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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (26/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 81

El Peruano Jueves 26 de febrero de 2015 547555 representativo de la No Violencia, en conmemoración el 25 de noviembre “DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER”. Artículo Sexto.- PROMOVER el compromiso de las Instituciones del Estado y la Sociedad Civil para que incorporen en sus respectivas agendas el desarrollo de planes de prevención a fi n de coadyuvar al éxito de la aplicación de las estrategias que prevengan y atiendan a las víctimas de violencia familiar y sexual en el distrito de Chancay, a través de una acción articulada y concertada. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a las áreas correspondientes su implementación, difusión y la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el artículo 44º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1204051-2 Aprueban Reglamento del Inspector Municipal de Transporte de Vehículos Menores de la Municipalidad Distrital de Chancay ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2014-MDCH Chancay, 29 de diciembre de 2014. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En la Sesión de Concejo de la fecha, el Informe Legal Nº 794-2014-MDCH/DAL presentado por la Dirección de Asesoría Legal, mediante el cual pone a consideración el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Inspector Municipal de Transporte de Vehículos Menores de la Municipalidad Distrital de Chancay; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada mediante Ley Nº 27972 reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia: Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa fundamentalmente a través de las ordenanzas municipales, las mismas que de conformidad con lo previsto en el artículo 200º numeral 49 de la Constitución, tiene rango normativo de Ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa Municipal, calidad reconocida por el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales; Que, la Ley Nº 27189, Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, en su artículo 1º, reconoce al Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, Mototaxis y similares complementario y auxiliar, como un medio de transporte vehicular terrestre; Que, la Cuarta Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, que aprobó el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en vehículos motorizados o no Motorizados, dispone que la Municipalidad Distrital competente podrá dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos de servicio especial de acuerdo a las condiciones de su jurisdicción; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2013- MDCH, que Aprueba el Reglamento de Transporte en Vehículos Menores Motorizados y Cuadros de Infracciones, Califi caciones, Sanciones y Medidas Preventivas para el Transportador o Persona Jurídica, Natural y Conductores, en su artículo 47º faculta a los efectivos de la Policía Nacional del Perú e Inspector de Tránsito Municipal aplicar las sanciones por infracciones, así mismo resulta necesario que mediante Ordenanza Municipal, se reglamente las funciones de los Inspectores de Tránsito Municipal. Con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL INSPECTOR MUNICIPAL DE TRANSPORTE DE VEHÍCULOS MENORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Artículo Primero.- CREAR el CUERPO DE INSPECTORES MUNICIPALES DE TRANSPORTE DEL DISTRITO DE CHANCAY, adscrito al Área de Tránsito y Vialidad de la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos de la Municipalidad Distrital de Chancay. Artículo Segundo.- APROBAR EL REGLAMENTO DEL INSPECTOR MUNICIPAL DE TRANSPORTE DE VEHÍCULOS MENORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY, el mismo que consta de un (01) título, cinco (05) capítulos, diecinueve (19) artículos y dos (02) disposiciones complementarias, transitorias y fi nales, que forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- IMPLEMENTAR el Registro Único del Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte del Distrito de Chancay, a cargo del Área de Tránsito y Vialidad de la Municipalidad Distrital de Chancay. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y su Reglamento en el Portal Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el artículo 44º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Artículo Quinto.- PRECÍSESE que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1204054-1 Ordenanza que aprueba el planeamiento integral del diseño urbano, los parámetros normativos en términos de zonificación usos y vías del sector ubicado en la zona de Chacarilla - Chancay ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2014-MDCH Chancay, 30 de diciembre de 2014. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En la Sesión de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 010-2014-CDUR-MDCH, presentado por la Comisión de Desarrollo en Infraestructura Urbana y Rural, mediante el cual pone a consideración el proyecto de Ordenanza que aprueba el Planeamiento Integral del diseño urbano, los parámetros normativos en términos de zonifi cación, usos y vías del sector ubicado en la zona de Chacarilla - Chancay; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado señala en su artículo 194º que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece en su artículo 79º inciso 3) numeral 3.1; que las Municipalidades Distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, tienen la función específi ca de aprobar el plan urbano, rural o distrital, con sujeción al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia, precisándose en el numeral 3.6 acápite 3.6.1