Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2015 (30/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 30 de agosto de 2015 /

El Peruano

aprueba la propuesta de Base Tarifaria de los Refuerzos considerados como vinculantes en el Plan de Transmisión 2015 - 2024, y no incluye en dicha propuesta al Proyecto 4 Nueva Subestación La Planicie 500/220 kV; Que, el 14 de abril de 2015, la empresa Consorcio Transmantaro S.A. interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución Nº 061-2015-OS/CD, solicitando que OSINERGMIN proponga la Base Tarifaria para el Proyecto 4 (Nueva Subestación La Planicie 500/220 kV) y el Proyecto 8 (Banco de Reactores de 100 MVAR en la Subestación La Niña); Que, mediante la Resolución Nº 100-2015-OS/ CD, publicada en el diario El Peruano el 28 de mayo de 2015, OSINERGMIN declara fundado en parte el recurso de reconsideración y dispone incorporar como parte de la Resolución Nº 061-2015-OS/CD al Proyecto 8 (Banco de Reactores de 100 MVAR en la Subestación La Niña en 500 kV) y desestima la inclusión del Proyecto 4 (Nueva Subestación La Planicie 500/220 kV); Que al formar parte de los proyectos vinculantes del Plan de Transmisión 2015 - 2024 y al no calificar como refuerzo, corresponde al MEM encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSION) la conducción del proceso de licitación del Proyecto Nueva Subestación La Planicie 500/220 kV; Que conforme a lo establecido en el artículo 2 del Decreto ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 2 de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica, el Servicio Público de Electricidad es de utilidad pública, por lo que es de interés público y responsabilidad del Estado asegurar el abastecimiento oportuno y eficiente del suministro eléctrico para el Servicio Público de Electricidad;

En ejercicio de las funciones contenidas en los incisos a), b) y c) del artículo 6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y en el inciso h) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0312007-EM; Con el visto bueno del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSION), la conducción del proceso de licitación necesario, hasta la adjudicación de la Buena Pro, del proyecto Nueva Subestación La Planicie 500/220 kV. Artículo 2.- La Dirección General de Electricidad proporcionará a PROINVERSIÓN la información que esta Entidad considere pertinente, a efectos de ejecutar el encargo contenido en el artículo anterior. PROINVERSIÓN efectuará las coordinaciones necesarias con la Dirección General de Electricidad, para el debido cumplimiento de los numerales 21.2 y 21.3 del artículo 21 del Reglamento de Transmisión. Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1280498-1

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

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