Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2015 (12/02/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

546618
establecidos en la MORDAZA tributaria deben considerarse lo siguiente: (...) b) los plazos expresados en dias se entenderan en dias habiles"; por lo que resulta necesario publicar el calendario de vencimientos; Que, el articulo 15º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF establece que el Impuesto Predial podra cancelarse ya sea al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendo pagar en este ultimo caso la primera cuota el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, en virtud de las normas legales precitadas y a la politica de la actual gestion municipal. La Gerencia de Administracion Tributaria, encuentra oportuno incentivar el cumplimiento puntual del pago de tributos por parte de los contribuyentes, efectuando descuentos por pagos anuales o trimestrales adelantados de Arbitrios Municipales, debiendo establecerse a su vez las fechas de vencimiento de los mencionados tributos para el ejercicio 2015; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, contando con el MORDAZA por UNANIME de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2015 Articulo 1º.- OBJETO Y FINALIDAD Establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2015; asi como el regimen de incentivos por el pronto pago de dichos tributos en el presente ejercicio. Articulo 2º.- FECHAS DE VENCIMIENTO Establezcase las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente cronograma:
TRIBUTO Y MODALIDAD DE PAGO IMPUESTO PREDIAL (ANUAL) FECHA DE VENCIMIENTO 27 DE FEBRERO DE 2015

El Peruano Jueves 12 de febrero de 2015

de cancelar las obligaciones tributarias vencidas, se encontrara apto para acceder a los precitados beneficios. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y a la Oficina de Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones y, a Secretaria General su difusion. Segunda.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar las fechas de vencimiento establecidas en el articulo 2º, en caso que la gestion operativa de la recaudacion de los tributos asi lo amerite. Tercera.- Prorroguese por unica vez la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, teniendo como nueva fecha de vencimiento el dia 28 de febrero de 2015. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1199548-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Ordenanza Municipal que regula el procedimiento para sancionar con clausura inmediata temporal establecimientos que constituyan peligro, riesgo o generen efectos perjudiciales inminentes a la seguridad, salud o a la tranquilidad del vecindario
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 174-2014/MDSB San MORDAZA, 22 de noviembre de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de San MORDAZA, en sesion de Concejo Ordinaria de fecha 22 de noviembre de 2014, con el MORDAZA Unanime de sus miembros. CONSIDERANDO:

IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES (TRIMESTRAL) PRIMER TRIMESTRE 27 DE FEBRERO DE 2015 MORDAZA TRIMESTRE 29 DE MORDAZA DE 2015 TERCER TRIMESTRE 31 DE AGOSTO DE 2015 MORDAZA TRIMESTRE 30 DE NOVIEMBRE DE 2015

Articulo 3º.- REGIMEN DE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO Los contribuyentes podran acceder voluntariamente a los incentivos por pronto pago que establece la presente ordenanza, aplicandose el descuento al insoluto del monto de los arbitrios municipales segun las siguientes condiciones y fechas limite de cancelacion:
DESCUENTO SOBRE ARBITRIOS A 10% FECHA LIMITE DE CANCELACION

CONDICIONES

Cancelacion total del Impuesto Predial Hasta el 27 de Anual y de los cuatro (04) trimestres febrero de 2015 de Arbitrios

Articulo 4º.- PRECISIONES PARA LA APLICACION Y ACCESO A LOS BENEFICIOS POR PRONTO PAGO Los incentivos establecidos en la presente ordenanza son aplicables solo al insoluto de los Arbitrios Municipales, siempre y cuando se cumpla con la cancelacion dentro de las fechas limites establecidos. La aplicacion de los descuentos del insoluto de los arbitrios se aplicara por anexo cancelado. Es requisito indispensable para acceder a los beneficios A y B, establecidos en el articulo precedente que el contribuyente no tenga ninguna deuda tributaria respecto a ejercicios anteriores. Sin embargo, en caso

Que la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece en el Articulo IV preliminar que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos y locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, de conformidad con el Art. 49 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, la autoridad municipal puede ordenar la clausura transitoria o definitiva de edificios, establecimientos o servicios cuando su funcionamiento esta prohibido legalmente o constituye peligro o riesgo para la seguridad de las personas y la propiedad privada o la seguridad publica, o infringir las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de defensa civil, produzcan olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario; Que el Tribunal Constitucional en reiterada Juridisprudencia ha establecido que siempre que en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.