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El Peruano Sábado 21 de febrero de 2015 547110 aprueban los Términos de Referencia para la elaboración del Plan Maestro del Santuario Nacional Tabaconas Namballe, y modifi cados con Resolución Directoral N° 028-2013-SERNANP-DDE y fi nalmente con Resolución Directoral N° 044-2014-SERNANP-DDE; Que, mediante Resolución Presidencial N° 049- 2014-SERNANP de fecha 19 de febrero del año 2014, se aprobaron las “Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en materia de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional”; Que, la propuesta del Plan Maestro del Santuario Nacional Tabaconas Namballe es el resultado de un amplio proceso participativo de las instituciones y organizaciones a través del Comité de Gestión, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37.4 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG; Que, el Informe del visto concluye que la propuesta de Plan Maestro del, Santuario Nacional Tabaconas Namballe periodo 2015-2019, ha sido elaborada en cumplimiento de lo regulado en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento, la primera disposición transitoria y fi nal de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en materia de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 049-2014-SERNANP; Con las visaciones de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, y de la Secretaría General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Plan Maestro, período 2015- 2019, del Santuario Nacional Tabaconas Namballe, como documento de planifi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Ratifi car la delimitación de la Zona de Amortiguamiento aprobada con Resolución Jefatural N° 231-2007-INRENA, publicada el 26 de diciembre del 2007. Artículo 3°.- Encargar a la Jefatura del Santuario Nacional Tabaconas Namballe, velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 4°.- Publicar la presente Resolución, la Memoria Descriptiva y el mapa base de la zona de amortiguamiento del Santuario Nacional Tabaconas Namballe en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el que además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese y comuníquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe 1202499-3 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 053-2015/SUNAT Lima, 20 de febrero de 2015 VISTO: El Informe Técnico N° 005-2015-SUNAT/1K2000 emitido por la Gerencia de Organización y Procesos de la Ofi cina Nacional de Planeamiento y el Informe Legal Nº 004-2015-SUNAT/8E0000 emitido por la Intendencia Nacional de Asesoría Legal Interna; CONSIDERANDO: Que con la Resolución de Superintendencia N° 122- 2014/SUNAT, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, modifi cado por las Resoluciones de Superintendencia Nos 139-2014/SUNAT, 158-2014/SUNAT, 202-2014/SUNAT, 212-2014/SUNAT, 313-2014/SUNAT, 391-2014/SUNAT y 400-2014/SUNAT; Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 212-2014/SUNAT se declaró en reorganización el Instituto de Desarrollo Tributario y Aduanero - INDESTA y se modifi có el ROF a fi n de variar su denominación a Instituto Aduanero y Tributario - IAT, así como su dependencia jerárquica y competencia; Que a través de la resolución mencionada en el considerando precedente se creó un equipo de trabajo del proceso de reorganización bajo las órdenes del jefe del IAT, al que se le encomendó realizar un diagnóstico del IAT que incluya los procesos, los recursos humanos y materiales, así como sus funciones y estructura; y formular una propuesta de modifi cación de las disposiciones del ROF vinculadas con el IAT para su aprobación por el Superintendente Nacional, entre otros; Que al haberse cumplido los citados encargos, se ha remitido a la Superintendente Nacional el documento de propuesta de modifi cación del ROF respecto del IAT; Que la modifi cación propuesta tiene como punto de partida el reconocimiento que la política de capital humano es el componente fundamental para la consecución de los fi nes institucionales, para lo cual la formación, capacitación y especialización del personal de la SUNAT cumple un rol primordial y la convicción que el capital humano debe actuar según los principios de la SUNAT, cumpliendo las funciones que se le encomiende con profesionalismo, vocación de servicio y orientación al bien común; Que asimismo la referida modifi cación busca volver a la excelencia en la selección y capacitación continua del capital humano de la SUNAT, para lo cual se plantea un cambio estructural profundo cuyos principios rectores son la simplicidad, la funcionalidad y organicidad, todo ello en el marco de la modernización y mejora de la gestión institucional; Que como consecuencia de las modifi caciones de la estructura, competencia y funciones del IAT resulta necesario modifi car la competencia y funciones de otros órganos y unidades orgánicas de la SUNAT; Que conforme a lo indicado en el Informe Técnico Nº 005-2015-SUNAT/1K2000 y el Informe Legal Nº 004-2015- SUNAT/8E0000, y de conformidad con lo establecido en la Octogésima Tercera Disposición Complementaría Final de la Ley N° 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y en uso de la facultad conferida por el inciso p) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi cación e inclusión de artículos en el ROF de la SUNAT a) Modifíquese el artículo 5°, inciso x) del artículo 12°, inciso p) del artículo 14°, artículo 356°, incisos a) y g) del artículo 357°, artículo 368°, inciso a) del artículo 369°, artículo 370°, inciso a) del artículo 371°, inciso h) del artículo 635°, el inciso i) del artículo 637°, el inciso i) del artículo 639° y el inciso g) del artículo 641° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado mediante la Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modifi catorias, en los términos que fi guran en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.