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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (21/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Sábado 21 de febrero de 2015 547104 Que, teniendo en cuenta lo informado por la Gerencia del Asegurado y por la Ofi cina General de Imagen Institucional y Transparencia, resulta conveniente ampliar el plazo de ciento veinte (120) días calendario establecido en el Anexo 01 de la Resolución Jefatural Nº 272-2014/ SIS, Disposiciones para Bajas de Afi liaciones, hasta el 01 de junio de 2015, a fi n de asegurar una amplia difusión institucional sobre el proceso de actualización de la base de datos de afi liados del Régimen de Financiamiento Subsidiado del SIS y el procedimiento a seguir por cada situación específi ca; Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Gerencia del Asegurado, de la Ofi cina General de Imagen Institucional y Transparencia, de la Ofi cina General de Tecnología de la Información, y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar hasta el 01 de junio de 2015 el plazo para la baja de afi liaciones al que se refi ere el Anexo 01, “Disposiciones para Bajas de Afi liaciones”, aprobado por Resolución Jefatural Nº 272-2014/SIS, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 1 de enero de 2015. Artículo 2º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SIS. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud (e) 1203255-1 Encargan funciones de Jefe de la Unidad Ejecutora 002 - Fondo Intangible Solidario de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 035-2015/SIS Lima, 20 de febrero de 2015 VISTOS: La Resolución Jefatural N° 282-2014/SIS del 31 de diciembre de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, establece que el empleador tiene la facultad para normar reglamentariamente las labores y dictar las ordenes necesarias para la ejecución de las mismas, entre otras; Que, el artículo 39º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, establece que el personal que labora en la Institución se encuentra comprendido en el régimen laboral de la actividad privada establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR; Que, de conformidad con el artículo 96° del Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por Resolución Jefatural N° 192-2012/SIS de fecha 21 de noviembre de 2012, “El encargo es la acción de personal que procede solo en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva. Es temporal, excepcional, fundamentado y no debe exceder de un periodo presupuestal (…)”; Que, el artículo 97º del mencionado Reglamento establece que son requisitos para que proceda el encargo, que se haga mediante Resolución Jefatural sustentada en el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-97-TR; Que, mediante Resolución Jefatural N° 282-2014/SIS del 31 de diciembre de 2014, se encargó al Economista Julio Segundo Acosta Polo, Jefe Adjunto, las funciones de Jefe de la Unidad Ejecutora 002 - Fondo Intangible Solidario de Salud, a partir del 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015; Que, se ha visto por conveniente dar por concluido el encargo de funciones dispuesto mediante Resolución Jefatural N° 282-2014/SIS del 31 de diciembre de 2014, encargando las funciones de Jefe de la Unidad Ejecutora 002 - Fondo Intangible Solidario de Salud al Médico Cirujano José Carlos Del Carmen Sara, Asesor de Jefatura; Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración de Recursos y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N°011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar término al encargo de funciones del Economista Julio Segundo Acosta Polo, como Jefe de la Unidad Ejecutora 002 - Fondo Intangible Solidario de Salud, a partir del 23 de febrero de 2015, dándole las gracias por la labor desempeñada. Artículo 2º.- Encargar al Médico Cirujano José Carlos Del Carmen Sara, Asesor de Jefatura, las funciones de Jefe de la Unidad Ejecutora 002 - Fondo Intangible Solidario de Salud, a partir del 23 de febrero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015, en adición a sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 1203255-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Autorizan viajes de representantes de PROMPERÚ a Colombia y México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 023-2015-PROMPERÚ/SG Lima, 04 de febrero de 2015 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha contemplado la participación conjuntamente con empresas del sector turismo, en la Feria Internacional “ANATO 2015”, organizada por la Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo -