Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2015 (24/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

Jueves 24 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Gerencia de Estadística e Informática, la Subgerencia de Imagen Institucional y a la Subgerencia de Participación Vecinal en lo que fuera de su competencia conforme a sus funciones y competencias. Segunda.- FACÚLTESE al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la presente norma o dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicación. Tercera.- Los administrados, que deseen acogerse a lo dispuesto en la presente Ordenanza deberán presentar un escrito de desistimiento de los recursos de reconsideración o apelación que hubiesen interpuesto, en el caso de encontrarse en trámite. Solo para el caso de la presentación de estos desistimientos, el escrito no tendrá requisito de firma de abogado. Cuarta.- La presente Ordenanza no tiene efectos y/o compatibilidad de uso en predios dentro del Distrito de Surquillo que hayan sido declarados como contribuyentes con anterioridad a la presente ordenanza en cualquiera de las modalidades establecidas. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1326278-2

favorables para el clima de negocios y promoviendo la competitividad local. e) Mejorar la provisión de servicios públicos locales prestados por los Gobiernos Locales en el marco de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. f) Prevenir riesgos de desastres. Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2015-EF "Aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2015", emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas, donde señala la clasificación de municipalidades; metas del plan de incentivos que deben cumplir las municipalidades al 31 de julio y 31 de diciembre de 2015; ponderadores para la asignación de recursos por el cumplimiento de metas al 31 de julio y 31 de diciembre de 2015; distribución de los recursos no asignados por incumplimiento de metas durante el año 2015; metodología de elaboración del índice de posición en el "Ranking de cumplimiento de metas" evaluadas durante el año 2015 y formatos de uso de los recursos transferidos durante el Año Fiscal 2015 por cumplimiento de metas del Plan de Incentivos; Que, la Meta Nº 24 fijada por el Ministerio de Economía y Finanzas para las Municipalidades de "Tipo A", clasificación a la que pertenece la Municipalidad distrital de Surquillo, es la Implementación de un Proyecto Institucional para Mejorar la Atención a la Ciudadanía, en el cual requiere la designación del responsable de la Gestión de la Información sobre reclamos y sugerencias; Que, el Proyecto Institucional para Mejorar la Atención a la Ciudadanía de la Municipalidad distrital de Surquillo considera mejorar el nivel del Estándar 9. Reclamos y Sugerencias en los Sub Elementos 2. Registro y Tratamiento de Reclamos y Sugerencias y 4. Responsable de la Gestión de la Información sobre Reclamos y Sugerencias que consiste en la aprobación de un Manual de Procedimientos para la atención de los reclamos y sugerencias y designación de un responsable de la gestión de la información, respectivamente; los cuales deberán ser aprobados por Resolución de Alcaldía; Que, de conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor EDUARDO ENRIQUE ESPINO HUERE, Sub Gerente de Defensoría del Vecino, como responsable de la Gestión de Información sobre Reclamos y Sugerencias de la Municipalidad distrital de Surquillo. Artículo Segundo.- APROBAR el Manual de Procedimientos para la atención de los Reclamos y Sugerencias de la Municipalidad distrital de Surquillo, que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Recomendar al responsable de la Gestión de la Información sobre Reclamos y Sugerencias, cumpla estrictamente con el procedimiento técnico, establecido en el Proyecto de Mejora Institucional. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. La publicación del anexo de la presente Resolución se realizará en el portal institucional de la Municipalidad www.munisurquillo.gob.pe, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial, para su debida difusión. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, Gerencia de Estadística e Informática, Defensoría del Vecino, el cumplimiento de la presente Resolución de conformidad a sus competencias y atribuciones, bajo responsabilidad. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1326890-1

Designan responsable de la Gestión de Información sobre Reclamos y Sugerencias de la Municipalidad y aprueban Manual de Procedimientos
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0474-2015-MDS Surquillo, 30 de noviembre de 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Informe Nº 093-2015-GPPCI/MDS de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional relacionado a la aprobación del Manual de Procedimientos para la atención de los reclamos y sugerencias y la designación del responsable de la Gestión de la Información sobre reclamos y sugerencias de la Municipalidad distrital de Surquillo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal (PI) fue creado mediante Ley Nº 29332, modificada por Decreto de Urgencia Nº 119-2009, se incorpora a la ley del presupuesto del sector público de cada año y se reglamenta anualmente mediante decreto supremo; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 0332015-EF determina los fines y objetivos del Plan de Incentivos, mencionando que el Plan de Incentivos es un instrumento del Presupuesto por Resultados y está orientado a promover las condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economía local, incentivando a las Municipalidades a la Mejora Continua y Sostenible de la gestión Local. Son fines y objetivos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal los siguientes: a) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepción de los mismos. b) Mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, considerando los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto. c) Reducir la desnutrición crónica infantil del país. d) Simplificar trámites generando condiciones

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