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El Peruano Viernes 6 de febrero de 2015 546250 y servidores públicos, serán calculados conforme a la escala de viáticos establecida por Ley. Que, según el artículo 5° de la Ley Universitaria N° 30220, establece como principios que rigen las universidades a la Internacionalización y la Pertinencia de la enseñanza e investigación con la realidad social. Asimismo ,el artículo 6° de la Ley Universitaria N° 30220, señala que son fi nes de la Universidad: 6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científi ca, tecnológica, cultural y artística de la Humanidad 6.5 Realizar y promover la investigación científi ca, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística 6.6 Difundir el conocimiento universal en benefi cio de la humanidad. Que, el artículo 5° de nuestro Estatuto señala centro de los fi nes de la Universidad Nacional de Jaén b) Conservar, acrecentar y transmitir la cultura universal, con sentido crítico y creativo y con especial afi rmación de los valores nacionales. c) Atender la formación profesional integral, la investigación científi ca y las actividades de Extensión Universitaria de la población, así como la producción de bienes y la prestación de servicios en áreas de su competencia. Estas actividades se orientan básicamente al benefi cio de todos los sectores de la sociedad. En tanto que el artículo 6° de nuestro Estatuto establece como parte de las funciones de la universidad a la investigación. Asimismo el artículo 150º de nuestro Estatuto indica como funciones y atribuciones del Rector: c) Dirigir las actividades académicas, administrativas, económicas y fi nancieras de la Universidad; Suscribir contratos, actos y convenios a nombre de la universidad. Que en uso de sus facultades y mediante el acuerdo N° 01 de Sesión Extraordinaria de fecha 26 de Enero del 2015, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén acordó autorizar el viaje del Dr. José Wilson Gómez Cumpa, Presidente de Comisión Organizadora y del MSc. Miguel Velásquez Caro, jefe de la Ofi cina de Investigación de la Universidad Nacional de Jaén, para realizar una pasantía en Colombia, a partir del día miércoles 11 hasta el día viernes 20 de Febrero del presente año. Durante dicha pasantía realizará diversas actividades en representación de la Universidad a fi n de complementar el fortalecimiento de capacidades de la Universidad Nacional de Jaén, generar aprendizajes partiendo de los conocimientos, saberes y experiencias exitosas sobre diversos aspectos y factores productivos que impulsan en la actualidad el desarrollo socio - económico y la gestión sostenida de recursos agronómicos y ambientales en el marco de un desarrollo territorial. 1) Visita al Centro de Desarrollo Empresarial CREAME, Cámara de Comercio de Medellín y Municipalidad, 2) Visita al Sistema de Plátano y café, Huerto botánico y funicular en el Parque de las nubes - bosque 3) Oferta académica de la Universidad Nacional de Antioquia - Andes, edifi cio inteligente, Cooperativa Cor Andes y, fi nca Hotel 4) Renovación del Convenio Marco de Cooperación Académica entre la Universidad Nacional de Jaén y la Corporación Universitaria Remington (Colombia), el cual tiene por objeto el desarrollo de relaciones académicas, culturales y científi cas entre ambas instituciones. Estando a las consideraciones precedentes y en uso de las atribuciones que le confi ere al Presidente de la Comisión Organizadora la Ley Universitaria N° 30220. Estando en uso de sus atribuciones como lo establece el artículo 62° de la Ley Universitaria N° 30220, Estatuto de la Universidad Nacional de Jaén, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Dr. José Wilson Gómez Cumpa, Presidente de Comisión Organizadora y del MSc. Miguel Velázquez Caro, Jefe de la Ofi cina de Investigación de la Universidad Nacional de Jaén; con destino a Colombia del día miércoles 11 hasta el día viernes 20 de Febrero del presente año. Artículo Segundo.- OTORGAR, al Dr. José Wilson Gómez, Presidente de Comisión Organizadora y del MSc. Miguel Velázquez Caro; Jefe de la Ofi cina de Investigación de la Universidad Nacional de Jaén, el monto ascendente S/ 3,782.46 (Tres Mil Setecientos Ochenta y Dos y 46/100 nuevos soles) por persona, por concepto de pago de pasantía. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la Vicepresidencia Académica, Ofi cina General de Administración, así como la ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, las cuales dictarán las medidas correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese y ejecútese. JOSÉ WILSON GÓMEZ CUMPA Presidente 1197163-1 MINISTERIO PUBLICO Convierten y modifican denominación de fiscalías por las de Segunda Fiscalía Superior Penal Transitoria de Tumbes y Primera Fiscalía Superior Penal de Tumbes RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 371-2015-MP-FN Lima, 4 de febrero de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la Junta de Fiscales Supremos por Resolución Nº 021-2009-MP-JFS, creó fi scalías para ser implementadas en el Distrito Fiscal de Tumbes y mediante Resolución de Fiscalía de la Nación, N° 346-2009-MP-FN, se convierten y delimitan competencias de los despachos fi scales del Distrito Fiscal de Tumbes; Que, mediante la Resolución de los Fiscales Supremos N° 009-2010-MP-FN, se creó la Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Liquidación Tumbes; Que, actualmente la Fiscalía Superior Penal de Tumbes viene atendiendo todas las apelaciones y recursos en queja tramitados con el Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Tumbes, los cuales vienen incrementándose, más aun con la reciente creación de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Tumbes y de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Tumbes, por lo que es necesario que se adopten medidas pertinentes a efectos de permitir que los justiciables accedan a una pronta y oportuna administración de justicia; De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE : Artículo Primero.- Convertir la Segunda Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Liquidación de Tumbes, en Segunda Fiscalía Superior Penal Transitoria de Tumbes, que conocerá los procesos, apelaciones y recursos en queja, tramitados con el nuevo Código Procesal Penal, así como los procesos penales, las apelaciones y los recursos en queja de los casos en liquidación. Artículo Segundo.- Modifi car la denominación de la Fiscalía Superior Penal de Tumbes, en Primera Fiscalía Superior Penal de Tumbes. Artículo Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, conforme a lo establecido en el artículo 77, literal g del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009, disponga las medidas destinadas a regular la carga procesal, de las fi scalías superiores mencionadas en los artículos anteriores. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores