Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2015 (30/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 150

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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de diciembre de 2015 /

El Peruano

previamente desistirse de la pretensión de conformidad a lo previsto en el artículo 189º de la Ley Nº 27444. Artículo 11°.- CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO ANTERIORMENTE SUSCRITOS: Los administrados podrán refinanciar los Convenios de Fraccionamiento anteriormente suscritos, a fin de que la deuda objeto de los mismos, así como otra que se haya vencido, pueda acogerse a los beneficios contemplados en la presente Ordenanza. Artículo 12°.- VIGENCIA: El plazo de vigencia de la presente Ordenanza será de 30 (treinta) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser prorrogado mediante Decreto de Alcaldía. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, la Oficina General de Administración y al Ejecutor Coactivo, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- DELEGAR en el señor Alcalde la facultad para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y disponga su prórroga si fuera el caso. Tercera.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General, Archivo e Imagen Institucional la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, Cuarta.- Encargar a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación de la Ordenanza en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. servicioalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.munilapunta.gop.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE RISI CARRASCAL Alcalde 1328083-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA EULALIA
Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Santa Eulalia
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2015/CM-MDSE Santa Eulalia, 17 de Diciembre del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA EULALIA POR CUANTO: El Concejo Municipal distrital de Santa Eulalia en sesión ordinaria de la fecha dieciséis de diciembre, asimismo el Informe Técnico Nº 0021-2015-SGLP/MDSE de la Sub-Gerencia de Limpieza Pública, de la misma manera el Informe Legal Nº 418-2015-ALE-MDSE de la Asesoría Legal de la Municipalidad, por la cual se remite el PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS en el distrito de Santa Eulalia, a efecto de su aprobación por mérito de una Ordenanza, por lo que corresponde emitir la presente y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 2º y 67º de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado

al desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional del Ambiente, promoviendo el uso racional de los recursos naturales. Que, el Artículo I del Título preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país. Que la Ley General de Residuos sólidos - Ley Nº 27314, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1065, en su Artículo 10º dispone el rol y las obligaciones de las Municipalidades, entre ellas se encuentran comprendida el de planificar la gestión integral de los Residuos Sólidos del ámbito de su jurisdicción, compatibilizando los planes de Manejo de Residuos Sólidos de su distritos con las políticas de Desarrollo local y Regional y sus respectivos Planes de acondicionamiento territorial y de desarrollo Urbano. Asimismo Las Municipalidades distritales y las provinciales en lo que concierne a los distrito del cercado son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos municipales y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción. Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, señala en el Artículo 8º numeral 2, que las Municipalidades Distritales deben asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantiza la adecuada disposición final de los mismos. Que con la finalidad de garantizar la gestión integral y manejo sostenible de los residuos sólidos domiciliarios y contribuir a la mejora de la calidad ambiental en el Distrito de Santa Eulalia, la Sub-Gerencia de Limpieza Pública presenta el Plan de Manejo de Residuos Sólidos, al amparo de lo establecido en la Ley General de Residuos Sólidos ­ Ley Nº 27314, modificada mediante Decreto Legislativo Nº 1065; Que, la asesoría Legal de la Municipalidad, por mérito de informe legal del visto, y estando a la necesidad de aprobarse el Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de Santa Eulalia, y a efecto de dar cumplimiento a la Meta 37 del Plan de Incentivos, resulta necesario su aprobación y; Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el voto UNANIME de los señores Regidores del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. Se aprobó la Siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES DEL DISTRITO DE SANTA EULALIA Artículo Primero.- APROBAR, El Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Santa Eulalia. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier Normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, SubGerencia de Limpieza Pública y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo Cuarto.- DISPONER la Publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, sin perjuicio de realizarse la publicación en la página web de la Municipalidad en la dirección electrónica siguiente: www.munisantaeulalia.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABEL ARTEAGA CAPCHA Alcalde 1328122-1

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