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El Peruano Martes 6 de enero de 2015 544009 la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 mencionado, establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, el numeral 14.1 del artículo 14º de la norma antes acotada, señala que el Procurador Público Ad Hoc asume la defensa jurídica del Estado en los casos que la especialidad así lo requiera, siendo su designación de carácter temporal; Que, de conformidad con el artículo 21º del referido Decreto Legislativo Nº 1068 y el artículo 33º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2008-JUS, la defensa del Estado en sedes jurisdiccionales extranjeras se encuentra a cargo de Procuradores Públicos Ad Hoc, designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, los mismos que se designarán para cada caso en particular; Que, el Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción mediante el Informe N° 001-2015, de fecha 05 de enero de 2015, pone en conocimiento que el señor Martín Antonio Belaunde Lossio, se encuentra solicitando refugio en el Estado Plurinacional de Bolivia, el mismo que viene siendo investigado en los casos comprendidos en la Carpeta Fiscal Nº 20-2014 por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública – Colusión Simple y Agravada, Negociación Incompatible, Tráfi co de Infl uencias y Asociación Ilícita, y en el Expediente Nº 160-2014 por la presunta comisión del delito de Peculado en calidad cómplice secundario y coautor del delito de Asociación Ilícita, ambos casos en agravio del Estado peruano; Que, conforme al Ofi cio de visto, la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto designar al señor abogado Joel Freddy Segura Alania, como Procurador Público Ad Hoc, encargado de representar al Estado peruano en los procesos que se deriven de la solicitud de refugio del ciudadano peruano Martín Antonio Belaunde Lossio ante las autoridades del Estado Plurinacional de Bolivia; así como en los procesos que deban seguirse ante ellas para asegurar la comparecencia de la referida persona ante la autoridad jurisdiccional peruana, siendo pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068, por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor abogado Joel Freddy Segura Alania, como Procurador Público Ad Hoc, para representar al Estado peruano en los procesos que se deriven de la solicitud de refugio del ciudadano Martín Antonio Belaunde Lossio ante las autoridades del Estado Plurinacional de Bolivia, así como en los procesos que deban seguirse ante ellas para asegurar la comparecencia de la referida persona ante la autoridad jurisdiccional peruana.