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El Peruano Jueves 26 de febrero de 2015 547547 Subgerencia Defensa Civil y Gestión del Riesgo, solicita la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores, en relación a que ha sido publicada la Ley N° 30230, Ley que establece Medidas Tributarias, Simplifi cación de Procedimientos y Permisos para la Promoción y Dinamización de la Inversión Pública, en concordancia con el artículo 40° del Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 058-2014- PCM, el cual en su artículo 40° numeral 40.1, se precisa la forma de establecer los derechos de tramitación; Que, mediante el Memorándum Nº 028-2015-GPP- MDSJM de fecha 21 de enero del 2015, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, manifi esta que, con fecha 12 de julio de 2014, se publicó la Ley Nº 30230, que modifi ca el artículo 7º de la Ley 28976, precisando que, para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento será exigible la Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad o Inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones de Detalle o Multidisciplinaria, según corresponda y que, en los casos en que no existan observaciones en el Informe de Inspección y la Municipalidad no emita el certifi cado correspondiente en el plazo de tres (3) días hábiles de fi nalizada la diligencia de inspección, el administrado se encuentra facultado a solicitar la emisión de la Licencia de Funcionamiento reemplazando el certifi cado con la presentación del informe; y que, las Municipalidades podrán disponer en los TUPA el reemplazo del Certifi cado de Inspección, por el Informe de Inspección Sin Observaciones, para efectos del trámite de Licencia de Funcionamiento; señalando a su vez que, con fecha 14 de setiembre del 2014, fue publicado el Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi cación , el cual establece y regula los procedimientos técnicos y administrativos referidos a las Inspección Técnicas de Seguridad en Edifi caciones – ITSE; precisando en el artículo 40°, la forma de establecer los derechos de tramitación; concluyendo que, estando en proceso la modifi cación general del Texto Único de Procedimientos Administrativos y los Instrumentos de Gestión de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, y siendo imprescindible la adecuación provisional de los procedimientos administrativos referidos a las Inspecciones en Edifi caciones, es necesario la aprobación mediante norma municipal la modifi cación presentada por la Subgerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo. Que, mediante Informe Legal N° 013-2015-MDSJM/ GAJ de fecha 26 de enero de 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable en el sentido que, resulta procedente, la incorporación en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, de la Municipalidad distrital de San Juan de Mirafl ores, los procedimientos contenidos en el D.S. Nº 058-2014-PCM, en implementación a la norma antes mencionada y la Ley N° 30230; razón por la cual, dicha propuesta debe ser elevada al Concejo Municipal para su deliberación y eventual aprobación de considerarlo pertinente; asimismo, se deberá encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la elaboración del nuevo TUPA actualizado de la entidad de acuerdo a las normas vigentes; Que, en tal sentido y dentro de éste contexto, y estando a los informes emitidos por las áreas señaladas precedentemente, al establecerse nuevos procedimientos en relación a las Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edifi caciones, se hace necesario que se proceda a la aprobación de la modifi cación del TUPA de la Municipalidad distrital de San Juan de Mirafl ores, incorporándose los procedimientos contenidos en el D.S. N° 058-2014-PCM, por lo que resulta atendible la emisión y aprobación de la Ordenanza; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9º inciso 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades - 27972, con el voto favorable de trece miembros del Concejo Municipal presentes, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA EN EL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES LOS PROCEDIMIENTOS CONTENIDOS EN EL D.S. N° 058-2014-PCM Artículo Primero.- APROBAR la incorporación de los procedimientos contenidos en el Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad distrital de San Juan de Mirafl ores, aprobado mediante la Ordenanza Nº 000068-2008-MDSJM y ratifi cada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 471 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de fecha 20 de octubre del 2008; para lo cual, de acuerdo a las normas antes mencionadas, cada procedimiento contiene lo siguiente: 1) Descripción del Procedimiento - el establecido en el D.S. Nº 058-2014-PCM. 2) Base legal – el D.S. Nº 058-2014-PCM. 3) Requisitos - los establecidos en el D.S. Nº 058- 2014-PCM. 4) Derecho de tramitación – con los márgenes establecidos en el D.S. Nº 058-2014-PCM. 5) Califi cación del procedimiento ¬- el establecido en el D.S. Nº 058-2014-PCM. 6) Plazos para resolver - los establecidos en el D.S. Nº 058-2014-PCM. 7) Inicio del procedimiento – Unidad de Administración Documentaria, Archivo y Transparencia. 8) Autoridad competente para resolver – Subgerente de Defensa Civil y Gestión de Riesgo. 9) Instancias de resolución – Reconsideración - Subgerente de Defensa Civil y Gestión de Riesgo y Apelación – Gerente Municipal. Artículo Segundo.- DÉJESE SIN EFECTO Y/O DERÓGUESE, toda norma o disposición administrativa que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la elaboración del nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA actualizado de la entidad, de acuerdo a las normas vigentes. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siendo aplicables a los administrados del distrito los procedimientos incorporados en el artículo primero de la presente Ordenanza de acuerdo a las normas vigentes. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación inmediata de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en el portal del Estado Peruano www.peru. gob.pe, en el Portal Institucional www.munisjm.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS Alcalde 1204622-1 Aprueban Reglamento de Altas, Bajas y Venta de Bienes Muebles de la Municipalidad ORDENANZA Nº 287/MSJM San Juan de Mirafl ores, 20 de febrero del 2015. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO; el Memorándum Nº 168-2015-MDSJM-GAF, de fecha 04 de febrero 2015, de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 117-2015-SGAYCP-GAF/MDSJM, de fecha 09 de febrero del 2015, de la Subgerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial, el Informe Nº 027- 2015-MDSJM/GAJ de fecha 16 de febrero de 2015 y el Memorándum Nº 480-2015-GM-MDSJM, de fecha 16 de febrero de 2015 de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades