Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2015 (13/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Viernes 13 de febrero de 2015

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usos distintos a MORDAZA habitacion, de acuerdo al siguiente cronograma: · Primer Trimestre 27 de Febrero del 2015. · MORDAZA Trimestre 29 de MORDAZA del 2015. · Tercer Trimestre 31 de Agosto del 2015. · MORDAZA Trimestre 30 de Noviembre del 2015. Articulo 4º.- Tope de incrementos para el ejercicio 2015. Establezcase una condonacion parcial de los Arbitrios Municipales para uso casa-habitacion establecidos en la Ordenanza Nº 309-2014-MDI, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 2421-MML, emitiendose los montos del ejercicio 2014 incrementado con el IPC hasta un tope de 30%. Precisese que la Municipalidad Distrital de Independencia subsidiara las diferencias generadas por los topes de la presente Ordenanza. Asimismo, los contribuyentes que su predio tiene uso predominante de MORDAZA Habitacion de caracter unifamiliar y que destina no mas del 35% del area construida del predio a un uso comercial, servicio o taller, pagaran con la tasa correspondiente a MORDAZA habitacion, siempre que la Actividad economica sea desarrollada en el predio y conducido por el propietario, su esposa o hijos, no sera aplicable en el caso de arrendamientos, integrandose de esta manera los Arbitrios Municipales para predios de uso predominante MORDAZA habitacion que destine parcialmente su predio a un uso economico (un solo anexo). Articulo 5º.- BENEFICIO TRIBUTARIO DE CONDONACION POR SITUACION DE PRECARIEDAD ECONOMICA Y DE ENFERMEDAD PERMANENTE Apliquese para el ejercicio 2015 y en adelante lo dispuesto en las Ordenanzas Nº 279-2013-MDI y Nº 2992014-MDI. Para acceder al beneficio tributario MORDAZA indicado, es necesaria la concurrencia de los siguientes requisitos: 1.- Encontrarse registrado en la base de datos de contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Independencia, declarando un unico predio que constituya su MORDAZA Habitacion, adjuntando MORDAZA del Documento Nacional de Identidad ­ DNI del solicitante y en caso de actuar como Representante, se debera adjuntar documento publico o privado legalizado notarialmente o autenticado por Fedatario Municipal que lo acredite como tal, asi como la documentacion que sustente su pedido. 2.- Carencia comprobada de recursos por precariedad economica y/o enfermedad permanente que no pueda ser revertida en corto plazo. 3.- Contar con informe socioeconomico favorable al solicitante, que senale la SITUACION DE PRECARIEDAD ECONOMICA Y/O ESTADO DE ENFERMEDAD PERMANENTE, emitido por la Subgerencia de la Mujer, Servicio Social, CIAM Y DEMUNA. No se considerara beneficiario del presente beneficio extraordinario al arrendatario u otra persona que se encuentre en posesion del predio, bajo cualquier titulo, cuando el predio se encuentre registrado ante la Municipalidad a nombre de otro contribuyente en calidad de propietario. Articulo 6º.- PRECISAR que los pagos realizados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, son considerados plenamente validos y no se encuentran sujetos a devolucion ni a compensacion alguna. Articulo 7º.- INDUCCION AL PAGO Aquellos Contribuyentes con deudas anteriores al ano 2013 podran fraccionar los Arbitrios Municipales, con un descuento del 10% en la totalidad de la deuda de Arbitrios Municipales, en un plazo MORDAZA de 10 cuotas. Este Beneficio Tributario vencera el 31 de Diciembre del 2015. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Subgerencia de la Tecnologia de la Informacion y la Comunicacion, el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a su competencia. Segunda.- DISPONER que la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, proceda a dejar sin efecto los

tributarias debera considerarse lo siguiente: "(...) b) Los plazos expresados en dias se entenderan referidos a dias habiles; por lo que se hace necesario publicar el calendario de vencimientos. Que, los Arbitrios Municipales del presente ejercicio se encuentran regulados en la Ordenanza Nº 308-2014MDI, la misma que fue ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 2421 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el ejercicio 2015. Que, la citada Ordenanza senala que se aplique para el ano 2015 como MORDAZA Legal Tributario lo dispuesto en la Ordenanza Nº 254-2011/MDI, ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Acuerdo de Concejo Nº 1603, el mismo que aprueba el MORDAZA del Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el ejercicio 2012, en el Distrito de Independencia, reajustado con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor ascendente a 2.14% segun lo establecido mediante la Ordenanza Nº 295-2013-MDI y ratificada por la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana con Acuerdo de Concejo Nº 2631, a su vez reajustado con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor ascendente a 3.14% segun lo establecido mediante la Ordenanza Nº 308-2014-MDI y ratificada por la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana con Acuerdo de Concejo Nº 2421. Que, es politica de esta gestion edilicia incentivar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos de los contribuyentes de la Municipalidad de Independencia, y una manera efectiva de hacerlo es a traves de descuentos por el pago puntual anual o semestral por adelantado de los tributos contenidos en la cuponera de pagos, topes a los arbitrios municipales y otros beneficios como casos de caracter social y de los predios de uso MORDAZA habitacion y que cuenten con un ambiente con un solo uso de actividad economica. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por el Articulo 9º numeral 8) y 41º de Ia Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta de Sesion de Concejo, con el MORDAZA UNANIME de los Senores Regidores presentes; ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO, CALENDARIO DE PAGOS, FIJAR TOPE EN EL INCREMENTO DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2015 Y OTROS BENEFICIOS TRIBUTARIOS Articulo 1º.- Objetivo y Finalidad Aprobar los incentivos tributarios para el pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios 2015, el calendario de pagos, asi como fijar tope en los arbitrios municipales y otros beneficios para el ejercicio 2015, a cargo de la Municipalidad Distrital de Independencia. Articulo 2º.- Regimen de Incentivos Los contribuyentes con uso MORDAZA habitacion y comercios menores podran optar por acogerse a los descuentos por pronto pago bajo las siguientes modalidades: a) 10 % de descuento sobre las tasas Arbitrios Municipales 2015, a condicion que se cancelen las DOCE (12) cuotas de los Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial anual, hasta el ultimo dia habil del mes de Febrero del 2015. b) 5 % de descuento sobre las tasas de Arbitrios Municipales 2015, a condicion que se cancelen las seis (06) cuotas de los Arbitrios Municipales y 02 cuotas del Impuesto Predial, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero del 2015. Articulo 3º.- De las fechas de Vencimiento de Pago. Fijese las fechas de vencimiento para la recaudacion de los Arbitrios Municipales con uso de Casa-Habitacion, en el ultimo dia habil de los meses de: Enero y Febrero: 27 de Febrero del 2015 y Marzo, MORDAZA, MORDAZA, Junio, MORDAZA, Agosto, Setiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre: El Ultimo dia habil de cada mes. Fijese la fecha de vencimiento para la recaudacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2015, para

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