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El Peruano Sábado 21 de febrero de 2015 547111 b) Incorpórase los artículos 61°-A, 61°-B, 61°-C, 61°-D, 61°-E, 61°-F, 61°-G, 61°-H, 61°-I, 61°-J, 61°-K, 61°-L, 61°- M, 61°-N, 61°-O, 61°-P, 61°-Q, 61°-R, 61°-S, 61°-T, 61°-U, 61°-V, 61°-W, 61°-X, 61°-Y, 61°-Z y los incisos k) del artículo 369° y l) del artículo 371° al Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado mediante la Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modifi catorias, en los términos que fi guran en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicación Publíquese la presente Resolución de Superintendencia en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) el mismo día de la publicación de esta Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3°.- Vigencia La presente Resolución de Superintendencia entrará en vigencia a los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Ejercicio temporal de funciones de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos La Intendencia Nacional de Recursos Humanos continuará ejerciendo las funciones encargadas que estaban comprendidas en los artículos 291° al 299° del ROF de la SUNAT antes de su derogación, referidas a la formación, capacitación y especialización externa del personal de la institución, siempre que se trate de actividades que se hubieren iniciado con anterioridad a la vigencia de presente resolución. Lo dispuesto alcanza a todos aquellos aspectos pendientes en relación con dichas funciones hasta su culminación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- Modifi cación de la composición del Comité Consultivo de Capacitación A fi n que el Comité Consultivo de Capacitación creado por la Resolución de Superintendencia N° 212-2014/SUNAT continúe con sus funciones, modifíquese el segundo y tercer párrafo del artículo 5° de la Resolución de Superintendencia N° 212-2014/SUNAT, de acuerdo al siguiente texto: “El Comité Consultivo de Capacitación estará integrado por: a) El Superintendente Nacional, quien lo presidirá b) El Jefe del Instituto Aduanero y Tributario c) El Jefe del Gabinete de Asesores d) El Superintendente Nacional Adjunto de Desarrollo Estratégico e) El Superintendente Nacional Adjunto Operativo f) El Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas g) El Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas h) El Intendente Nacional de Recursos Humanos El Superintendente Nacional establecerá la frecuencia, la agenda de las reuniones de dicho Comité y otros aspectos que se requieran para su funcionamiento.” DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS Primera.- Derogación de artículos del ROF de la SUNAT Deróguese el inciso m) del artículo 16°, el inciso k) del artículo 18° y los artículos 290° al 303° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT aprobado mediante la Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modifi catorias. Segunda.- Derogación de otras disposiciones Deróguese todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente norma. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Implementación Las Superintendencias Nacionales Adjuntas y demás órganos dependientes del Superintendente Nacional deberán adoptar en forma prioritaria las medidas necesarias para la implementación de las modifi caciones al Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT aprobadas mediante la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional ANEXO Artículo 5°.- Estructura Orgánica de la SUNAT La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria cuenta con la siguiente estructura: (…) ÓRGANOS Y UNIDADES DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL Secretaría Institucional División de Administración Documentaria División de Archivo Central Ofi cina de Imagen y Comunicaciones Gerencia de Comunicaciones División de Prensa Gerencia de Imagen Institucional División de Identidad Corporativa e Imagen División de Publicidad Ofi cina de Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero Ofi cina de Fortalecimiento Ético y Lucha Contra la Corrupción Ofi cina Nacional de Planeamiento Gerencia de Planeamiento y Control de Gestión División de Planeamiento División de Evaluación y Seguimiento Gerencia de Organización y Procesos Instituto Aduanero y Tributario Secretaría Ejecutiva Gerencia de Docencia Interna Departamento de Docencia Interna Presencial Sección Cursos Aduanero y Tributario – CAT Sección Cursos de Actualización de Conocimientos – CAC Departamento de Docencia Interna Virtual Gerencia de Formación Externa Departamento de Formación de Mediano Plazo Departamento de Formación de Corto Plazo Gerencia de Control de Gestión y Servicios Administrativos Departamento de Programación y Control de Gestión Departamento de Servicios Administrativos (…) Artículo 12°.- Funciones de la Superintendencia Nacional Adjunta de Desarrollo Estratégico Son funciones de la Superintendencia Nacional Adjunta de Desarrollo Estratégico: (…) x) Aprobar el Plan de Capacitación Institucional, previa opinión del Comité Consultivo de Capacitación. (…) Artículo 14°.- Funciones de la Superintendencia Nacional Adjunta Operativa Son funciones de la Superintendencia Nacional Adjunta Operativa: (…) p) Aprobar el Plan Nacional de Control, supervisar la selección y ejecución de los programas defi nidos, así como de los indicadores operativos. (…) Artículo 61°-A.- Instituto Aduanero y Tributario El Instituto Aduanero y Tributario depende de la Superintendencia Nacional. Se encarga de realizar los cursos para el ingreso de personal profesional a la institución, así como de capacitar en materia de servicios tributarios y aduaneros al personal de la