Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2015 (05/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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dispuesto en la Ordenanza Nº 378-MDB, y establece que se aplicaran los costos y tasas establecidas por los servicios de Barrido de Calles, Recoleccion de Residuos Solidos, Parques y Jardines y Serenazgo, establecidos en la Ordenanza 393-MDB, reajustados con la variacion acumulada del IPC, ascendente a 2.68%; Que, mediante Informe Nº 005-2015-SGFYAT-GATMDB, la Sub Gerencia Fiscalizacion y Administracion Tributaria senala que de la revision de la precitada Ordenanza Nº 414, se advierte que el costo de los servicios para el ejercicio 2015, deberia ser S/. 8,148,676.96 nuevos soles; no obstante, de la aplicacion de las tasas conforme a los conceptos de distribucion de zonas y categorias de uso, el monto real resulta ser de S/. 15,075,020.16 nuevos soles, lo que significa un incremento de S/. 6,926,343.20 nuevos soles; en tal sentido, considera que la administracion municipal no debe generar un incremento desmesurado de los tributos municipales que afecte la capacidad economica de los contribuyentes, lo cual podria traer demoras en el cobro de los tributos municipales que ocasionaria deficiencias en la prestacion de los servicios publicos locales y el incremento de los indices de morosidad, por lo que cualquier aumento que se genere debe ser controlado, a traves de la utilizacion de medidas de beneficios tributarios, hasta lograr el ordenamiento y sinceramiento de las tasas de los Arbitrios Municipales; en tal sentido, propone otorgar un beneficio tributario aplicable para el presente ejercicio 2015 respecto a la tasa aplicable al cobro de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recojo de Residuos Solidos, Parques y Jardines y Serenazgo, aprobado mediante Ordenanza Nº 414-2014, segun el siguiente detalle: 30% Barrido de Calles, 62% respecto a la recoleccion de residuos solidos, 30% respecto a parques y jardines y 46% respecto a Serenazgo, considerando que es politica de la actual gestion municipal, velar por el bienestar y la tranquilidad de sus vecinos, teniendo cuidado de no afectar la situacion economica y social de los mismos; Que, es politica de la actual gestion municipal, velar por el bienestar y la tranquilidad de sus vecinos, teniendo cuidado de no afectar la situacion economica social de los mismos, poniendo en practica el valor de la Solidaridad, conforme a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades y en las Sentencias del Tribunal Constitucional; Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9 de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD de sus miembros y con la dispensa del dictamen de comisiones y el tramite de lectura y aprobacion del Acta la siguiente; ORDENANZA QUE OTORGA EL BENEFICIO TRIBUTARIO RESPECTO DEL COBRO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2015 Articulo Primero.- OTORGAR en calidad de beneficio tributario para los predios ubicados dentro de la jurisdiccion del distrito, un descuento en el cobro de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2015, aprobados mediante Ordenanza Nº 414-MDB, conforme al siguiente detalle: · 30% de descuento en el servicio de Barrido de Calles · 62% de descuento en el servicio de Recoleccion de Residuos Solidos · 30% de descuento en el servicio de Parques y Jardines · 46% de descuento en el servicio de Serenazgo Articulo Segundo.- La presente Ordenanza tendra vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al Despacho de Alcaldia para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas

El Peruano Jueves 5 de febrero de 2015

complementarias que MORDAZA necesarias para la debida y adecuada aplicacion de la presente ordenanza, Segunda.- Deroguese todas las disposiciones legales que se opongan a lo dispuesto a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA 1196628-1

Aprueban remuneracion del MORDAZA, Gerente Municipal y monto de dieta de los Regidores de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2015-MDB Barranco, 21 de enero del 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO VISTOS: En la 1ra Sesion Ordinaria de fecha 21 de enero del 2015, visto el Informe Nº 019-2015-SGRHGAF-MDB, de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, de fecha 12 de enero del 2015, el Informe Nº 0122015-GAJ-MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 13 de enero de 2015, el Informe Nº 04-2015GAF-MDB de fecha 13 de enero del 2015, Informe Nº 003-2015-GPPR/MDB de fecha 16 de enero de 2015 y el Memorando Nº 053-2015-GM/MDB de fecha 16 de enero de 2015; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos, la Gerencia Municipal solicita la aprobacion de la propuesta de remuneracion del Sr. MORDAZA, la dieta de los Sres. Regidores y la compensacion economica del Gerente Municipal. Que, el articulo II del Titulo preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en el numeral 28º del articulo 9º, y lo senalado en el articulo 12º del mismo cuerpo normativo, asi como lo establecido en el literal c) del articulo 52º de la Ley Nº 30057 ­ Ley del Servicio Civil; con el MORDAZA de aprobacion por UNANIMIDAD del concejo, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la remuneracion del MORDAZA, Gerente Municipal y dieta de Regidores segun el siguiente detalle: Remuneracion del Alcalde:
CONCEPTO ESCALA XI ASIGNACION ADICIONAL TOTAL MONTO S/. 4,550.00 S/. 1,300.00 S/. 5,850.00

Dieta de Regidores por sesion efectiva cada mes:
MORDAZA TOTAL S/. 1,755.00

Compensacion Economica del Gerente Municipal:
MONTO S/. 5,770.00

Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Secretaria General para que cumpla con realizar la publicacion del presente acuerdo.

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