Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2015 (31/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 81

El Peruano Sábado 31 de enero de 2015 545975 el Artículo Tercero de la mencionada Resolución, y de conformidad con la Ordenanza Nº 292-MML se indica que el aporte de Recreación Pública tiene un área de 2,284.08 m2, constituido por el parque Nº 1; y el aporte de Parques Zonales tiene un área de 406.17 m2 ubicado en el lote 8 de la Mz. “A”. Por otro lado, en el Artículo Cuarto se dispone los lotes 1 y 2 de la Mz. “A” en garantía de pago del déficit del aporte al Ministerio de Educación, con un área de 406.17 m2, el cual deberá ser redimido en dinero previo a la Recepción de Obras, Que, mediante Resolución Nº 241-2006-MML-GDU- SPHU con fecha 29 de diciembre de 2006 emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, resuelve no ratifi car la Resolución de Gerencia Nº 064 de fecha 31 de agosto de 2006 porque incumple con los planes urbanos respecto a la vía colectora, la cual se encuentra afecto al terreno, de conformidad con la Ordenanza Nº 341-MML (la mencionada Ordenanza señala que dicha vía colectora tiene una sección variable entre 14.00 – 16.00 ml, mientras que en el Plano de Lotización Nº 046-06-SGPUC-GDU/MDA, dicha vía se propone con 23.40 ml.) y en cuanto al Ministerio de Educación, puesto que el aporte correspondiente no ha sido dejado en terreno, Que, mediante Acta de Asamblea, los Socios de la Asociación Residencial Las Alondras de Santa Clara dan su conformidad para el replanteo de la Habilitación Urbana aprobada mediante Resolución de Gerencia Nº 064 de fecha 31 de agosto de 2006 y Plano Nº 046-06-SGPUC-GDU/MDA a través de nuevo procedimiento administrativo administrativo solicitado mediante el expediente de la referencia y así también su aprobación para la reducción de área del aporte de Recreación Pública y la designación de un lote para el aporte de Otros Fines; señalando el Asesor Legal de esta Sub Gerencia con el Memorando Nº 018-2014-VHGA/GDU-SGHUE (fs. 374-375) que dichas Actas de Asamblea guardan las formalidades para proseguir con el trámite correspondiente de acuerdo a Ley, Que, mediante Expediente Nº 17017-2012 los administrados solicitan la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del terreno constituido por la acumulación de los lotes 103-A y 103-B de la parcelación del Fundo La Estrella, adecuándose a la normatividad vigente; preponiendo un área de 1,425.95 m2 para el aporte de Recreación Pública, conforme a la Ordenanza Nº 836-MML el 7% del área matriz equivale a 1,425.06 m2. Sin tener dé fi cit de dicho aporte reglamentario; de otro lado, se plantea la sección vial de la Av. San Martín de Porres (Vía Colectora) con 23.40 ml. y se cancela el dé fi cit del aporte correspondiente al Ministerio de Educación (acreditado en el Expediente por el cual se aprobó la Habilitación Urbana mediante Resolución de Gerencia Nº 064 de fecha 31 de agosto de 2006), Que, en relación a los Planes de Desarrollo Urbano, el terreno matriz tiene la zoni fi cación Residencial de Densidad Media “RDM”, los lotes planteados cumplen con el área y frente mínimo reglamentario; en cuanto al Sistema Vial, el terreno está afectado por una vía metropolitana: Av. San Martín de Porres (vía colectora), la cual conforme a la Ordenanza Nº 341-MML dispone una sección vial variable entre 14.00 – 16.00 ml., sin embargo en el presente proyecto se dispone una sección mayor de 23.40 ml. adecuando los módulos viales, colindantes con el terreno a habilitar, con mayor ancho y manteniendo las medidas de los mismos en el lado opuesto; respecto a las vías internas se disponen para uso vehicular con secciones viales de 12.80 ml. y 15.00 ml. cumpliendo con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edi fi caciones, Título II, Norma GH.020, Capítulo II, Artículo 8º; y en cuanto a los aportes reglamentarios, se está dejando un área de 1,425.95 m2 para el aporte de Recreación Pública denominado Parque Nº 1, para el aporte de Parques Zonales se deja el lote 8 de la Mz. “A” con un área de 287.20 m2 y para el aporte de Otros Fines se deja el lote 13 de la Mz. “B” con un área de 429.06 m2; se tiene dé fi cit en el aporte de Parques Zonales con un área de 119.96 m2, Ministerio de Educación con un área de 407.16 m2 y Renovación Urbana con un área de 203.58 m2, los cuales serán redimidos en dinero de acuerdo al artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML, al no tener área disponible para los mencionados aportes; por lo cual el presente proyecto Cumple con los Planes Urbanos, Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0261-2007- ED de fecha 19 de febrero del 2007 se resuelve aprobar la Valorización ascendente a la suma de S/. 14,659.59 correspondiente al dé fi cit del aporte para el Ministerio de Educación por el proceso de Habilitación Urbana. Mediante Factura Nº 002994 de fecha 12/03/07 cancelado en la Tesorería de dicha institución se acredita la cancelación de la mencionada valorización; cabe señalar que dichos documentos obran en el Expediente Nº 8009-03 (fs. 326 y 327) referido a la Habilitación Urbana el cual cuenta con Resolución de Gerencia Nº 064 de fecha 31 de agosto de 2006, Que, mediante Liquidación Nº 228-2014-MDA/GDU de fecha 25 de Noviembre de 2014, se calculó por el derecho de Licencia de Habilitación Urbana cuyo monto total asciende a la suma de S/. 11,600.24 nuevos soles y mediante Recibo Nº 0013711169 de fecha 27/11/14 (folios 381) cancelado en la Tesorería de esta entidad municipal se acredita la cancelación total de dicha Liquidación, Que, mediante Informe Técnico Nº 184-2014-MDA/ GDU-SGHUE-DEHE de fecha 15 de diciembre de 2014 emitido por el Área Técnica pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones, informa que el presente trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada es procedente; y que los administrados han cumplido con presentar la documentación y cancelar los pagos estipulados por el TUPA vigente, ESTANDO LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 3.6.1 DEL CAPÍTULO II DEL ARTÍCULO 79° DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES 27972, LEY N° 27444 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, ASÍ COMO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY N° 29090 LEY DE REGULACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES, ORDENANZA Nº 836-MML, POR EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES Y ORDENANZA Nº 273-MDA. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el N° 096-2014-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolución, suscrita por el profesional responsable, Arq. Carlos Enrique Roel Montellanos con registro C.A.P. Nº 1799, el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” del terreno con un área de 20,357.96 m2, constituido por la acumulación de los lotes 103-A y 103-B de parcelación del Fundo La Estrella, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a Doña LILIANA CORTEZ GARCIA y demás COPROPIETARIOS, para ejecutar en el plazo de 36 meses contados a partir del inicio del trámite, siendo la vigencia de la licencia hasta el 20 de abril de 2015 y bajo responsabilidad de la culminación de las obras faltantes de Habilitación Urbana en el terreno de 20,357.96 m2 teniendo en cuenta las características y especi fi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA: 20,357.96 m2 ÁREA ÚTIL: 12,763.47 m2 Viviendas 12,269.94 m2 Parques Zonales 287.20 m2 Otros Fines 429.06 m2 ÁREA DE VÍAS: 6,168.54 m2RECREACIÒN PÚBLICA: 1,425.95 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes es igual al Área Bruta (20,357.96 m2) y de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, para la zoni fi cación “RDM” – Residencial de Densidad Media, son las siguientes: