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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (13/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 56

El Peruano Viernes 13 de febrero de 2015 546682 Que, de manera concordante con el sentido y alcances de la facultad normativa que las leyes le atribuyen al OSIPTEL, la Tercera Disposición Complementaria del Procedimiento señala expresamente que en las resoluciones de fi jación o revisión de cargos de interconexión tope que se emitan a través de dicho Procedimiento, se podrán establecer las reglas o condiciones para su aplicación; Que, las decisiones regulatorias del OSIPTEL se orientan a la consecución de los objetivos específi cos atribuidos a este organismo regulador por su Reglamento General, así como al cumplimiento de los principios establecidos en dicho reglamento, entre ellos, los Principios de Efi ciencia y Efectividad, y de Análisis de Decisiones Funcionales; Que, conforme al marco normativo antes citado y sobre la base de la evaluación técnica, económica y legal realizada, el OSIPTEL ha determinado los alcances y el mecanismo de aplicación de la regulación de los cargos de interconexión tope para las prestaciones de “Terminación de Llamadas en la red del servicio de Telefonía Fija Local”, “Transporte Conmutado Local”, “Transporte Conmutado de Larga Distancia Nacional” y “Enlaces de Interconexión”; Que, conforme a lo establecido en los numerales 4 y 5 del Artículo 7º del Procedimiento, y en mérito a los fundamentos que sustentan el Proyecto de Resolución señalado en la sección de VISTOS, se considera pertinente disponer su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, defi niendo el plazo para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto de dicho proyecto, convocar a la correspondiente Audiencia Pública, y disponer la publicación de la respectiva documentación sustentatoria en la página web del OSIPTEL; Que, forma parte de la motivación de la presente resolución el Informe Nº 040-GPRC/2015 elaborado por la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL; En aplicación de las funciones señaladas en el Artículo 23º, en el inciso i) del Artículo 25º, en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 562; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la publicación para comentarios del Proyecto de Resolución que establecerá: (i) Los Cargos de Interconexión Tope para las prestaciones de “Terminación de Llamadas en la red del servicio de Telefonía Fija Local” y de “Enlaces de Interconexión”, aplicables a todas las empresas concesionarias que proveen dichas prestaciones; (ii) Los Cargos de Interconexión Tope para las prestaciones de “Transporte Conmutado Local” y de “Transporte Conmutado de Larga Distancia Nacional”, aplicables a Telefónica del Perú S.A.A.; y (iii) Los Cargos de Interconexión Diferenciados para las prestaciones de “Terminación de Llamadas en la red del servicio de Telefonía Fija Local”, de “Transporte Conmutado Local” y de “Transporte Conmutado de Larga Distancia Nacional”. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que la presente resolución, conjuntamente con el Proyecto de Resolución referido en el Artículo 1°, sean publicados en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que las empresas concesionarias del servicio de telefonía fi ja, del servicio portador local y del servicio portador de larga distancia sean notifi cadas con la presente Resolución, el Proyecto que se publica, su Exposición de Motivos, el Informe Sustentatorio N° 040-GPRC/2015, así como su respectivo modelo de costos; y se publique dicha documentación en la página web del OSIPTEL (http://www.osiptel.gob. pe), guardando reserva de la información confi dencial. Adicionalmente, se dispone que el Modelo Integral de Costos del OSIPTEL sea notifi cado a la empresa Telefónica del Perú S.A.A. Artículo Tercero.- Otorgar un plazo de sesenta (60) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha en que la presente resolución sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto del Proyecto de Resolución referido en el Artículo Primero. Los comentarios serán presentados por escrito, adjuntando copia de los mismos en formato electrónico, en la ofi cina principal del OSIPTEL (Calle De La Prosa Nº 136, San Borja, Lima). En el caso de remisión de comentarios vía fax al número: (511) 475-1816, o mediante correo electrónico a la dirección: sid@osiptel. gob.pe, se deberá obtener una constancia de acuse de recibo emitida por el OSIPTEL. Los comentarios deberán enviarse de acuerdo al formato establecido en el Anexo a la presente Resolución. Los comentarios que se presenten fuera del plazo defi nido para esta consulta pública, o sin los requisitos señalados, podrán ser omitidos para efectos de la emisión de la resolución fi nal. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presente, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que se efectúe la correspondiente Audiencia Pública, conforme a lo previsto en el inciso 6 del Artículo 7° del Procedimiento, defi niendo la fecha, hora y lugar para su realización y haciendo pública la convocatoria a través de un diario de circulación nacional, al menos tres (3) días hábiles antes de su realización. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo ANEXO Formato para la presentación de comentarios al Proyecto de Resolución que establecerá los Cargos de Interconexión Tope para las prestaciones de “Terminación de Llamadas en la red del servicio de Telefonía Fija Local”, “Transporte Conmutado Local”, “Transporte Conmutado de Larga Distancia Nacional” y “Enlaces de Interconexión”; así como los Cargos de Interconexión Diferenciados Artículo del Proyecto Comentario Xº Yº Zº .......... Comentarios Generales Otros Comentarios PROYECTO RESOLUCIÓN QUE ESTABLECERÁ LOS CARGOS DE INTERCONEXIÓN TOPE POR: “TERMINACIÓN DE LLAMADAS EN LA RED DEL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA LOCAL”, “TRANSPORTE CONMUTADO LOCAL”, “TRANSPORTE CONMUTADO DE LARGA DISTANCIA NACIONAL” Y “ENLACES DE INTERCONEXIÓN” Artículo 1º.- Fijar el Cargo de Interconexión Tope por Terminación de Llamadas en la Red del Servicio de Telefonía Fija Local, en la modalidad de tiempo de ocupación (cargo por minuto), en US$ 0,00442 por minuto tasado al segundo, sin incluir el Impuesto General a las Ventas, y aplicable a todos los operadores del servicio de telefonía fi ja local. PROYECTO