Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2015 (26/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Jueves 26 de febrero de 2015

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Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura Juridica Municipal, por medio de las cuales, se aprueban entre otros temas, las materias en que las Municipalidades tienen competencia normativa; asimismo, se precisa que, mediante las Ordenanzas se crean, modifican, suprimen y exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; Que, en el articulo 40° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, se senala que, la deuda tributaria podra compensarse total o parcialmente con los creditos por tributos, sanciones, interes y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente, que correspondan a periodos no prescritos, que MORDAZA administrados por el mismo organo administrador y cuya recaudacion constituya ingreso de una misma entidad; a tal efecto, la compensacion podra realizarse en cualquiera de las siguientes formas: compensacion de oficio por la Administracion Tributaria o compensacion a solicitud de parte, la que debera ser efectuada por la Administracion Tributaria, previo cumplimiento de los requisitos, forma, oportunidad y condiciones que esta senale; Que, es politica de la actual gestion municipal incentivar el cumplimiento voluntario y por adelantado de sus obligaciones por parte de los contribuyentes, y considerando que existe un alto porcentaje de morosidad entre los Contribuyentes del distrito, que no han cumplido con honrar sus deudas tributarias, es necesario crear mecanismos que MORDAZA que la actual gestion cuente con los recursos necesarios para el cumplimiento de las metas institucionales y generar en los pobladores del Distrito de San MORDAZA de Miraflores conciencia tributaria; Estando a lo dispuesto por el articulo 32° y 40° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 9° numeral 8), 39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972; con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta y con el MORDAZA favorable unanime (trece) de los senores miembros del Concejo Municipal presentes, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS ANTICIPOS VOLUNTARIOS DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DETERMINABLES A CARGO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Articulo 1.- FINALIDAD. La Ordenanza tiene por finalidad regular los pagos anticipados que de manera voluntaria realicen los sujetos pasibles de afectacion de tributos administrados por la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores. Articulo 2.- AMBITO DE APLICACION. La presente Ordenanza sera de aplicacion en el territorio del distrito de San MORDAZA de Miraflores y comprende los pagos anticipados voluntarios de tributos que afectan a hechos generadores comprendidos dentro de los supuestos contemplados en la normatividad que regula los tributos que administra la entidad. Articulo 3.- SUJETOS COMPRENDIDOS. Podran acogerse a la presente Ordenanza de pago voluntario, todas las personas naturales o juridicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, patrimonios autonomos u otras sociedades irregulares, comprendidas dentro de los supuestos contemplados en la normatividad que regula los tributos que administra la entidad. Articulo 4.- SOLICITUD. Los contribuyentes deberan presentar una solicitud simple de acogimiento dirigida al Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores; en dicha solicitud, se debera indicar en forma expresa el monto del anticipo y el sometimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza, la misma que tendra caracter de declaracion jurada. La solicitud debera ser presentada en la Mesa de Partes de la Municipalidad, donde se codificara su ingreso mediante un numero de expediente e iniciara su MORDAZA de calificacion. Articulo 5.PRESENTARSE. DOCUMENTOS QUE DEBERAN

cumplir con la fecha programada para el desembolso del cofinanciamiento de sus proyectos priorizados; Que, mediante Informe Nº 057-2015-MDPP-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion favorable a prorrogar por unica vez del plazo indicado en el numeral 7 del articulo 18º de la Ordenanza Nº 283MDPP, disponiendose como plazo MORDAZA para que los agentes participantes del presupuesto participativo 2015 cumplan con depositar el cofinanciamiento de su proyecto priorizado hasta el 31 de marzo de 2015; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el articulo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el numeral 7 del articulo 18º la Ordenanza Nº 283-MDPP; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar por unica vez el plazo MORDAZA indicado en el numeral 7 del articulo 18º de la Ordenanza Nº 283-MDPP para que los agentes participantes del presupuesto participativo 2015 cumplan con depositar el cofinanciamiento de su proyecto priorizado hasta el 31 de marzo de 2015. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente dispositivo a la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico, de acuerdo a sus competencias. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano el presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1204463-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Ordenanza que regula los anticipos voluntarios de obligaciones tributarias determinables a cargo de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 285/MSJM San MORDAZA de Miraflores, 22 de enero del 2015 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha, Visto; el Informe Nº 07-2015-MDSJM/GR, de fecha 19 de enero de 2015, emitido por la Gerencia de Rentas y el Informe Legal Nº 008-2015-MDSJM/GAJ, de fecha 20 de enero de 2015, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 010-2015-GPP/MDSJM, de fecha 21 de enero del 2015 y el Memorandum Nº 070-2015GM-MDSJM, de fecha 21 de enero del 2015, mediante el cual se pronuncian y remiten al Concejo Municipal, la propuesta de Ordenanza que regula los anticipos voluntarios de obligaciones tributarias determinables, a cargo de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional", regula que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27972 ­ "Ley Organica de Municipalidades", consagra en su articulo 40° que las

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