Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2015 (30/12/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 134

571348

NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 033-2015EF, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó los procedimientos para el cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2015, por lo que en ese contexto corresponde a nuestra Institución Municipal, el cumplimiento de la Meta 27, elaboración del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Breña para el periodo 20162021; Que, mediante Informe Nº 232-2015-GDH/MDB del 11.12.2015 el Gerente de Desarrollo Humano, señala que la aprobación del Plan Municipal del Libro y la Lectura, coadyuvará a fortalecer la educación y la lectura en el distrito. En este extremo, mediante Informe Nº 3932015-GAJ/MDB del 15.12.2015 el Gerente de Asesoría Jurídica, emite su pronunciamiento, concluyendo que, resulta procedente, considerando el Informe Nº 186-2015-SGJECD-GDH/MDB de la Subgerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte; en ese sentido, dicho plan contribuirá al desarrollo y promoción de la lectura en el distrito de Breña; En uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 9º numeral 8 y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, y con cargo a redacción, el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA PARA EL PERIODO 2016 ­ 2021 Artículo Primero.- Aprobar el Plan Municipal del libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Breña, para el periodo 2016 ­ 2021 como instrumento obligatorio de planeamiento y de gestión de la política pública local de promoción del libro y de la lectura en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura vigentes, elaborado de manera concertada entre la Municipalidad Distrital de Breña, las instituciones públicas locales, las organizaciones sociales y las organizaciones privadas. Artículo Segundo.- incluir el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Breña para el periodo 2016 ­ 2021 en el Plan de Desarrollo Municipal Concertado. Artículo Tercero.- Créase el Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Breña como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública distrital de promoción del Libro y de la lectura en el distrito. La Alcaldía de Breña establecerá la conformación, el funcionamiento y las funciones del Concejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Breña. Artículo Cuarto.- La Secretaría Técnica del Concejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Breña, corresponde a la Gerencia de Desarrollo Humano. Artículo Quinto.- La Gerencia de Desarrollo Humano es la responsable de la implementación del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Breña para el periodo 2016 ­ 2021, en coordinación con otros organismos y unidades ejecutoras municipales. Artículo Sexto.- La Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional y la Gerencia de Administración y Finanzas son responsables del financiamiento de los gastos que genere la ejecución del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Breña para el periodo 2016 ­ 2021. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Octavo: Encargar a la Secretaria General de la Municipalidad distrital de Breña, disponer la publicación de la presente Ordenanza en el diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Estadística e Informática, la publicación de la presente Ordenanza en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Breña: www.munibrena.gob.pe; y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión de la presente Ordenanza.

POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. ANGEL A. WU HUAPAYA Alcalde 1327582-1

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 482-MDJM Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 482-MDJM, publicada en la edición del 26 de diciembre de 2015. Artículo 7º.- Beneficio para los Pensionistas (...) DICE: MONTO DE PENSIÓN BRUTA Menor a S/. 1,000.00 Mayor a S/. 1,001.00 hasta S/. 2,000.00 DESCUENTO 20% 30%

DEBE DECIR: MONTO DE PENSIÓN BRUTA Menor a S/. 1,000.00 Mayor a S/. 1,001.00 hasta S/. 2,000.00 DESCUENTO 30% 20%

Artículo 9º.- Beneficio por precariedad económica y pobreza extrema (...)

DICE: CONDICIÓN Precariedad Económica Extrema Pobreza DESCUENTO TOTAL 30% 20%

DEBE DECIR: CONDICIÓN Precariedad Económica Extrema Pobreza 1328700-1 DESCUENTO TOTAL 65% 100%

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Ordenanza que establece el monto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y distribución de cuponera de pagos 2016 en el distrito de Los Olivos
ORDENANZA Nº 425-CDLO Los Olivos, 24 de noviembre de 2015. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOS OLIVOS

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.