Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2015 (24/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 115

El Peruano / Jueves 24 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Que, a través del Informe Legal Nº 1220-2015-GAJ/ MPH de fecha 28.10.2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica recomienda la aprobación del mencionado Proyecto de Ordenanza, ya que ésta tiene como fin la captación de recursos y generar cultura tributaria en la población, opinión ratificada por la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 214-2015-GM/MPH de fecha 29.10.2015, asimismo, mediante Informe Nº 09-2015CEYF/RP-MPH, la Comisión Ordinaria de Economía y Finanzas del Concejo Municipal emite el Dictamen Nº 009-2015/COEYF-MPH, con opinión favorable Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en forma unánime y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA REGULARIZACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS GENERADAS COMO PRODUCTO DE LA DECLARACIÓN VOLUNTARIA DEL CONTRIBUYENTE Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza para la regularización de deudas tributarias generadas como producto de la declaración voluntaria del contribuyente, el cual tiene como objeto incentivar la Declaración voluntaria de inscripción y/o rectificación de categorías de predios y la regularización de la deuda tributaria que estos generen; que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaura, dictar normas complementarias y/o reglamentarias a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria el cumplimiento eficaz de la presente Ordenanza, a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación integra de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1327008-1

Ordenanza que regula la aprobación de Licencia de edificación de unidades inmobiliarias que no cuenten con aporte para estacionamiento, acondicionándose mediante contrato de arrendamiento de cochera
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 031-2015-MPH Huacho, 26 de noviembre del 2015 El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 22 de la fecha, el Proyecto de Ordenanza para la Aprobación de licencia de edificación de unidades inmobiliarias que no cuenten con aporte para estacionamiento, acondicionándose mediante contrato de arrendamiento; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 194º reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que

guarda concordancia con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, el Artículo 195.6) de nuestra Carta Magna, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, por tanto, son competentes para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial. Que, el Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, sobre organización del espacio físico y uso del suelo, prescribe que las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen las siguientes funciones: 1. Funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales: 1.1. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana (...) 1.2. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial (...) 1.4. Aprobar la regulación provincial respecto del otorgamiento de licencias y las labores de control y fiscalización de las municipalidades distritales en las materias reguladas por los planes antes mencionados, de acuerdo con las normas técnicas de la materia, sobre: 1.4.1. Otorgamiento de licencias de construcción, remodelación o demolición (...), concordante con lo establecido en su Artículo 73º, asimismo, en su Artículo 86.1.2) prescribe que entre las funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales se encuentra la flexibilización y simplificación los procedimientos de obtención de licencias y permisos en el ámbito de su jurisdicción, sin obviar las normas técnicas de seguridad. Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, se aprobaron 66 Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones-RNE comprendidas en el índice aprobado a través del Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA, las cuales fueron modificadas mediante Decreto Supremo Nº 005-2014. Que, en esta línea la Norma A.10 del Decreto Supremo Nº 005-2014-VIVIENDA, regula a través de su Capítulo XII de manera explícita las condiciones técnicas de los estacionamientos, estableciendo que toda edificación deberá proyectarse con una dotación mínima de estacionamiento, el cual deberá estar dentro de la misma edificación a la que se sirve, y solo por déficit de estacionamiento, se ubicarán en predios distintos, señalando en su Artículo 63º como excepciones, las siguientes: a) Por estar el inmueble frente a una vía peatonal; b) Por tratarse de remodelaciones de inmuebles con o sin cambio de uso, que no permitan colocar la cantidad de estacionamientos requerida; c) Proyectos o programas de densificación urbana; d) Intervenciones en monumentos históricos o inmuebles de valor monumental; e) En lotes de tamaño menor al lote normativo, que en la obra nueva no permita la colocación de parqueos para lograr su máxima coeficiencia de construcción; y, f) otros, que estén contemplados en el Plan Urbano. Que, mediante Informe Nº 256-2015-VAWR/SGOP/ GDYOT/MPH de fecha 15.07.2015, la Sub Gerencia de Obras Privadas, manifiesta que es indispensable que cada unidad inmobiliaria nueva o existente cuente con espacios suficientes que permitan cubrir las demandas actuales de estacionamiento dentro del mismo lote, toda vez que la falta de provisión de estos espacios conlleva a la ocupación indebida de áreas públicas, por tanto, presenta el Proyecto de Ordenanza para la Aprobación de Edificaciones de Unidades Inmobiliarias que no cuentan con aporte para estacionamiento acondicionando mediante contrato de arrendamiento de cochera, teniendo como finalidad establecer requisitos mínimos para la aprobación de proyectos de edificación dentro de la jurisdicción de la ciudad de Huacho, siendo el alquiler de estacionamiento parte indispensable de la aprobación de proyectos de edificación. Que, mediante Informe Nº 058-2015-SGDI/MPH de fecha 11.08.2015, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, señala que el proyecto en mención se encuentra enmarcado dentro del marco legal vigente, no contraviniendo norma legal alguna, asimismo, mediante Informe Legal Nº 1214-2015-GAJ/MPH de fecha

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