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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2015 (31/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Sábado 31 de enero de 2015 545970 Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-18, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones o fi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para que participe en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pago de inscripción al curso y pasantía, incluye los materiales, pasajes, alojamiento, alimentación y certi fi caciones, los mismos que serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le con fi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2015, Nº SBS-DIR-ADM-085-18, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Consuelo Hilda Gozar Landeo, Abogado Principal I del Departamento de Asuntos Contenciosos de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, del 04 al 11 de febrero de 2015, a la ciudad de Medellín, República de Colombia para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, considera el pago de la inscripción al curso y pasantía, por el monto de US$ 1,850.00, los mismos que serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1195723-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC Aprueban el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Unidad de Gestión Educativa Local Grau ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2014-GR.APURIMAC/CR. Abancay, 23 de diciembre del 2014.EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC VISTO:En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, llevada a cabo en la ciudad de Abancay, de fecha martes veintitrés de diciembre del año dos mil catorce, el Punto de Agenda: Proyecto de Ordenanza Regional: “APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Unidad de Gestión Educativa Local Grau”; y, CONSIDERANDO:Que, el Presidente del Gobierno Regional de Apurímac, solicita al Consejo Regional la aprobación mediante Ordenanza Regional del Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Unidad de Gestión Educativa Local Grau, anexando para cuyo efecto en forma documentada los requisitos previstos en el Decreto Supremo Nº 043-2004.PCM, Aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública; Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece en el Numeral 1, Literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su Organización Interna y su Presupuesto Institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el Cuadro de Asignación de Personal – CAP, es un documento de gestión institucional que contiene los cargos califi cativos, de fi nidos y aprobados de la entidad sobre la base de su Estructura Orgánica vigente prevista en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, asimismo ordena la necesidad de los cargos, puestos de trabajo que una entidad necesita con el objeto de garantizar el adecuado funcionamiento durante un determinado periodo, por lo tanto, la fi nalidad de este documento de gestión institucional es que contenga una correcta de fi nición de los cargos de acuerdo a la Estructura Orgánica de le Entidad y con los criterios de diseño y estructura de la administración pública, de conformidad con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, tendiente a priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos, a su vez; el Artículo 15º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que Aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, prescribe que éstos documentos de gestión institucional deben ser aprobados mediante Ordenanza Regional, cuando se trata de los Gobiernos Regionales; Que, el Literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, su fecha 23 de diciembre del 2014; y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, leyes modi fi catorias, Reglamento Interno del Consejo Regional; y visto el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Administración y Comunidades Campesinas, con el Voto por Unanimidad de sus Miembros; y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: APROBAR EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL GRAU Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la Unidad de Gestión Educativa