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El Peruano Viernes 6 de febrero de 2015 546248 SE RESUELVE: Artículo Primero.- CREAR el “POOL DE TRABAJADORES ITINERANTES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO”, el mismo que estará conformado por un grupo determinado de trabajadores jurisdiccionales cuyas labores serán exclusivamente de apoyo a los órganos jurisdiccionales con sobrecarga y baja producción, con la fi nalidad de descongestionar los procesos y mejorar la producción jurisdiccional. Artículo Segundo.- DISPONER que la distribución del Pool de Trabajadores Itinerantes a los órganos jurisdiccionales correspondientes se haga por un plazo determinado, previo informe de la Ofi cina de Estadísticas de esta Corte Superior, y estará a cargo de la Coordinadora de Personal, la que actuará con la dirección y supervisión del Presidente de la Comisión Distrital de Productividad Judicial. Artículo Tercero.- PONGASE la presente Resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Ofi cina de Personal, de los señores Magistrados de esta Corte Superior de Justicia, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI Presidente 1197450-1 Reactivan la Comisión de “Meritocracia de los trabajadores jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia del Callao” CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 82-2015-P-CSJCL/PJ Callao, 5 de febrero de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la política del Poder Judicial en su Distrito Judicial, a tenor de lo establecido en el inciso 3) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, dentro de la política de gestión de esta Presidencia, se ha considerado al principio de mérito (meritocracia) como indicador legal (artículo 66º de la Ley de la carrera judicial) para la promoción de jueces provisionales y supernumerarios, como ocurrió con la conformación de las Salas Superiores para el presente año judicial así como en la designación de nuevos jueces supernumerarios de esta Corte Superior. Que, sin embargo, para la promoción de los trabajadores jurisdiccionales y administrativos a cargos de mayor jerarquía (encargos y suplencias) no tenemos indicadores legales, por lo que la designación queda a criterio discrecional de la Presidencia. Que, esta Presidencia considera que también debe aplicarse el principio de mérito en la designación de encargaturas y suplencias tanto de trabajadores jurisdiccionales y administrativos, lo que generará transparencia y objetividad en el Despacho Presidencial. Que, al respecto, mediante Resolución Administrativa Nº 0198-2009-P-CSJCL/PJ de fecha 16 de julio de 2009, se creó la “Comisión de Meritocracia de los trabajadores jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia del Callao”, con la fi nalidad de elaborar un cuadro de méritos que sirva de herramienta de gestión para la promoción de nuestros trabajadores en cargos de mayor jerarquía; designándose a su vez a sus integrantes, quienes presentaron el respectivo cuadro para su aprobación el 27 de diciembre de 2010, siendo aprobado mediante Resolución Administrativa de Presidencia Nº 355-2010-P-CSJCL/PJ, en la misma fecha. Que, el mencionado cuadro de méritos de los trabajadores jurisdiccionales y administrativos se encuentra desactualizado, por los años transcurridos (4 años) por lo que es pertinente reactualizarlo y designar a los nuevos miembros de dicha Comisión. Que, en el nuevo cuadro de méritos que la Comisión elaborará luego de una evaluación exhaustiva de cada trabajador, debe discriminarse por cargos y especialidades (Relatores, Secretarios de Sala, Especialistas, Secretarios Judiciales, Técnicos Judiciales, Asistentes Judiciales, Auxiliares jurisdiccionales etc.), para promoverlos al cargo inmediato superior. Que, esta “Buena Práctica” ya institucionalizada en esta Corte Superior, permitirá motivar e incentivar a nuestros trabajadores para que se capaciten de manera constante en sus respectivas especialidades, con la esperanza de ser promovidos en cualquier momento, tan solo por sus méritos; lo que a la postre benefi ciará al justiciable por cuanto con un trabajador califi cado se prestará un servicio más efi ciente y efi caz. Que, para la elaboración del cuadro de méritos de los trabajadores de la Corte Superior del Callao, la Comisión tendrá como base legal la Resolución Administrativa N°031-2009-CED-CSJC/PJ expedida por el Consejo Ejecutivo Distrital, que aprobó el “Reglamento del Cuadro de Méritos de Trabajadores Jurisdiccionales y Administrativos de la Corte Superior de Justicia del Callao”, en el cual se establecen los puntajes correspondientes, que en su momento tuvo como referencia la tabla de valores empleada por el Consejo Nacional de la Magistratura en sus concursos de selección y nombramiento, los que fueron adaptados al perfi l del trabajador jurisdiccional y administrativo, comprendiendo el aspecto académico, capacitaciones, publicaciones, experiencia profesional, reconocimiento, distinciones, y otros. Que, este Cuadro de Méritos será actualizado cada año judicial, de tal manera que se mida el avance académico, la idoneidad y probidad de cada uno de los trabajadores de esta Corte Superior, y se le ubique en el lugar que corresponda, a fi n de generar transparencia y objetividad en el manejo de los recursos humanos. En consecuencia, en uso de las atribuciones otorgadas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nro. 017-93-JUS. SE RESUELVE: Artículo Primero.- REACTIVAR la Comisión de “Meritocracia de los trabajadores jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia del Callao”, la misma que estará conformada de la siguiente manera: - Doctora Yrma Flor Estrella Cama – Juez Superior, quien la Presidirá. - Doctor Víctor Jimmy Arbulú Martínez – Juez Especializado Penal. - Doctor Luis David Pajares Narva – Juez Especializado Civil. - Doctora Marianella Leonardo Infante – Juez de Paz Letrado. - Doctora Teresa Ana Morey Ruiz – Coordinadora de la Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia del Callao. - Un representante de los Sindicatos de Trabajadores de la Corte Superior de Justicia del Callao. - Señorita Brenda Ventura Saavedra, quien actuará como Secretaria de la Comisión. Artículo Segundo.- DISPONER que la mencionada Comisión elabore el respectivo Cuadro de Méritos en el plazo de 30 días hábiles, que se computará a partir del 01 de marzo del año en curso en que se reintegran a sus labores; dando cuenta a la Presidencia para su respectiva evaluación y aprobación. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital preste el apoyo necesario a dicha Comisión para el logro de sus objetivos. Artículo Cuarto.- PONGASE a presente Resolución en conocimiento de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, del Gerente de