Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2015 (04/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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Abastecimiento de Agua Potable y Desague en la localidad de La Joya Nueva, Distrito de La Joya, Provincia y Region de Arequipa" es una de beneficio para gran parte de la poblacion y de trascendencia, y siendo que su ejecucion debe ser considerada como de prioridad y de repercusion social, es que, resulta pertinente proceder a Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Gerencial General Regional Nº 143-2014-GRA/PR-GGR a fin de que la empresa contratista pueda continuar con los trabajos respectivos. Que, para el caso la Oficina de Ordenamiento Territorial ha cumplido con presentar nueva Informacion Tecnica consistente en Informe Tecnico Legal Nº 1052014-GRA/OOT, Memoria Descriptiva, Plano Perimetrico y de Ubicacion y Panel Fotografico, con lo cual sustenta la modificacion del Articulo 1º de la Resolucion Gerencial General Regional Nº 143-2014-GRA/PR-GGR en cuanto al area de 36.2472 Has a 14.58 Has. Que, estando al contenido del Articulo 201º de la Ley Nº 27444 "Ley de Procedimiento Administrativo General", en el presente caso no se esta alterando el sentido, ni el contenido, ni las consecuencias juridicas de la Resolucion Gerencial General Regional Nº 143-2014-GRA/PR-GGR, por lo que, se debe proceder a su rectificacion respecto de la reduccion del area. Que, con Informe Nº 1539-2014-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 876-2014-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECTIFICAR el Articulo 1º de la Resolucion Gerencial General Regional Nº 143-2014GRA/PR-GGR de fecha 17 de junio de 2014, quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- Disponer la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado Peruano del terreno eriazo de dominio privado de 14.58 Has ubicado en el Sector La Reparticion, Distrito de La Joya, Provincia y Departamento de MORDAZA, conforme a los documentos tecnicos que sustentan la presente Resolucion y que son parte integrante de la misma". Articulo 2º.- Ratificar la Resolucion Gerencial General Regional Nº 143-2014-GRA/PR-GGR, en lo demas que contiene. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial realice las acciones que corresponda, a fin de dar cumplimiento a la presente Resolucion. Articulo 4º.- La MORDAZA Registral N° XII Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, por le merito de la presente resolucion efectuara la inscripcion de lo resuelto en la presente Resolucion. Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los doce ( 12) dias del mes de diciembre del Dos Mil Catorce. Registrese y comuniquese. BERLY MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional 1195881-2

El Peruano Miercoles 4 de febrero de 2015

LA MORDAZA ALCALDESA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley No. 13981 de fecha 06 de Febrero de 1962, se creo el Distrito de La MORDAZA en la Provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA ha organizado un homenaje con motivo de celebrar el 53° Aniversario de su Creacion Politica, programando realzar en esta importante fecha, diversos actos civico culturales; Que, asimismo conviene reafirmar los sentimientos de union y fraternidad de la Comunidad como medio para lograr su prosperidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el numeral 6) del Articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del Distrito de La MORDAZA, a partir de la fecha hasta el 28 de febrero del 2015, con motivo de conmemorarse el 53° Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de La Molina. Articulo Segundo.- Las Instituciones publicas y privadas, asi como los domicilios particulares de la jurisdiccion, daran cumplimiento al presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, la difusion del presente dispositivo municipal; y, a la Subgerencia de Gestion del Riesgo de Desastres, Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Edificaciones y Fiscalizacion Administrativa, la verificacion de su cumplimiento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BIANCHI DIMINICH MORDAZA Alcaldesa Encargada del Despacho de Alcaldia 1196361-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Establecen monto minimo del Impuesto Predial, Tasa por concepto de Gastos Administrativos y vencimiento del pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2015
ORDENANZA Nº 213-MDL Chosica, 16 de enero de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO DE LURIGANCHO ­ CHOSICA, en Sesion de la fecha; y CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Decreto Supremo Nº 374-2014-EF, aprobo el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ano 2015, como indice de referencia en normas tributarias; el mismo que servira para determinar el monto del Impuesto Predial Minimo y los Gastos de Emision. Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, MORDAZA Parrafo del Art. 13º faculta a las Municipalidades a

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA N° 002- 2015 La MORDAZA, 2 de febrero de 2015

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