Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2015 (02/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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Artículo Quinto.- Participación del contribuyente La Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de la Subgerencia de Limpieza Pública, se encargará de la actualización permanente de la Base de Datos de personas (...) de los años 2011, 2012, 2013 y 2014 y a aquellos que se incorporen en el presente ejercicio (...). Artículo Sexto.- Sensibilización y capacitación La Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de la Subgerencia de Limpieza Pública, (...) beneficiarios son los participantes del BONO VERDE. TÍTULO III RESPONSABILIDADES DE LOS ACTORES Artículo Séptimo.- De los encargados del recojo selectivo de residuos sólidos segregados reciclables Tanto la Subgerencia de Limpieza Pública como los recicladores debidamente autorizados por la municipalidad (...). Artículo Octavo.- Supervisión del servicio de recojo selectivo La Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de la Subgerencia de Limpieza Pública se encargará de la supervisión (...). Artículo Noveno.- Reporte de participación en el programa y aplicación del beneficio Los encargados del recojo deberán mensualmente remitir el registro actualizado de personas participantes del programa a la Subgerencia de Limpieza Pública (...). El descuento en el pago de (...) desde los años 2011, 2012, 2013 y 2014 rige desde la aprobación de la Ordenanza Nº 391-CDLO y su modificatoria. Artículo Décimo.Encargar a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, la Gerencia de Administración Tributaria y las Subgerencias que la conforman, y demás unidades orgánicas pertinentes, dar cumplimiento a la presente Ordenanza, a Secretaría General su publicación y a la Subgerencia de Imagen Institucional la divulgación y difusión de sus alcances. TÍTULO IV DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA ÚNICA La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y será de aplicación para los años fiscales 2015 y 2016 disponiéndose su difusión a través del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Los Olivos. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza de acuerdo al procedimiento de Ley y a la Subgerencia de Imagen Institucional su debida difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMIREZ Alcalde 1257307-1

El Peruano Jueves 2 de julio de 2015

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS: CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 52º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que es competencia de los gobiernos locales administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas derechos, licencias o arbitrios y por excepción, los impuestos que la Ley les asigne. Así mismo, el Artículo 41º de la misma norma señala que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren, estableciendo que en el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, con la Ordenanza Nº 414-2015 CDLO, se crea el Programa de Incentivo Tributario y Reconocimiento al Contribuyente Puntual, cuyo fin es motivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el cual entre sus actividades tiene el Sorteo Público denominado "Olivense Puntual", el mismo que cuenta con un sorteo de premios para los contribuyentes puntuales; Que, la Gerencia de Administración Tributaria mediante Memorándum Nº 389-2015 GAT/MDLO/lpacheco de fecha 30 de junio de 2015 solicita que se prorrogue la fecha para la condición de contribuyentes hábiles para participar en el Sorteo Público "OLIVENSE PUNTUAL", hasta el 27 de julio de 2015; Que, en el Decreto de Alcaldía Nº 005-2015-MDLO donde se aprueba el Reglamento del Programa de Incentivo Tributario Municipal y Reconocimiento a los Contribuyentes Puntuales del Distrito, en el último párrafo del Artículo Décimo Cuarto señala: "Considérese que se denominará contribuyentes hábiles para el sorteo público, a aquellos contribuyentes activos al Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Serenazgo del Distrito de Los Olivos que al 30 de junio del 2015 se encuentren al día en el pago de sus tributos (Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Serenazgo), correspondientes a los años 2014 y 2015"; Que, así mismo, en el Decreto de Alcaldía Nº 0052015-MDLO, en su Tercera Disposición Final señala: "Establézcase un régimen de excepción tributaria, por el cual se condonará los intereses generados con motivo de la deuda impaga y vencida correspondiente a los años fiscales 2014 y 2015, cuya fecha de acogimiento será hasta el 30 de junio del 2015, el cual de acuerdo a lo señalado en la Ordenanza Nº 414CDLO, podrá ampliar sus alcances mediante Decreto de Alcaldía"; Que, en razón a que el plazo para la participación en el sorteo público "Olivense Puntual" vence el día de hoy, y ante la respuesta favorable que viene teniendo el mismo, es necesario prorrogar hasta el 27 de julio de 2015 la participación de contribuyentes hábiles en el sorteo público citado, todo ello de acorde con la política de la actual gestión municipal, como es la de estimular y facilitar el pago puntual de los tributos y premiar a aquellos que honran sus obligaciones tributarias; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde en el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades: DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia hasta el 27 de julio del presente año de la Segunda y Tercera Disposición Final del Reglamento del Programa de Incentivo Tributario Municipal y Reconocimiento a los Contribuyentes del Distrito creado mediante Ordenanza Nº 414-CDLO y aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 005-2015-MDLO en lo referente a la participación de los contribuyentes hábiles en el Sorteo Público "OLIVENSE

Prorrogan vigencia de la Segunda y Tercera Disposición Final del Reglamento del Programa de Incentivo Tributario Municipal y Reconocimiento a los Contribuyentes Puntuales del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2015-MDLO Los Olivos, 30 de junio de 2015

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