Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2015 (24/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 127

El Peruano / Jueves 24 de diciembre de 2015

PROYECTO

569677

PROYECTOS

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Proyecto de resolución que aprueba los Costos Estándares Unitarios de la Empresa de Interés Local Hidroeléctrica S.A. de Chacas para la implementación y operatividad del Programa FISE
RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 130-2015-OS/GART Lima, 22 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el principio de participación previsto en el Artículo IV, numeral 1.2, del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades permitirán la posibilidad de participación de los administrados y de sus representantes, en aquellas decisiones públicas que les puedan afectar, mediante cualquier sistema que permita la difusión, el servicio de acceso a la información y la presentación de opinión; Que, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 16.3 de la Norma "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas", aprobada mediante Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/ CD, luego de presentadas las propuestas de Costos Estándares Unitarios por parte de las Distribuidoras Eléctricas, Osinergmin las revisará y procederá a publicar el proyecto de resolución; Que, en atención a lo señalado en los considerando precedentes, corresponde publicar el proyecto de resolución que aprueba los Costos Estándares Unitarios de la Empresa de Interés Local Hidroeléctrica S.A. de Chacas para la implementación y operatividad del Programa FISE; Que, se ha emitido el Informe Técnico Nº 7262015-GART elaborado por la División de Distribución Eléctrica y el Informe Legal N° 762-2015-GART de la Coordinación Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dispóngase la publicación del proyecto de resolución que aprueba los Costos Estándares Unitarios de la Empresa de Interés Local Hidroeléctrica S.A. de Chacas para la implementación y operatividad del Programa FISE, que, como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Definir un plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico N° 224-0491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: normafise@ osinerg.gob.pe. La recepción de las opiniones y/o sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra. Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios hasta las 18:00 horas. Artículo 3°.- Encargar a la División de Distribución Eléctrica de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria el análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten sobre el proyecto de resolución a que se refiere el Artículo 1° de la presente resolución. Artículo 4°.- La presente Resolución y su Anexo deberán ser publicadas en el diario oficial El Peruano, y consignadas, conjuntamente con los Informes N° 7262015-GART y N° 762-2015-GART, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. VICTOR ORMEÑO SALCEDO Gerente Adjunto OSINERGMIN Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria

ANEXO RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° XXX-2015-OS/GART CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29852 creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3° un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las Distribuidoras Eléctricas, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley N° 29852, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; para tal fin, se dispone que Osinergmin establezca los costos administrativos y operativos en que incurran estas empresas para el cumplimiento de las funciones asignadas en dichas normas, debiendo estos costos ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, mediante Resolución Osinergmin N° 187-2014OS/CD se aprobó la nueva norma "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas" (en adelante "Norma Costos FISE"); Que, de acuerdo con el Artículo 14.1 de la Norma Costos FISE, para el reconocimiento de las actividades vinculadas con el Programa FISE, con excepción del

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