Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2015 (17/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Sabado 17 de enero de 2015

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Direccion Ejecutiva del Instituto Peruano de Energia Nuclear, la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que correspondan al Titular de la Entidad durante el ejercicio fiscal 2014; De conformidad a lo establecido en los articulos 9 y 10 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Peruano de Energia Nuclear ­ IPEN, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM; Con los vistos del Director Ejecutivo y de la Directora de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Delegar en el Director Ejecutivo del Instituto Peruano de Energia Nuclear ­ IPEN, la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que correspondan al Titular de la Entidad durante el presente ano fiscal 2015. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion de Presidencia N° 012-14-IPEN/PRES. Articulo Tercero.- Disponer que la delegacion de facultades, asi como la asignacion de responsabilidades a que se refiere la presente Resolucion, comprende las atribuciones de decidir y resolver, cumpliendo los requisitos legales para cada caso. Articulo Cuarto.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, queda encargada de remitir MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias correspondientes. Articulo Quinto.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PETRICK CASAGRANDE Presidente Instituto Peruano de Energia Nuclear 1189319-1

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR
Delegan facultades en el Director Ejecutivo del IPEN para aprobar Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico durante el ano fiscal 2015
RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° 003-15-IPEN/PRES MORDAZA, 15 de enero de 2015 VISTO: El Memorandum N° 012-15-PLPR de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, sobre delegacion de facultad para aprobar modificaciones presupuestales; CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11 de la Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico ­ Ley N° 28112, en concordancia con los articulos 77 y 78 de la Constitucion Politica del Peru; Que, en aplicacion del MORDAZA de desconcentracion de los procesos a que se refiere la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer al interior de la entidad publica, niveles de desconcentracion de los procesos administrativos; Que, el articulo 14 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Peruano de Energia Nuclear ­ IPEN, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005EM, establece que la Direccion Ejecutiva es el mas alto nivel de decision despues de la Presidencia de la entidad, asimismo indica que el Director Ejecutivo, es el funcionario de confianza de mas alto nivel, que tiene por funciones, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y controlar las actividades y el funcionamiento de las unidades organicas, siendo ademas la mas alta autoridad administrativa de la Institucion; Que, el numeral 7.1 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, establece que en materia presupuestal, el responsable es el titular del pliego, pudiendo delegar estas funciones, por lo que, se considera conveniente en el MORDAZA de la desconcentracion administrativa, delegar en el Director Ejecutivo, la facultad de aprobar Modificaciones Presupuestales en el Nivel Funcional Programatico para el Ejercicio Fiscal 2015; Que, el numeral 40.1 del articulo 40 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico que se efectuan dentro del MORDAZA del presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varien los creditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tiene implicancia en la estructura funcional programatica compuesta por las categorias presupuestarias que permiten visualizar los propositos a lograr durante el ano fiscal,; Que, el numeral 40. 2 del citado articulo 40 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, con Resolucion de Presidencia N° 012-14-IPEN/ PRES de fecha 23 de enero de 2014, se delego en la

OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO INTERIOR
Modifican conformacion de la Comision de Fortalecimiento Etico y Lucha Contra la Corrupcion - COFELUC de la ONAGI
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0015-2015-ONAGI-J MORDAZA, 14 de enero del 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1140, se crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, como Organismo Publico Ejecutor, con personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia administrativa, funcional, tecnica, economica y presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego presupuestario y adscrita al Ministerio del Interior; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, el mismo que establece las funciones y estructura organica de sus diferentes organos y unidades organicas; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 0563-2014ONAGI-J de fecha 30 de octubre de 2014, se creo la Comision de Fortalecimiento Etico y Lucha Contra la Corrupcion - COFELUC de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, la cual se encuentra adscrita a la Secretaria General; y encargada entre otros, de efectuar el seguimiento de la implementacion y cumplimiento de las actividades contempladas en el Plan de lucha contra la corrupcion del Sector Interior 2014-2016, en lo que concierne al ambito funcional de esta institucion;

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