Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2015 (04/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Miercoles 4 de febrero de 2015

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de la Intendencia MORDAZA, efectuadas a traves de las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 1862013/SUNAT y 132-2014/SUNAT, y Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Administracion y Finanzas N° 003-2014-SUNAT/800000, de acuerdo al siguiente detalle: Fedatarios Administrativos Titulares - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rubio - MORDAZA MORDAZA Pretell MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fedatarios Administrativos Alternos - Rocsana Duenas Corrido - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMA OYAMA Superintendente Nacional Adjunto de Administracion y Finanzas 1195903-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 032-2015/SUNAT Mediante Oficio N° 40-2015-SUNAT/1M0100, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Superintendencia Nº 0322015/SUNAT, publicada en la edicion del dia 30 de enero de 2015. En el ultimo considerando; DICE: "En uso de las facultades conferidas por el articulo 29° y el numeral 88.1 del rticulo 88° del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 816, cuyo ultimo TUO ha sido aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF y normas modificatorias, el articulo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF, los articulos 3° y 4° del Decreto Supremo N.° 018-2007-TR y normas modificatorias, el articulo 79° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF y normas modificatorias, el articulo 11° del Decreto Legislativo N° 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias, el articulo 5° de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y MORDAZA modificatoria y el inciso o) del articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;" DEBE DECIR: "En uso de las facultades conferidas por el articulo 29° y el numeral 88.1 del articulo 88° del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo N° 816, cuyo ultimo TUO ha sido aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF y normas modificatorias, el articulo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF, los articulos 3° y 4° del Decreto Supremo N° 018-2007-TR y normas modificatorias, el articulo 79° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF y normas modificatorias, el articulo 11° del Decreto Legislativo N° 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias, el articulo 5° de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y MORDAZA modificatoria y el inciso o) del articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 1222014/SUNAT y normas modificatorias;" 1195906-1

de febrero de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de transporte aereo, alojamiento y manutencion seran con cargo al Presupuesto de la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV, de acuerdo con el siguiente detalle: - Pasaje - Viaticos US$ US$ 3 817,60 2,160.00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje. Articulo 4º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 1195878-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designacion de fedatarios administrativos titulares y alternos de la Intendencia MORDAZA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS N° 001-2015-SUNAT/800000 MORDAZA, 2 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que el articulo 127° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Regimen de Fedatarios de las entidades de la Administracion Publica, senalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus necesidades de atencion; Que el numeral 2 del mencionado articulo precisa que el fedatario tiene como labor personalisima comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuacion administrativa sea exigida la agregacion de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante Resoluciones de Superintendencia Nºs. 186-2013/SUNAT y 132-2014/SUNAT, y Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Administracion y Finanzas N.° 003-2014-SUNAT/800000, se designaron a diversos trabajadores como Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Intendencia Lima; Que habiendose producido traslados y renuncias de personal en la citada Intendencia, se ha estimado conveniente dejar sin efecto la designacion como Fedatarios Administrativos de algunas personas comprendidas en las Resoluciones a que se refiere el considerando precedente; En uso de la facultad conferida en el literal j) del articulo 18° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, aprobado por la Resolucion de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos

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