Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2015 (04/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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Que, el articulo 22° de la Ley N° 28245, Ley MORDAZA de Sistema Nacional de Gestion Ambiental dispone: que los Gobiernos Regionales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las politicas, normas y planes nacionales y sectoriales, en el MORDAZA de los principios de gestion ambiental contenidos en el art. 5° de la misma norma. Que, el articulo 23° de la Ley N° 28245, Ley MORDAZA de Sistema Nacional de Gestion Ambiental establece: que las Comisiones Ambientales Regionales, son las instancias de gestion ambiental, de caracter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la Politica Ambiental Regional. Que, mediante Ordenanza Regional N° 06-2004-CR/ RA, de fecha 16 de enero del ano 2004 en su articulo primero: aprueba el Plan Regional de Accion Ambiental y la Agenda Ambiental Regional 2003-2015, articulando asi la Politica Ambiental Regional con la Politica Ambiental Nacional, de acuerdo a las estrategias economicas, sociales y culturales de la region. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 327 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 17 de MORDAZA del 2013, se crea la Autoridad Ambiental Amazonas (ARA - Amazonas), con sus organos de linea como son la Direccion Ejecutiva de Recursos Naturales, la Direccion Ejecutiva de Gestion Ambiental y la Direccion Ejecutiva de Gestion de Bosques y de Fauna Silvestre; y se aprueba su Reglamento de Organizacion y Funciones, mediante el cual se le asigna las funciones de la Direccion Forestal y de Fauna MORDAZA, Organo de linea de la Direccion Regional Agraria Amazonas, a la Direccion Ejecutiva de Gestion de Bosques y de Fauna MORDAZA, Organo de linea de la Autoridad Regional Ambiental. Que, en MORDAZA Sesion Ordinaria de la Comision Ambiental Regional de Amazonas, realizado el 26 de MORDAZA del 2014 en el Distrito de Luya, los integrantes presentes de la mencionada comision, acordaron aprobar por unanimidad, el Plan Regional de Accion Ambiental actualizado. Que, mediante Informe N° 024-2014/G.R.AMAZONAS/GARA/GEST.AMBIENTAL/D, de fecha 29 de setiembre del 2014, la Directora Ejecutiva de Gestion Ambiental, recomienda que el Gobierno Regional Amazonas, debe considerar la emision de una Ordenanza Regional que aprueba la actualizacion del Plan Regional de Accion Ambiental, viendose de este modo la voluntad politica del Gobierno Regional Amazonas, de apoyar este MORDAZA de iniciativas y mostrar que los acuerdos de la Comision Ambiental Regional Amazonas son considerados y atendidos. Que, la actualizacion del Plan Regional de Accion Ambiental, es necesaria para fortalecer el desarrollo de la region Amazonas, siendo el objetivo de esta, mejorar la calidad de MORDAZA de las personas, asi como preservar, proteger, conservar y manejar los recursos naturales y el medio ambiente de acuerdo a los lineamientos de la Politica Ambiental Regional, que implique la sostenibilidad social, economica y ambiental de la region, con enfasis en la adaptacion y mitigacion del cambio climatico. Que, el Plan Regional de Accion Ambiental Actualizado periodo 2014-2021, es un instrumento de planificacion ambiental regional de largo plazo, formulado a partir del diagnostico ambiental regional y en base a los ejes de la Politica Nacional de Ambiente, conservacion y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biologica, gestion integral de la calidad ambiental, gobernanza ambiental, compromisos y oportunidades internacionales, el mismo que previa revision y dictamen de la Comision Ordinaria de Recursos Naturales, Gestion, Promocion y Defensa del Medio Ambiente del Consejo Regional, encontrandolo conforme, se ha visto por conveniente aprobar mediante Ordenanza Regional. Estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria del Consejo Regional N° 024, de fecha 19 de Diciembre del 2014, mediante acuerdo de Consejo Regional N° 2622014, contando con el MORDAZA favorable de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. A) del art. 37° de la Ley N° 27867, Ley Organica de los gobiernos Regionales y sus modificatorias, Leyes N°s. 28968 y 29053, se aprueba la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: APROBAR EL PLAN REGIONAL DE ACCION AMBIENTAL 2014-2021, instrumento necesario para implementar el Sistema Regional de Gestion Ambiental en el ambito de la Region Amazonas. Articulo Segundo: Dar cuenta de la presente Ordenanza Regional a la Comision Ambiental Regional

El Peruano Miercoles 4 de febrero de 2015

- AMAZONAS e instancias del Gobierno Regional Amazonas. Articulo Tercero: AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la respectiva Ordenanza Regional, en el Diario Oficial el peruano y disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional, previa promulgacion del Presidente del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 23 dias del mes de Diciembre del ano 2014. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 29 dias del mes de Diciembre del 2014. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional Amazonas 1195973-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 365-2014-GRA/PR-GGR VISTOS: Los Informes Nºs. 868, 1517 y 1518-2014-GRA/OOT y el Informe Tecnico Legal N° 076-2014GRA/OOT, emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial correspondiente al tramite de Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno eriazo de dominio privado de 72.7228 Has. ubicado en el Distrito de La Joya, Provincia y Departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 62° de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el Inc.b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modificatorias, establecen las normas que regulan el

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