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El Peruano Jueves 5 de febrero de 2015 546183 hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto, noviembre. Que, el Artículo 13º del mencionado cuerpo legal establece que las Municipalidades están facultadas para establecer un monto mínimo a cobrar por concepto del Impuesto Predial, equivalente al 0.6% de la UIT vigente al 01 de Enero del año al que corresponde el impuesto. Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de las Tasas de Arbitrios Municipales para el ejercicio 2015. Que, con Ordenanza Municipal Nº 289/ML se establece el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles y Vías Públicas, Mantenimiento de Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, y la Determinación de sus tasas para el ejercicio 2015, la misma que ha sido ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 2434/ML, publicadas ambas en el Diario Ofi cial “El Peruano” el día 31 de diciembre de 2014. Que, la Ordenanza en referencia tiene como Marco Legal lo dispuesto en la O.M. Nº 255/ML, reajustados con la variación del IPC del mes de Julio 2013, para Lima Metropolitana (2.21%), y esta a su vez reajustada con el IPC vigente al mes de Agosto del 2014 (2.59%) aprobados con Ordenanza Municipal Nº 273/ML vigentes para el ejercicio 2014; la cual establece en el Artículo Sexto de la citada Ordenanza Municipal se establece la PERIODICIDAD Y VENCIMIENTO: Los Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles y Vías Públicas, Mantenimiento de Parques y Jardines Públicos y Serenazgo son de periodicidad mensual, siendo el día de su vencimiento el último día hábil del mes, excepto el vencimiento del mes de enero, cuyo vencimiento es el último día hábil del mes de febrero. Que, corresponde establecer el Cronograma de Vencimiento de Pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2015, a fi n de que este sea ofi cial y comunicado a los contribuyentes de la Municipalidad de Lurín, a través de las cuponeras próximas a emitirse, así como el portal web y en todo medio que corresponda. Que, de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8 y 9 del Artículo 9º y por el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DE PAGOS DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2015 Artículo Primero.- ESTABLECER, como fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2015 en el Distrito de Lurín, los siguientes: IMPUESTO PREDIAL: * Cuota Anual (Pago al contado) : Viernes, 27 de Febrero * Cuotas Trimestrales: • Primer Vencimiento : Viernes, 27 de Febrero • Segundo Vencimiento : Viernes, 29 de Mayo • Tercer Vencimiento : Viernes, 31 de Agosto • Cuarto Vencimiento : Viernes, 30 de Noviembre Artículo Segundo.- FIJAR, en S/.23.70 (Veintitrés con 70/100 Nuevos Soles) el monto mínimo a pagar por el concepto del Impuesto Predial para el año 2015. Artículo Tercero.- ESTABLECER, como fecha de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2015, de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo en el Distrito de Lurín, los siguientes: ARBITRIOS MUNICIPALES: • Primer y Segundo Vencimiento : Viernes, 27 de Febrero • Tercer Vencimiento : Lunes, 31 de Marzo