TEXTO PAGINA: 25
El Peruano Sábado 21 de febrero de 2015 547103 OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO INTERIOR Designan Gobernador Provincial de Yungay, departamento de Ancash RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0061-2015-ONAGI-J Lima, 20 de febrero de 2015 VISTO: El Informe N° 0146-2015-ONAGI-DGAP, emitido por la Dirección General de Autoridades Políticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 4 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1140, de fecha 10 de diciembre de 2012, que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, en concordancia con el literal i) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2013-IN, establecen que entre las funciones del Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior se encuentra la de designar, remover y supervisar a los Gobernadores Provinciales y Distritales; Que, según lo indicado en el literal b) del artículo 50 del precitado Reglamento de Organización y Funciones, la Dirección General de Autoridades Políticas tiene como función proponer la designación y remoción de los Gobernadores Provinciales y Distritales; Que, de conformidad con las precitadas normas, mediante Resolución Jefatural N° 0050-2015-ONAGI-J, de fecha 09 de febrero de 2015, se aprobó el Reglamento que establece los Requisitos, Funciones y el Procedimiento para la Designación, Conclusión y Encargatura de las Autoridades Políticas a Nivel Nacional; Que, de acuerdo a la propuesta realizada por la Dirección General de Autoridades Políticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, contenida en el informe de visto; Con el visado del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior y del Director General de la Dirección General de Autoridades Políticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1140 que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; el Decreto Supremo N° 003-2013-IN, Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante; y la Resolución Jefatural N° 0050- 2015-ONAGI-J, de fecha 09 de febrero de 2015, que aprueba el Reglamento que establece los Requisitos, Funciones y el Procedimiento para la Designación, Conclusión y Encargaturas de las Autoridades Políticas a Nivel Nacional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA la designación del señor HUMBERTO AMADOR GUTIERREZ VASQUEZ como Gobernador Provincial de YUNGAY, Departamento de Ancash. Artículo 2º.- DESIGNAR al señor CARLOS MANUEL GAMARRA CHAVEZ en el cargo de Gobernador Provincial de YUNGAY, Departamento de Ancash. Artículo 3º.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Dirección General de Autoridades Políticas, a la Ofi cina General de Administración y Finanzas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, a la Gobernación Regional de Ancash, y a los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ENRIQUE PESTANA URIBE Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior (e) 1202949-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Amplían plazo para la baja de afiliaciones a que se refiere el Anexo 01, “Disposiciones para Bajas de Afiliaciones”, aprobado por R.J. Nº 272-2014/SIS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 033-2015/SIS Lima, 18 de febrero de 2015 VISTOS: El Informe Nº 02-2015-SIS-OGIIT/MVYAH de la Ofi cina General de Imagen Institucional y Transparencia, la Nota Informativa Nº 01-2015-SIS/GA-RCS de la Sub Gerencia de Afi liaciones con Memorando Nº 081-2015- SIS/GA de la Gerencia del Asegurado, y el Informe N° 018-2015-SIS/OGAJ/JGNV con Proveído Nº 083-2015- SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014- SA, se establece el marco normativo del Aseguramiento Universal en Salud, a fi n de garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a la seguridad social en salud, así como normar el acceso y las funciones de regulación, fi nanciamiento, prestación y supervisión del aseguramiento; Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Salud, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones de acuerdo a Ley; Que, asimismo, el SIS es una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), cuya responsabilidad es la administración económica y fi nanciera de los fondos que están destinados al fi nanciamiento de las prestaciones de salud y otras que su plan de benefi cios le faculte, a fi n de ofrecer coberturas de riesgos en salud a sus afi liados; Que, el artículo 78 del Reglamento de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, establece que la afi liación a los regímenes subsidiado y semicontributivo estará condicionada a la califi cación socioeconómica del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), excepto en las zonas determinadas por norma expresa; Que, igualmente, el artículo 80 del mencionado Reglamento califi ca como afi liados al régimen subsidiado a toda la población residente en el país en condición de pobreza o extrema pobreza que no cuenten con un seguro de salud contributivo o semicontributivo; Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que Aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que el Seguro Integral de Salud (SIS) inscribe y afi lia a los asegurados a sus regímenes de fi nanciamiento, para lo cual emite las disposiciones administrativas pertinentes; Que, el artículo 28 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163 que Aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2014-SA, refi ere que el SIS establece los criterios categóricos para las altas y bajas de las personas a alguno de sus regímenes de fi nanciamiento, tomando en cuenta los criterios de la clasifi cación socioeconómica realizada por la Unidad Central de Focalización de Hogares (SISFOH) y contenida en el Padrón General de Hogares (PGH); Que, con Resolución Jefatural Nº 272-2014/SIS, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 1 de enero de 2015, se autorizó la actualización de la base de datos de afi liados del Régimen de Financiamiento Subsidiado del SIS, en base al Padrón General de Hogares proporcionado por la Unidad Central de Focalización (UCF) de la Dirección General de Gestión de Usuarios (DGGU) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;