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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (21/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Sábado 21 de febrero de 2015 547099 Artículo 2º.- La Dirección General de Concesiones en Comunicaciones aplicará la penalidad a la empresa RADIO Y TELEVISIÓN ORIÓN E.I.R.L., por resolución de contrato, de acuerdo a lo estipulado en el literal b) del numeral 19.04 de la cláusula Décimo Novena del contrato de Concesión aprobado por Resolución Ministerial N° 588-2006-MTC/03. Artículo 3º.- La Dirección General de Concesiones en Comunicaciones aplicará la penalidad a la empresa RADIO Y TELEVISIÓN ORIÓN E.I.R.L., estipulada en el numeral 19.03 de la cláusula Décimo Novena del contrato de Concesión aprobado por Resolución Ministerial N° 588- 2006-MTC/03, por incumplimiento de la obligación de la prestación del servicio en forma gratuita establecida en el numeral 6.11 de la cláusula Sexta del citado contrato de concesión y en el artículo 131° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1203336-1 Otorgan a Helicopter Transport Services del Perú S.A.C. el permiso de operación de aviación comercial: trabajo aéreo- carga externa RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 055-2015-MTC/12 Lima, 04 de febrero del 2015 Vista la solicitud de la compañía HELICOPTER TRANSPORT SERVICES DEL PERU S.A.C., sobre el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Carga Externa; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente N° 2014-075265 del 22 de octubre del 2014, Documento de Registro N° 2014- 075265-A del 01 de diciembre del 2014, Documento de Registro Nº 2014-075265-B del 02 de diciembre del 2014, Documento de Registro N° 2014-075265-C del 04 de diciembre 2014 y Documento de Registro Nº 230791 del 16 de diciembre del 2014 la compañía HELICOPTER TRANSPORT SERVICES DEL PERU S.A.C. solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Carga Externa; Que, según los términos del Memorando Nº 268- 2014-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 018-2014-MTC/12.07.EEF emitido por el Coordinador Técnico de Asuntos Económico Financieros, Memorando N° 544-2014-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Memorando N° 1992-2014-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC e Informe Nº 038-2015-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001- MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía HELICOPTER TRANSPORT SERVICES DEL PERU S.A.C., el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Carga Externa, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la compañía HELICOPTER TRANSPORT SERVICES DEL PERU S.A.C. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad técnica. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Carga Externa. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Bell 214ST ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: Amazonas - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Helipuerto Kusu Grande - Estación 6, Helipuerto Shipasbamba, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: Ancash - Chimbote, Huascarán / Anta. DEPARTAMENTO: Arequipa - Arequipa, Atico, Mollendo, Orcopampa. DEPARTAMENTO: Ayacucho - Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuaman. DEPARTAMENTO: Apurímac - Andahuaylas, Helipuerto Las Bambas DEPARTAMENTO: Cajamarca - Cajamarca, Helipuerto Playa Azul - Estación 8, Jaén. DEPARTAMENTO: Cusco - Cusco, Helipuerto Cashiriari 3, Helipuerto Kinteroni, Helipuerto La Peruanita N°1, Helipuerto La Peruanita N°2, Helipuerto La Peruanita N°3, Helipuerto Las Malvinas, Helipuerto Mipaya, Helipuerto Pagoreni A, Helipuerto Pagoreni B, Helipuerto Pozo Sagari, Helipuerto San Martín 1, Helipuerto San Martín 3, Kirigueti, Kiteni, Las Malvinas, Nuevo Mundo, Patria, Tangoshiari, Yauri. DEPARTAMENTO: Huánuco - Huánuco, Pueblo Libre de Codo, Tingo María. DEPARTAMENTO: Ica - Pisco. DEPARTAMENTO: Junín - Cutivireni, Helipuerto Mapi, Helipuerto Mashira, Jauja, Los Misioneros, Mazamari.