Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2015 (13/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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PROYECTO

El Peruano Viernes 13 de febrero de 2015

Que, de manera concordante con el sentido y alcances de la facultad normativa que las leyes le atribuyen al OSIPTEL, la Tercera Disposicion Complementaria del Procedimiento senala expresamente que en las resoluciones de fijacion o revision de cargos de interconexion tope que se emitan a traves de dicho Procedimiento, se podran establecer las reglas o condiciones para su aplicacion; Que, las decisiones regulatorias del OSIPTEL se orientan a la consecucion de los objetivos especificos atribuidos a este organismo regulador por su Reglamento General, asi como al cumplimiento de los principios establecidos en dicho reglamento, entre ellos, los Principios de Eficiencia y Efectividad, y de Analisis de Decisiones Funcionales; Que, conforme al MORDAZA normativo MORDAZA citado y sobre la base de la evaluacion tecnica, economica y legal realizada, el OSIPTEL ha determinado los alcances y el mecanismo de aplicacion de la regulacion de los cargos de interconexion tope para las prestaciones de "Terminacion de Llamadas en la red del servicio de Telefonia Fija Local", "Transporte Conmutado Local", "Transporte Conmutado de Larga Distancia Nacional" y "Enlaces de Interconexion"; Que, conforme a lo establecido en los numerales 4 y 5 del Articulo 7º del Procedimiento, y en merito a los fundamentos que sustentan el Proyecto de Resolucion senalado en la seccion de VISTOS, se considera pertinente disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, definiendo el plazo para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto de dicho proyecto, convocar a la correspondiente Audiencia Publica, y disponer la publicacion de la respectiva documentacion sustentatoria en la pagina web del OSIPTEL; Que, forma parte de la motivacion de la presente resolucion el Informe Nº 040-GPRC/2015 elaborado por la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL; En aplicacion de las funciones senaladas en el Articulo 23º, en el inciso i) del Articulo 25º, en el inciso b) del Articulo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 562; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la publicacion para comentarios del Proyecto de Resolucion que establecera: (i) Los Cargos de Interconexion Tope para las prestaciones de "Terminacion de Llamadas en la red del servicio de Telefonia Fija Local" y de "Enlaces de Interconexion", aplicables a todas las empresas concesionarias que proveen dichas prestaciones; (ii) Los Cargos de Interconexion Tope para las prestaciones de "Transporte Conmutado Local" y de "Transporte Conmutado de Larga Distancia Nacional", aplicables a Telefonica del Peru S.A.A.; y (iii) Los Cargos de Interconexion Diferenciados para las prestaciones de "Terminacion de Llamadas en la red del servicio de Telefonia Fija Local", de "Transporte Conmutado Local" y de "Transporte Conmutado de Larga Distancia Nacional". Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que la presente resolucion, conjuntamente con el Proyecto de Resolucion referido en el Articulo 1°, MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que las empresas concesionarias del servicio de telefonia fija, del servicio portador local y del servicio portador de larga distancia MORDAZA notificadas con la presente Resolucion, el Proyecto que se publica, su Exposicion de Motivos, el Informe Sustentatorio N° 040-GPRC/2015, asi como su respectivo modelo de costos; y se publique dicha documentacion en la pagina web del OSIPTEL (http://www.osiptel.gob. pe), guardando reserva de la informacion confidencial. Adicionalmente, se dispone que el Modelo Integral de Costos del OSIPTEL sea notificado a la empresa Telefonica del Peru S.A.A. Articulo Tercero.- Otorgar un plazo de sesenta (60) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de

la fecha en que la presente resolucion sea publicada en el Diario Oficial El Peruano, para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto del Proyecto de Resolucion referido en el Articulo Primero. Los comentarios seran presentados por escrito, adjuntando MORDAZA de los mismos en formato electronico, en la oficina principal del OSIPTEL (Calle De La Prosa Nº 136, San MORDAZA, Lima). En el caso de remision de comentarios via fax al numero: (511) 475-1816, o mediante correo electronico a la direccion: sid@osiptel. gob.pe, se debera obtener una MORDAZA de acuse de recibo emitida por el OSIPTEL. Los comentarios deberan enviarse de acuerdo al formato establecido en el Anexo a la presente Resolucion. Los comentarios que se presenten fuera del plazo definido para esta consulta publica, o sin los requisitos senalados, podran ser omitidos para efectos de la emision de la resolucion final. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presente, asi como la MORDAZA a la Alta Direccion de sus correspondientes recomendaciones. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que se efectue la correspondiente Audiencia Publica, conforme a lo previsto en el inciso 6 del Articulo 7° del Procedimiento, definiendo la fecha, hora y lugar para su realizacion y haciendo publica la convocatoria a traves de un diario de circulacion nacional, al menos tres (3) dias habiles MORDAZA de su realizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo ANEXO Formato para la MORDAZA de comentarios al Proyecto de Resolucion que establecera los Cargos de Interconexion Tope para las prestaciones de "Terminacion de Llamadas en la red del servicio de Telefonia Fija Local", "Transporte Conmutado Local", "Transporte Conmutado de Larga Distancia Nacional" y "Enlaces de Interconexion"; asi como los Cargos de Interconexion Diferenciados

Articulo del Proyecto Xº Yº Zº .......... Comentarios Generales Otros Comentarios PROYECTO

Comentario

RESOLUCION QUE ESTABLECERA LOS CARGOS DE INTERCONEXION TOPE POR: "TERMINACION DE LLAMADAS EN LA RED DEL SERVICIO DE TELEFONIA FIJA LOCAL", "TRANSPORTE CONMUTADO LOCAL", "TRANSPORTE CONMUTADO DE LARGA DISTANCIA NACIONAL" Y "ENLACES DE INTERCONEXION" Articulo 1º.- Fijar el Cargo de Interconexion Tope por Terminacion de Llamadas en la Red del Servicio de Telefonia Fija Local, en la modalidad de tiempo de ocupacion (cargo por minuto), en US$ 0,00442 por minuto tasado al MORDAZA, sin incluir el Impuesto General a las Ventas, y aplicable a todos los operadores del servicio de telefonia fija local.

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