Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2015 (31/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Sabado 31 de enero de 2015

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con las instituciones prestadoras de servicios de salud publicas podra establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, a traves del articulo 2 del Decreto Supremo N° 007-2012-SA, se precisa que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen la prestacion economica de sepelio a nivel nacional; Que, de acuerdo al parrafo precedente y al numeral 6.3.2.2 de la Directiva Administrativa Nº 001-2013/SIS/ GNF, que regula el Pago de la Prestacion Economica de Sepelio para los Afiliados a los Regimenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud, aprobada por Resolucion Jefatural N° 202-2013/SIS, la misma que dispone que "La Oficina General de Administracion de Recursos, efectua el MORDAZA de pago (compromiso, devengado, girado y pagado) de las Prestaciones Economicas de Sepelios, con la emision de la carta orden de habilitacion de fondos en la cuenta corriente de la respectiva entidad bancaria"; Que, con Memorando N° 027-2015-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, aprueba las Certificaciones de Credito Presupuestario N°s 125 y 127 para el pago de las prestaciones economicas de sepelio correspondientes a las MORDAZA de Financiamiento de Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, respectivamente; Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad de aprobar los pagos directos de las prestaciones economicas de sepelio, correspondientes al mes de enero del 2015; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion, de la Oficina General de Administracion de Recursos y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el pago directo de las prestaciones economicas de sepelio a nivel nacional por la suma total de TRES MILLONES TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 NUEVOS SOLES, (S/. 3'035,582.00) con cargo a las MORDAZA de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de enero 2015, de acuerdo al siguiente detalle: 00-Recursos Ordinarios 09-Recursos Directamente Recaudados TOTAL S/. 3'009,582.00 S/. 26,000.00 S/. 3'035,582.00

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Disponen la publicacion en la pagina web institucional de OSINERGMIN del proyecto de resolucion que aprueba la MORDAZA "Procedimiento de Calculo de las Tarifas y Cargos Tarifarios del Sistema Integrado de Transporte de Hidrocarburos - Ductos de Seguridad y Gasoducto Sur Peruano"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 013-2015-OS/CD MORDAZA, 30 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, el literal c) del numeral 3.1 del Articulo 3, de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, senala que la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre otras, comprende la facultad de dictar en el ambito y materia de sus respectivas competencias, reglamentos y normas que regulen los procedimientos a su cargo. En tal sentido, el Articulo 21º del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, precisa que corresponde a Osinergmin dictar de manera exclusiva y dentro de su ambito de competencia, reglamentos y normas de caracter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones. Estos reglamentos y normas podran definir los derechos y obligaciones de las entidades y de estas con sus usuarios; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 14º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Asimismo, dichas entidades permitiran que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Articulo 25º del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, en atencion a lo senalado en el considerando precedente, corresponde publicar en el diario oficial El Peruano, la resolucion que aprueba la publicacion de la propuesta de MORDAZA "Procedimiento de Calculo de las Tarifas y Cargos Tarifarios del Sistema Integrado de Transporte de Hidrocarburos ­ Ductos de Seguridad y Gasoducto Sur Peruano". Asimismo, corresponde disponer que dicha resolucion sea consignada conjuntamente con el proyecto normativo, la exposicion de motivos e informes que la sustentan, en la pagina Web de Osinergmin, para la recepcion de comentarios y sugerencias por parte de los interesados; Que, en este sentido, se ha emitido el Informe Tecnico Nº 050-2015-GART de la Division de Gas Natural y el Informe Legal Nº 047-2015-GART de la Coordinacion Legal, de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, con los cuales se complementa la motivacion que sustenta

Articulo 2º.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", asi como coordinar con la Oficina General de Tecnologia de la Informacion, la publicacion en el MORDAZA Institucional del Seguro Integral de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 1195567-1

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