Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2015 (12/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Jueves 12 de febrero de 2015

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Administracion Tributaria y Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- Encarguese a la Gerencia de Comunicaciones su difusion, a Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informatica y Estadistica su publicacion en el MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA www.munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 1199060-1

Informe Nº 066-2015-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo prescrito en el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 195º de la Carta Magna y en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que, asimismo el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley. Excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, es politica de esta administracion municipal conceder beneficios tributarios a los miembros de la Policia Nacional del Peru que son contribuyentes del distrito quienes, a traves del Fondo de Vivienda PolicialFOVIPOL-, hayan adquirido inmuebles utilizando dicho fondo, ello con la finalidad de mejorar la calidad de MORDAZA de los miembros de dicha institucion, lo cual redundara indirectamente en el servicio que estos prestan; resultando por ello adecuado condonar sus obligaciones tributarias en materia de arbitrios; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 9º de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- CONDONESE el pago de las deudas tributarias en materia de arbitrios generados hasta el 31 de diciembre de 2014, a los propietariosmiembros de las fuerzas policiales- de predios que hayan sido adquiridos a traves del Fondo de Vivienda Policial ­ FOVIPOL, ubicados en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA del Mar. El beneficio se aplicara unicamente a aquellos policias que MORDAZA propietarios de un solo predio a nombre propio o de la sociedad conyugal destinados a vivienda-casa habitacion. El uso parcial del inmueble con fines productivos, comerciales y/o profesionales, con aprobacion de la Municipalidad, no afecta la condonacion que establece el presente articulo, siempre que se trate de un pequeno negocio. La Administracion Tributaria, discrecionalmente, podra evaluar si el giro del negocio al que se destina parte del predio, amerita no afectar la condonacion de los arbitrios. Articulo Segundo.- Para acogerse al beneficio otorgado en el articulo primero, los contribuyentes senalados deberan presentar una solicitud dirigida al MORDAZA en el plazo MORDAZA de 15 dias naturales contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, adjuntando a dicha solicitud lo siguiente: · MORDAZA del DNI del contribuyente y/o conyuge de ser el caso. · Documentacion que acredite la adquisicion del predio a traves del Fondo de Vivienda Policial-FOVIPOL. · Declaracion jurada en la que el contribuyente senale que es propietario de un unico predio y que se le esta dando el uso como de vivienda casa-habitacion. Articulo Tercero.- No son materia de devolucion y/o compensacion por efectos de la presente ordenanza los pagos que se hubiesen efectuado por deudas tributarias en materia de arbitrios respecto de los predios senalados en el articulo primero. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Gerencia de

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Establecen las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios e incentivos por pronto pago para el ejercicio 2015
ORDENANZA Nº 286-2015-MDPH Punta MORDAZA, 10 de febrero de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 10 de febrero de 2015, el Informe Nº 012-2015-GAT/MDPH de la Gerencia de Administracion Tributaria y el Informe Nº 0262015-OAJ/MDPH de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico, lo que es concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 39º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades- la autonomia MORDAZA indicada y las funciones de gobierno de las municipalidades son ejercidas por los Concejos Municipales a traves de la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos, las mismas que tienen rango de Ley, segun lo establecido en el articulo 200º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru; Que, los articulos 74º y 195º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado ­ TUO ­ del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y con el articulo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, otorgan a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; asi como exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, en merito de las normas legales expuestas la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA emitio la Ordenanza Nº 280-2014-MDPH que aprueba los arbitrios municipales de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos domiciliarios, recoleccion de residuos solidos en playas, parques y jardines publicos y serenazgo, correspondiente al ejercicio 2015, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 2420-2014-MML; Que, la MORDAZA XII del TUO del Codigo Tributario MORDAZA indicado establece que "para efectos de los plazos

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