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El Peruano Sábado 31 de enero de 2015 545976 APORTESORDENANZA Nº 836-MML PROYECTO (m2)DÉFICIT (m2) % (m2) Recreación Pública 7 1,425.061,425.95 (Parque 01)----- Parques Zonales 2 407.16287.20 (lote 8 Mz. “A”)119.96 Renovación Urbana 1 203.58 -------- 203.58 Servicios Públicos ComplementariosMinisterio de Educación2 407.16 -------- 407.16 Otros Fines (Municipalidad Distrital)2 407.16429.06 (lote 13 Mz. “B”)-------- * El dé fi cit del Aporte de Ministerio de Educación ha sido cancelado conforme al noveno considerando de la presente resolución. * El dé fi cit del aporte de Parques Zonales y Renovación Urbana serán cancelados previo a la Recepción de Obra. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO:Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el proyecto aprobado por SEDAPAL; debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos por dicha empresa; comunicándole a SEDAPAL sobre la fecha de inicio y término de las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA:Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primarias y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. PAVIMENTACIÓN DE VEREDAS Y RECREACIÓN PÚBLICA: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la super fi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escari fi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modi fi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base a fi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modi fi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una super fi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Super fi cie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg/cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas técnicas NTE U.190 adecuación urbanística para personas con discapacidad, aprobadas por R. M. Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001. Ornamentación de Parques.- El Parque comprenderá la ejecución de veredas, senderos, colocación de bancas, sembrío de árboles diversos, iluminación y área de recreación activa. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que el Aporte Reglamentario para la zoni fi cación Residencial de Densidad Media “RDM” correspondiente a Recreación Pública tiene un área total de 1,425.95 m2 constituido por el Parque Nº 01; el aporte de Parques Zonales se ubica en el lote 8 de la Mz. “A” con un área de 287.20 m2 y el aporte de Otros Fines se ubica en el lote 13 de la Mz. “B” con un área de 429.06 m2. Artículo Cuarto.- ESTABLECER, que previo a la Recepción de Obra de Habilitación Urbana los administrados deberán acreditar la cancelación del dé fi cit del aporte de Parques Zonales y Renovación Urbana ante las entidades competentes de conformidad con el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, en el plazo de 30 días calendario contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR a la O fi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de su Inscripción; a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones correspondientes; a SERPAR-LIMA, al Ministerio de Educación, a EMILIMA, y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL IVÁN RIVERA VILLENA Sub Gerente de Habilitaciones Urbanasy Edi fi caciones 1191543-1 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de la Municipalidad al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0053-2015 Jesús María, 20 de Enero del 2015 VISTOS: El Informe N° 016-2015-MDJM-GA/SGRRHH de la Sub Gerencia de Recursos Humanos y el Informe Nº 003-2015-MDJM-GA, de la Gerencia de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, según el artículo 194º de la Constitución Política, modi fi cado por la Ley de reforma Constitucional Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680,