Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2015 (26/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Jueves 26 de febrero de 2015

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politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia reconocida en la Constitucion Politica del Peru y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, conforme se establece en la Constitucion Politica del Peru en el articulo 2, numerales 4 y 5, son derechos fundamentales de las personas, entre otros, el de la MORDAZA de informacion, y el de solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera, asi como a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Asimismo, en la Carta Magna se garantizan los derechos de participacion y vigilancia ciudadana en los asuntos publicos, el acceso a la informacion publica y la obligacion de los gobiernos locales de rendir cuentas periodicamente a la ciudadania; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, con ocasion de la IX Conferencia Iberoamericana de Ministros de Administracion Publica y Reforma del Estado, realizada en MORDAZA en junio de 2007, se renovo el compromiso respecto a la Reforma del Estado, el fortalecimiento de sus instituciones publicas y la modernizacion de sus mecanismos de gestion, considerando que la calidad de los organismos publicos es fundamental para el desarrollo, la igualdad de oportunidades y el bienestar social, firmandose la Carta Iberoamericana de Gobierno Electronico, la cual fue suscrita por el Estado Peruano; y segun la cual se reconocen derechos al ciudadano que multiplican sus posibilidades de facil acceso a las Administraciones Publicas, haciendolas mas transparentes y, por ello mas controlables, contribuyendo a luchar contra la corrupcion y generando la confianza de los ciudadanos; Que, en el capitulo MORDAZA de la Carta Iberoamericana de Gobierno Electronico se senala que los ciudadanos tienen derecho a relacionarse electronicamente con la administracion publica, buscando fortalecer el real y universal acceso de la poblacion a los servicios electronicos, al mismo tiempo que se fortalece la democracia, minimizando y simplificando los excesivos tramites innecesarios, se favorece la promocion de consultas participativas de los ciudadanos y el acceso a los servicios publicos, entre otras actividades, constituyendo una pieza clave para la gobernabilidad democratica; Que, el Peru ha suscrito el Codigo Iberoamericano de Buen Gobierno, entendiendose como "buen gobierno" a aquel que busca y promueve el interes general, la participacion ciudadana, la equidad, la inclusion social y la lucha contra la pobreza, respetando los derechos humanos, los valores y procedimientos de la democracia y el Estado de Derecho; Que, en la Carta Iberoamericana de Calidad en la Gestion Publica, suscrita por el Estado Peruano, aprobada por la X Conferencia Iberoamericana de Ministros de Administracion Publica y Reforma, realizada en El MORDAZA en junio de 2008, se senala que las Administraciones Publicas tienen que ser transparentes en su gestion, abiertas al escrutinio publico, tolerantes a la critica y permeables a las propuestas de mejora y de cambio provenientes de la ciudadania. Asimismo, en la Carta Iberoamericana de Participacion Ciudadana en la Gestion Publica, suscrita por el Estado Peruano, aprobada por la XI Conferencia Iberoamericana de Ministros de Administracion Publica y Reforma del Estado, realizada en MORDAZA en junio de 2009, se indica que a fin de incrementar la calidad, accesibilidad y eficacia de la participacion ciudadana en la gestion publica, los poderes publicos promoveran la adaptacion y la universalizacion del acceso a las nuevas tecnologias de informacion y comunicacion como herramientas para la participacion de los ciudadanos y las ciudadanas; Que, en virtud del articulo 112 de la citada Ley Nº 27972, los gobiernos locales deben promover la participacion ciudadana y, para tal fin, deben garantizar el acceso de todas las personas a la informacion; Que, en merito de lo dispuesto en el articulo 3 del Texto Unico Ordenado de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, todas las actividades y disposiciones de la municipalidad estan sometidas al

EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 05 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en sus articulos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades en su Articulo IV establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, en funcion a lo MORDAZA mencionado, el regidor MORDAZA MORDAZA Raya, solicita la derogatoria de la Ordenanza Nº 334-MDMM que establecio disposicion complementaria para el otorgamiento de licencia de funcionamiento; Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 334-MDMM que establecio disposicion complementaria para el otorgamiento de licencia de funcionamiento en el distrito de MORDAZA del Mar. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica la publicacion de la presente Ordenanza en la pagina web de la Municipalidad: www. munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 1204648-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban "Carta Municipal de Gobierno Abierto de Miraflores" y declaran de interes prioritario la implementacion del MORDAZA de Datos Abiertos de la Municipalidad de Miraflores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 017-2015/MM Miraflores, 13 de febrero de 2015 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO; El Concejo Distrital de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia

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