a la Municipalidad respectiva, la sección del FUHU correspondiente a la Recepción de Obras; el Anexo G por triplicado, debidamente suscrito; los documentos que se indican en el artículo 25 a excepción del literal a), así como: (...) f) Declaración jurada suscrita por el administrado de la habilitación y el profesional constatador de obra, en la que indique que se verifi có que las obras se ejecutaron, total o parcialmente. (...) 39.2 Presentada la solicitud de habilitación urbana en vía de regularización, el órgano competente realiza la Verifi cación Administrativa y la Verifi cación Técnica en un plazo que no excede de cinco (05) días hábiles; en dicha verifi cación se evalúa y/o realiza: (...) 39.4 De ser conforme la solicitud, la Municipalidad, emite la Resolución de aprobación dentro de los tres (03) días hábiles siguientes. 39.5 La sección del FUHU correspondiente a la Recepción de Obras y el Anexo G con el número de la Resolución de aprobación, conjuntamente con los documentos técnicos respectivos, debidamente sellados y