Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2015 (31/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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El Peruano Sabado 31 de enero de 2015

Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico del Hospital Nacional Arzobispo MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 24-2015/IGSS MORDAZA, 30 de enero de 2015 VISTOS: El Memorandum N.º 007-OEA-HNAL-2015, el Oficio Nº 033-2014-DG-HNAL, el Oficio Nº 055-2014-OEPE-HNAL, que contiene la renuncia y propuesta de designacion en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico del Hospital Nacional Arzobispo Loayza; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N.º 1167 creo el Instituto de Gestion de Servicios de Salud - IGSS, como un organismo publico ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, que constituye un pliego presupuestal y tiene como competencias, entre otras, la gestion, operacion y articulacion de las prestaciones de servicios de salud de los Institutos Especializados, Hospitales Nacionales y Organos Desconcentrados de MORDAZA Metropolitana; Que, el ultimo parrafo de la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N.º 1167, dispone que el IGSS asume los recursos humanos de los Institutos Especializados, Hospitales del tercer nivel de atencion, Direcciones de Red de Salud que incluye a los Hospitales de MORDAZA Nivel de atencion, del Programa denominado "Sistema de Atencion Movil de Urgencia ­ SAMU" y los recursos humanos de la MORDAZA V MORDAZA MORDAZA, IV MORDAZA Este y II MORDAZA Sur que correspondan; Que, mediante Resolucion Ministerial N.º 029-2015/ MINSA, publicado el 21 de enero de 2015, se concluyo con el MORDAZA de transferencia que realiza el Ministerio de Salud de los Institutos Especializados, Hospitales del Tercer nivel de Atencion y Direcciones de Red de Salud que incluyen a los Hospitales del MORDAZA Nivel de Atencion, los que en el MORDAZA del Decreto Legislativo N.º 1167, constituyen organos desconcentrados del IGSS; Que, a fin de garantizar el normal desarrollo y cumplimiento de las actividades y metas del Hospital Nacional Arzobispo MORDAZA, se debe emitir el acto resolutivo aceptando la renuncia de la Mag. Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y, designar al MC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ahumada, como Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico del Hospital Nacional Arzobispo MORDAZA, con Nivel F-4, con eficacia anticipada al 01 de enero de 2015, conforme el articulo 17º de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el literal f) y h) del articulo 11º del Decreto Legislativo N.º 1167, faculta al titular de la Entidad a designar y remover a los funcionarios y servidores de la entidad, en consecuencia, resulta pertinente adoptar las acciones de personal necesarias a fin de asegurar el normal funcionamiento de los Hospitales del IGSS; Con los visados del Secretario General, los Directores Generales de las Oficinas de Recursos Humanos y de Asesoria juridica del IGSS; y, De conformidad con el Decreto Supremo N.º 016-2014SA, Resolucion Ministerial N.º 681-2014-MINSA y el literal f) y h) del articulo 11º del Decreto Legislativo N.º 1167; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la Mag. Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico del Hospital Nacional Arzobispo MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados.

Articulo 2º.- Designar al MC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ahumada, como Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico del Hospital Nacional Arzobispo MORDAZA, con Nivel F-4, con eficacia anticipada al 01 de enero de 2015. Articulo 3º.- Dejese sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 168-2014/IGSS, y toda otra disposicion que se oponga a la presente Resolucion. Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del Instituto de Gestion de Servicios de Salud y del Hospital Nacional Arzobispo Loayza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Jefe Institucional Instituto de Gestion de Servicios de Salud 1195676-2

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban pago directo de las prestaciones economicas de sepelio a nivel nacional, correspondiente al mes de enero de 2015
RESOLUCION JEFATURAL Nº 019-2015/SIS MORDAZA, 30 de enero de 2015 VISTOS: El Informe N° 001-2015-SIS-GNFLLA-PCT con Proveido Nº 024-2015-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sobre el pago directo de las prestaciones economicas de sepelio a nivel nacional, el Informe N° 030-2014-SIS-OGTIUTI-MGAV con Proveido N° 504-2014-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion, el Memorando N° 027-2015-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 011-2015-SIS/OGAJ/ JIPL con Proveido N° 050-2015-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se establecen los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11 de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77 y 78 de la Constitucion Politica del Peru; Que, en los numerales 12.1, 12.2 y 12.3 del articulo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras durante el Ano Fiscal 2015, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que esta considerada el Seguro Integral de Salud, aprobandose por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, el articulo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectue el Seguro Integral de Salud requiere la suscripcion obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duracion de hasta tres (3) anos renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba

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