Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2015 (30/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Domingo 30 de agosto de 2015 /

El Peruano

Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 336-2005-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF, para distintas localidades del departamento de Amazonas, a fin de incorporar los planes de las localidades de CHIRIACO, HUAMPAMI y PUERTO GALILEA; conforme se indica a continuación:
Localidad: CHIRIACO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 5 77.25 81.75 7 175.25 179.75 9 187.25 191.75 11 199.25 203.75 13 211.25 215.75 Total de canales: 7 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.25 KW.

VISTO, el escrito de registro Nº 2015-022186 del 13 de abril de 2015, presentado por el señor WILMER HUARIPATA AGUILAR, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial Nº 110-2013-MTC/03, a favor de la empresa GRUPO TURBO MIX S.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 1102013-MTC/03 del 20 de marzo de 2013, se otorgó autorización al señor WILMER HUARIPATA AGUILAR, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Cutervo, departamento de Cajamarca, con vigencia hasta el 22 de marzo de 2023; Que, con escrito de visto, el señor WILMER HUARIPATA AGUILAR, solicita la transferencia de la autorización que le fuera otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 110-2013-MTC/03, a favor de la empresa GRUPO TURBO MIX S.R.L.; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establecen que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa días (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74º y 76º de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1560-2015MTC/28 opina que debe aprobarse la transferencia de autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 110-2013-MTC/03 al señor WILMER HUARIPATA AGUILAR, a favor de la empresa GRUPO TURBO MIX S.R.L., y reconocer a ésta última como titular de la citada autorización; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 110-2013MTC/03 al señor WILMER HUARIPATA AGUILAR, a favor de la empresa GRUPO TURBO MIX S.R.L., conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionados a dicha autorización. Artículo 2º.- Reconocer a la empresa GRUPO TURBO MIX S.R.L., como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 1102013-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a extenderle la correspondiente Licencia de Operación.

Localidad: HUAMPAMI Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 5 77.25 81.75 7 175.25 179.75 9 187.25 191.75 11 199.25 203.75 13 211.25 215.75 Total de canales: 7 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.25 KW.

Localidad: PUERTO GALILEA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.25 KW.

Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1280466-1

Aprueban transferencia de autorización a favor del Grupo Turbo Mix S.R.L., para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en FM, en la localidad de Cutervo, departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 367-2015-MTC/03 Lima, 21 de agosto del 2015

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