Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2015 (12/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Jueves 12 de febrero de 2015

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la referida autoridad municipal el 24 de diciembre de 2014 (fojas 5). CONSIDERANDOS 1. Inicialmente, es menester precisar que, conforme al articulo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada en sesion extraordinaria por el correspondiente concejo municipal, con el MORDAZA aprobatorio de los dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. Por otro lado, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, a traves de la Resolucion N.° 539-2013JNE, de fecha 6 de junio de 2013, ha establecido una clasificacion de las causales de declaratoria de vacancia, en razon del grado de discrecionalidad del concejo municipal y del propio MORDAZA Nacional de Elecciones para valorar el hecho imputado, de modo tal que la causal de muerte, regulada en el articulo 22, numeral 1, de la LOM, se considera como una de caracter objetiva. 3. Asi tambien, este colegiado ha senalado que en los casos de las causales de declaratoria de vacancia previstas en el articulo 22, numeral 1 y 6, de la LOM (fallecimiento y condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad), se encuentra legitimado para, de contar con la documentacion correspondiente remitida por los organos competentes, declarar, en definitiva instancia jurisdiccional, la vacancia de una autoridad municipal y, consecuentemente, convocar a las nuevas autoridades municipales respectivas. 4. Ahora bien, la Resolucion N.° 539-2013-JNE tambien ha considerado que resultaria contrario, no solo a los principios de economia y celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de la causal objetiva descrita en el considerando anterior, como es el caso del fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposicion de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte, quede consentido y, recien en ese escenario, pueda el MORDAZA Nacional de Elecciones convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos. 5. En tal sentido, en vista de que se tiene por acreditada la causal de vacancia contemplada en el articulo 22, numeral 1, de la LOM, mediante la MORDAZA certificada del Acta de Defuncion N.° 5000332365, y con la finalidad de no perjudicar la gobernabilidad de la gestion municipal, la misma que podria verse alterada con la innecesaria espera del plazo para que el acuerdo de concejo que declara la vacancia por fallecimiento, quede consentido, corresponde declarar la vacancia de MORDAZA MORDAZA Figari Garfias de Calvo, por considerarla incursa en la causal prevista en el articulo 22, numeral 1, de la LOM, y en consecuencia, convocar a MORDAZA MORDAZA Chanduvi MORDAZA, candidato no proclamado de la organizacion politica local MORDAZA Avanza, para completar el numero regidores del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamacion de resultados, de fecha 29 de octubre de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Oeste 1, con motivo de las elecciones municipales del ano 2014. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de MORDAZA MORDAZA Figari Garfias de Calvo en el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal de fallecimiento, establecida en el articulo 22, numeral 1, de la Ley N.° 27972, Ley Organica de Municipalidades, y en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA Figari Garfias de Calvo como regidora de la Municipalidad Distrital de MORDAZA del

Articulo 2°.- DISPONER que la Direccion General de Administracion de la UNE realice las acciones administrativas que competan para inscribir en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido- RNSDD la destitucion Automatica, asi como la inhabilitacion por un periodo de cinco anos impuesto al ex servidor publico MORDAZA MORDAZA CUENTAS MORDAZA, en un plazo MORDAZA de cinco dias habiles a partir de la notificacion de la presente resolucion, sin perjuicio de la inscripcion de la inhabilitacion en el cargo por el plazo de 2 anos impuesta por la Cuarta Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao. Articulo 3°.- DISPONER que la Oficina Central de Personal proceda a realizar las acciones administrativas que competan para el tramite de los Derechos que por Ley le corresponde al destituido servidor publico MORDAZA MORDAZA CUENTAS ALVARADO. Articulo 4°.- DISPONER se notifique la presente a MORDAZA MORDAZA CUENTAS MORDAZA y a los organos competentes de la Universidad, conforme a lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 5°.- PUBLICAR la presente resolucion en el diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA de Transparencia y en la Pagina Web de la UNE, http:// www.une.edu.pe/. Articulo 6º.- DAR A CONOCER a las dependencias pertinentes los alcances de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Rector 1199353-3

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 0033-2015-JNE Expediente N.° J-2015-00022 MORDAZA MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA ACREDITACION DE CANDIDATO PROCLAMADO MORDAZA, dos de febrero de dos mil quince VISTO el Oficio N.° 032-2015-SG-MDMM, de fecha 20 de enero de 2015, mediante el cual Biana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretaria general de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, remite el Acuerdo de Concejo N.° 003-2015-AC-MDMM, del 12 de enero de 2015, que contiene la declaratoria de vacancia de MORDAZA MORDAZA Figari Garfias de Calvo, regidora de la citada comuna, por la causal de fallecimiento, contemplada en el articulo 22, inciso 1, de la Ley N.° 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES El 12 de enero de 2015, se llevo a cabo la sesion extraordinaria en la cual los miembros del citado concejo distrital aprobaron la vacancia de MORDAZA MORDAZA Figari Garfias de Calvo en el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, por la causal de fallecimiento, establecida en el articulo 22, numeral 1, de la Ley N.° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). En razon de dicha declaratoria de vacancia, se solicita que el MORDAZA Nacional de Elecciones proceda a convocar al candidato no proclamado, de conformidad con lo establecido en el articulo 24 de la LOM. Para dicho efecto, se adjunta el acta de defuncion que certifica el deceso de

NO

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