Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2015 (26/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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Ordenanza en la Pagina web de la Municipalidad Distrital de La Perla. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1204433-1

El Peruano Jueves 26 de febrero de 2015

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Aprueban Ordenanza que incorpora e implementa politicas locales en prevencion de la violencia basada en genero e institucionalizan el dia 8 de marzo "Dia Internacional de la Mujer" y el 25 de noviembre "Dia Internacional de la Eliminacion de la Violencia contra la Mujer", en el distrito de Chancay
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2014-MDCH Chancay, 31 de octubre de 2014. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY POR CUANTO: VISTO.- En Sesion de Concejo Ordinaria de la fecha, el Informe Legal Nº 601-2014-MDCH/DAL, mediante el cual la Direccion de Asesoria Legal pone a consideracion el Dictamen Nº 007-2014-MDCH/CGM que aprueba el proyecto de ordenanza que incorpora e implementa politicas locales en prevencion de la violencia basada en genero e institucionalizar el dia 8 de marzo "Dia Internacional de la Mujer" y el 25 de noviembre "Dia Internacional de la eliminacion de la violencia contra la mujer", en el distrito de Chancay; y, CONSIDERANDO: Que el articulo 84º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que una de sus competencias es planificar y promover el desarrollo social en su circunscripcion en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. Asimismo especifica que organiza, administra y ejecuta programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, ninos, adolescentes, mujeres y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-07-PCM se establecen politicas nacionales en materia de Igualdad de Hombres y Mujeres, entre las cuales se senala el Impulsar en la sociedad en sus acciones y comunicaciones, la adopcion de valores, practicas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminacion de las mujeres y la erradicacion de la violencia familiar y sexual; Que, mediante la Ley de Igualdad de Oportunidades ­ Ley Nº 28983, en su Art. 06 establece como lineamiento para los gobiernos locales desarrollar politicas, planes y programas para la prevencion, atencion y eliminacion de la violencia en todas sus formas y en todos sus espacios, en especial la ejercida contra las mujeres; Que, en concordancia con las recomendaciones, convenciones y declaraciones de caracter Internacional, aprobada y suscritas por el Estado Peruano entre las que tenemos: La Convencion sobre la eliminacion de todas las formas de discriminacion contra la Mujer (CEDAW), la Recomendacion General Nº 19º del 11º Grupo de Sesiones de la ONU, Declaracion sobre la Eliminacion de

la Violencia contra la Mujer (Resolucion de la Asamblea General 48/104 del 20 de Diciembre de 1993 de la ONU, Convencion Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer "Convencion de Belem do Para" (1984); Que mediante el Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009-2015, se determinan compromisos para el desarrollo de acciones de prevencion contra la violencia hacia la mujer por parte de los gobiernos locales; Que, la violencia contra la mujer, los ninos, las ninas, los adolescentes, los adultos y los adultos mayores, de acuerdo a informes nacionales e internacionales, es uno de los problemas mas severos que se padecen en el MORDAZA, la misma que es afrontada a lo largo de todo el ciclo de MORDAZA de las personas afectadas y en cada espacio donde desarrollan su MORDAZA, constituyendose en un flagelo que impide el desarrollo social de la comunidad; Que, considerando las estadisticas nacionales registran que el 41.2% de las mujeres sufren violencia fisica por parte de la MORDAZA y 70 de cada 100 mujeres han sufrido violencia familiar. Asimismo la problematica de violencia contra la mujer, los ninos, las ninas y los adolescentes en las familias y en los espacios publicos persiste con MORDAZA y complicidad social; Que, segun los registros oficiales del Centro Emergencia Mujer Huaral, de enero a diciembre del 2013, se atendio 716 casos de violencia familiar, siendo el 79 % mujeres y el 21% varones. De 18 a 59 anos se registra un 52%, de 0 a 18 anos el 41% y de 60 a mas 7% de personas afectadas por violencia familiar. Del total de casos registrados el 38% corresponde a personas por violencia fisica, y 58% afectados por violencia psicologica y el 4% por violencia sexual. De 0 a 17 anos, registra un 41%, con 33% en maltrato infantil y 8% de abuso sexual. Segun el riesgo para la integridad personal y para la MORDAZA el 62 % moderado el 26% es MORDAZA y leve 11%; Que, es necesario fortalecer el rol comunitario a traves del apoyo de todos los organismos que tienen presencia en una determinada MORDAZA o comunidad, realizando actividades para sensibilizar a la poblacion, promoviendo la toma de conciencia sobre la problematica; la magnitud y los efectos nefastos que genera la violencia sobre todo en los ninos y adolescentes; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA E IMPLEMENTA POLITICAS LOCALES EN PREVENCION DE LA VIOLENCIA BASADA EN GENERO E INSTITUCIONALIZAR EL DIA 8 DE MARZO "DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER" Y EL 25 DE NOVIEMBRE "DIA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACION DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER", EN EL DISTRITO DE CHANCAY Articulo Primero.- INCORPORAR como lineas estrategicas de las politicas locales prioritarias en el desarrollo social de la comunidad la Prevencion de la Violencia basada en Genero. Articulo Segundo.- INCORPORAR en la agenda del Gobierno Local las acciones de Prevencion contra la violencia familiar y sexual y propiciar que los indicadores del Plan Nacional contra la Violencia Hacia la Mujer se encuentren insertados en los instrumentos de gestion de la municipalidad: Plan de Desarrollo Concertado, Presupuesto Participativo, entre otros. Articulo Tercero.- IMPULSAR el Plan Local contra la Violencia hacia la Mujer, en el MORDAZA del Plan Nacional contra la violencia hacia la Mujer 2009-2015, a efectos de contar con una politica local que aborde la problematica, de manera concertada con las instituciones del Estado y de la Sociedad Civil . Articulo Cuarto.- DECLARAR como fechas conmemorativas el 8 de marzo "DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER" y el mes de noviembre como el "MES DE LA NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER". Disponer acciones conmemorativas en el MORDAZA del 25 de noviembre ­ "Dia Internacional De La Eliminacion de la Violencia Contra La Mujer" y el 8 de marzo ­ "Dia Internacional de la Mujer". Articulo Quinto.- INSTITUCIONALIZAR en el Distrito de Chancay, el uso del MORDAZA MORDAZA como simbolo

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