Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2015 (26/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano Jueves 26 de febrero de 2015

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Que, es necesario brindar las facilidades a los contribuyentes, prorrogando el plazo del vencimiento del pago del Impuesto Predial al contado o fraccionado correspondiente al ejercicio 2015; y los arbitrios municipales de los meses de enero y febrero del ejercicio 2015; Estando a lo expuesto y, de acuerdo a las facultades conferida por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y, en cumplimiento de lo establecido en la primera disposicion final de la Ordenanza Nº 0022015-MDLP, DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo para el vencimiento del pago del Impuesto Predial, al contado y fraccionado (primera cuota trimestral), correspondiente al Ejercicio 2015; y los Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero del Ejercicio 2015. Articulo Segundo.- PRORROGAR el plazo para el vencimiento de los Arbitrios Municipales por Barrido de Calles, Recojo de Residuos Solidos (Limpieza Publica); Parques y Jardines; y Serenazgo correspondiente a los meses de enero y febrero del Ejercicio 2015 hasta el 31 de marzo del 2015. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria y Sub Gerencia Dependientes de dicha Unidad Organica el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano el presente Decreto de Alcaldia. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Estadistica e Informatica la publicacion de la presente

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTOS: El memorando Nº 080-2015-GAT/MDLP de fecha 17 de Febrero del 2015; el Informe Nº 171-2015/ MDLP-GAJ de fecha 23 de Enero del 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 15º del Texto Unico Ordenando dela Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo 156-2004-EF, establece que el Impuesto Predial podra ser cancelado al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano; o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. Que, el ultimo parrafo del Articulo 29º del Texto Unico Ordenando del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF prescribe que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria. Que, con Ordenanza Nº 002-2015-MDLP fueron establecidas las fechas de vencimiento para el pago de Tributos Municipales correspondiente al ejercicio 2015, Que, el Articulo primero de las disposiciones finales de la Ordenanza Nº 002-2015-MDLP faculta a la Alcaldesa de La Municipalidad Distrital de La MORDAZA, establecer fechas distintas a los senalados en dicha Ordenanza a traves de Decreto de Alcaldia.

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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