Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2015 (13/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Viernes 13 de febrero de 2015

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de Parques, Jardines y Areas Verdes", cuyo monto referencial asciende a S/. 968,028.87 nuevos soles de acuerdo a lo establecido por la Sub Gerencia de Logistica y la prevision presupuestal senalada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia Municipal y la Sub Gerencia de Recursos Humanos procedan a efectuar las acciones pertinentes que correspondan para determinar la responsabilidad derivada de la referida situacion de desabastecimiento inminente, de conformidad con la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo. Articulo Quinto.- ENGARGAR a la Gerencia de Administracion remitir el presente Acuerdo y los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y su publicacion en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE) dentro de los 10 (diez) dias habiles siguientes a su emision, en estricto cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017. Asimismo, encargar a la Secretaria General publicar el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los plazos que senala la Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA 1200377-1

y Mantenimiento de Parques, Jardines y Areas Verdes del Distrito de MORDAZA MORDAZA no debe quedar desprovisto por cuanto es un servicio indispensable, ademas de ser una obligacion ineludible que tienen las municipalidades distritales, por lo que se debe garantizar la continuidad de este servicio publico; concluyendo esta Sub Gerencia que se debe declarar el desabastecimiento inminente de la prestacion del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Parques, Jardines y Areas Verdes del Distrito de MORDAZA MORDAZA y poner en conocimiento de las areas pertinentes de esta corporacion municipal a fin de que inicien las acciones legales y administrativas para que dicho servicio se siga prestando de manera continua; Que, mediante Informe Nº 154-2015/MDJM/GA/SGL, la Sub Gerencia de Logistica, con respecto a la situacion de desabastecimiento inminente del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Parques, Jardines y Areas Verdes, senala que dicha contratacion se efectuara mediante acciones inmediatas, de conformidad al articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado y dando estricto cumplimiento a lo establecido en el articulo Nº 135º del Reglamento de dicha Ley; Que, asimismo la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante informe Nº 014-2015-MDJM/GPP da cuenta que existe una prevision presupuestaria para el ejercicio del 2015 en la especifica del gasto 2.3.2.3.1.1 rubro 09 para la atencion del servicio limpieza e higiene; actividad 1508 "Mantener y conservar las areas verdes" meta presupuestal 0015. Asimismo indica que dicha gerencia brindara la cobertura presupuestaria segun la real necesidad del servicio y efectuara las modificaciones presupuestarias de ser el caso; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil mediante su informe Nº 034-2015-MDJM-GAJyRC opina que es procedente y necesario declarar el desabastecimiento inminente y realizar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del "Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Parques, Jardines y Areas Verdes de la Municipalidad de MORDAZA Maria"; de conformidad con lo establecido en el Literal c) del articulo 20º del Decreto Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado y el articulo 129º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; Que, mediante Memorando Nº 062-2015-MDJM/GM, la Gerencia Municipal ha propuesto que de conformidad a la normativa vigente y los antecedentes sustentatorios, se someta a consideracion del Concejo Municipal la exoneracion del MORDAZA de seleccion del Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Parques, Jardines y Areas Verdes, por la causal de desabastecimiento inminente, de conformidad con lo establecido en el literal c) del articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado y el articulo 129º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; y, En uso de las facultades conferidas por los numerales 3 y 8 del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, estando al Informe Nº 014-2015-MDJM-GDUYA/SGLPPYJ, el Informe Nº 154-2015/MDJM/GA/SGL, el Informe Nº 014-2015-MDJM/GPP, el Informe Nº 034-2015-MDJMGAJYRC y el Memorando Nº 062-2015-MDJM/GM, el Concejo Municipal por unanimidad; ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR, con dispensa de pase a comisiones, la Situacion de Desabastecimiento Inminente del "Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Parques, Jardines y Areas Verdes" de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA por el plazo de noventa (90) dias calendario. Articulo Segundo.- EXONERAR a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de seleccion para la Contratacion del "Servicio de Limpieza y Mantenimiento de Parques, Jardines y Areas Verdes", por la causal Situacion de Desabastecimiento Inminente, procediendose a llevar a cabo el MORDAZA de exoneracion previsto en el articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 1017 y el articulo 135º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion, a traves de la Unidad de Logistica, la ejecucion del MORDAZA de seleccion por exoneracion, por Situacion de Desabastecimiento Inminente declarada, de conformidad a la normatividad vigente, por 90 dias para la contratacion del "Servicio de Limpieza y Mantenimiento

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Texto Unico de Servicios No Exclusivos de la Institucion Educativa MORDAZA MORDAZA De Condorcanqui
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 043-2015-MDL Lince, 30 de enero de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; VISTOS: El Informe Nº 018-2015-MDL-GDS/SEC de fecha 28 de enero del 2015, emitido por la Sub Gerencia de Educacion y Cultura, Informe N° 042-2015-MDL-OAJ de fecha 28 de enero de 2015, elaborado por la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que dicha autonomia, reconocida en la Constitucion Politica del Peru, radica la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece en su Articulo VIII del Titulo Preliminar que los gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general, y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, asi como las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, el articulo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe que para aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad, las entidades a traves de Resolucion del Titular del Pliego estableceran los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberan ser debidamente difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento; Que, mediante Informe Nº 018-2015-MDL-GDS/ SEC de fecha 28 de enero de 2015, la Subgerencia de Educacion y Cultura remite la propuesta de Texto Unico de Servicios No Exclusivos de la Institucion Educativa MORDAZA MORDAZA DE CONDORCANQUI, como entidad adscrita a la Corporacion MORDAZA que brinda servicios educativos a la comunidad;

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