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El Peruano Jueves 26 de febrero de 2015 547554 Ordenanza en la Página web de la Municipalidad Distrital de La Perla. Regístrese, publíquese y cúmplase. PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa 1204433-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Aprueban Ordenanza que incorpora e implementa políticas locales en prevención de la violencia basada en género e institucionalizan el día 8 de marzo “Día Internacional de la Mujer” y el 25 de noviembre “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, en el distrito de Chancay ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2014-MDCH Chancay, 31 de octubre de 2014. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY POR CUANTO: VISTO.- En Sesión de Concejo Ordinaria de la fecha, el Informe Legal Nº 601-2014-MDCH/DAL, mediante el cual la Dirección de Asesoría Legal pone a consideración el Dictamen Nº 007-2014-MDCH/CGM que aprueba el proyecto de ordenanza que incorpora e implementa políticas locales en prevención de la violencia basada en género e institucionalizar el día 8 de marzo “Día Internacional de la Mujer” y el 25 de noviembre “Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer”, en el distrito de Chancay; y, CONSIDERANDO: Que el artículo 84º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que una de sus competencias es planifi car y promover el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. Asimismo especifi ca que organiza, administra y ejecuta programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, niños, adolescentes, mujeres y otros grupos de la población en situación de discriminación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-07-PCM se establecen políticas nacionales en materia de Igualdad de Hombres y Mujeres, entre las cuales se señala el Impulsar en la sociedad en sus acciones y comunicaciones, la adopción de valores, prácticas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y sexual; Que, mediante la Ley de Igualdad de Oportunidades – Ley Nº 28983, en su Art. 06 establece como lineamiento para los gobiernos locales desarrollar políticas, planes y programas para la prevención, atención y eliminación de la violencia en todas sus formas y en todos sus espacios, en especial la ejercida contra las mujeres; Que, en concordancia con las recomendaciones, convenciones y declaraciones de carácter Internacional, aprobada y suscritas por el Estado Peruano entre las que tenemos: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Recomendación General Nº 19º del 11º Grupo de Sesiones de la ONU, Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de Diciembre de 1993 de la ONU, Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem do Pará” (1984); Que mediante el Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009-2015, se determinan compromisos para el desarrollo de acciones de prevención contra la violencia hacia la mujer por parte de los gobiernos locales; Que, la violencia contra la mujer, los niños, las niñas, los adolescentes, los adultos y los adultos mayores, de acuerdo a informes nacionales e internacionales, es uno de los problemas más severos que se padecen en el país, la misma que es afrontada a lo largo de todo el ciclo de vida de las personas afectadas y en cada espacio donde desarrollan su vida, constituyéndose en un fl agelo que impide el desarrollo social de la comunidad; Que, considerando las estadísticas nacionales registran que el 41.2% de las mujeres sufren violencia física por parte de la pareja y 70 de cada 100 mujeres han sufrido violencia familiar. Asimismo la problemática de violencia contra la mujer, los niños, las niñas y los adolescentes en las familias y en los espacios públicos persiste con amparo y complicidad social; Que, según los registros ofi ciales del Centro Emergencia Mujer Huaral, de enero a diciembre del 2013, se atendió 716 casos de violencia familiar, siendo el 79 % mujeres y el 21% varones. De 18 a 59 años se registra un 52%, de 0 a 18 años el 41% y de 60 a más 7% de personas afectadas por violencia familiar. Del total de casos registrados el 38% corresponde a personas por violencia física, y 58% afectados por violencia psicológica y el 4% por violencia sexual. De 0 a 17 años, registra un 41%, con 33% en maltrato infantil y 8% de abuso sexual. Según el riesgo para la integridad personal y para la vida el 62 % moderado el 26% es severo y leve 11%; Que, es necesario fortalecer el rol comunitario a través del apoyo de todos los organismos que tienen presencia en una determinada zona o comunidad, realizando actividades para sensibilizar a la población, promoviendo la toma de conciencia sobre la problemática; la magnitud y los efectos nefastos que genera la violencia sobre todo en los niños y adolescentes; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA E IMPLEMENTA POLÍTICAS LOCALES EN PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA BASADA EN GÉNERO E INSTITUCIONALIZAR EL DÍA 8 DE MARZO “DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER” Y EL 25 DE NOVIEMBRE “DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER”, EN EL DISTRITO DE CHANCAY Artículo Primero.- INCORPORAR como líneas estratégicas de las políticas locales prioritarias en el desarrollo social de la comunidad la Prevención de la Violencia basada en Género. Artículo Segundo.- INCORPORAR en la agenda del Gobierno Local las acciones de Prevención contra la violencia familiar y sexual y propiciar que los indicadores del Plan Nacional contra la Violencia Hacia la Mujer se encuentren insertados en los instrumentos de gestión de la municipalidad: Plan de Desarrollo Concertado, Presupuesto Participativo, entre otros. Artículo Tercero.- IMPULSAR el Plan Local contra la Violencia hacia la Mujer, en el marco del Plan Nacional contra la violencia hacia la Mujer 2009-2015, a efectos de contar con una política local que aborde la problemática, de manera concertada con las instituciones del Estado y de la Sociedad Civil . Artículo Cuarto.- DECLARAR como fechas conmemorativas el 8 de marzo “DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER” y el mes de noviembre como el “MES DE LA NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER”. Disponer acciones conmemorativas en el marco del 25 de noviembre – “Día Internacional De La Eliminación de la Violencia Contra La Mujer” y el 8 de marzo – “Día Internacional de la Mujer”. Artículo Quinto.- INSTITUCIONALIZAR en el Distrito de Chancay, el uso del lazo blanco como símbolo